23º Juzgado Civil de Santiago

BANCO DE CHILE/HUILIPÁN

Rol

C-533-2024

Fecha

9 de octubre de 2024

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto: A folio 1 comparecieron Gaspar Cort s Moya, Camila Videla Conchaé y Mauricio Araneda Bunting, abogados, mandatarios judiciales de Socofin S.A., persona jur dica del giro cobranza a terceros representada por suí gerente general, Mario Sandoval Hidalgo, ingeniero comercial, representante convencional de Banco de Chile, sociedad an nimaó bancaria, del giro de su denominaci n, representada a su vez por su gerenteó general, Eduardo Ebensperger Orrego, ingeniero comercial, todos domiciliados para estos efectos en calle Bandera 577, segundo piso, comuna y ciudad de Santiago, quienes interpusieron demanda ejecutiva de cobro de pagar en contra de é Emiliano Antonio Huilip n Huachap ná á , ignoran profesi n u oficio, con domicilio en Cadehuala 7947 Block 17ó Departamento 22, comuna de Lo Espejo de esta ciudad. A folio 5 se tuvo por interpuesta la demanda, despach ndoseá mandamiento de ejecuci n y embargo.ó A folio 8 compareci el ejecutado, quien dentro de plazo opuso a laó ejecuci n la excepci n contemplada en el numeral 7 del art culo 464 deló ó ° í C digo de Procedimiento Civil. ó A folio 20 se tuvo por opuesta la referida excepci n, confiri ndoseó é traslado de ella al ejecutante. A folio 21 compareci el ejecutante evacuado el traslado que le fueseó conferido, y solicitando el rechazo de la excepci n opuesta, con costas, enó Código: WTQNXQMXGRK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 virtud de los argumentos contenidos en su presentaci n, los cuales se tienenó por reproducidos. A folio 22 se tuvo por evacuado el traslado conferido a la ejecutante. Acto seguido se declar admisible la excepci n opuesta y se recibi la causaó ó ó a prueba, fij ndose el hecho substancial, pertinente y controvertido, sobre elá cual sta debi recaer; resoluci n interlocutoria de prueba que constaé ó ó debidamente notificada a las partes a folios 24 y 25. A folio 27 se cit a las partes para o r sentencia. ó í Y

Fundamentos

Considerando: Primero: Que comparecieron Gaspar Cort s Moya, Camila Videlaé Concha y Mauricio Araneda Bunting, abogados, mandatarios judiciales de Socofin S.A., representante convencional de Banco de Chile, quienes interpusieron demanda ejecutiva de cobro de pagar en contra de é Emiliano Antonio Huilip n Huachapaná , todos ya individualizados, solicitando se despache mandamiento de ejecuci n y embargo en su contra por la sumaó de $4.902.600.- a la que hay que agregar y calcular los intereses penales, hasta hacer entero y cumplido pago de lo adeudado al ejecutante, todo ello en costas. Expusieron que su representado es due o y leg timo tenedor delñ í pagar suscrito por el ejecutado, por la suma de $4.902.600.- con fecha 25é de septiembre de 2012, y cuyo vencimiento es el d a 16 de agosto de 2023.í Se pact que en caso de mora o simple retardo en el pago del capitaló de esta obligaci n, se devengar un inter s penal igual o al m ximoó á é á convencional que la ley permite estipular, el que regir desde el momentoá de la mora o simple retardo hasta el d a de su pago efectivo.í Este pagar no fue pagado a su vencimiento, adeudando ené consecuencia la cantidad de $4.902.600.- suma a la que hay que agregar y calcular los intereses pactados y los intereses penales, hasta hacer entero y cumplido pago de los adeudado al ejecutante, todo ello con costas. Las partes pactaron que las obligaciones derivadas del pagar tendr ané í el car cter de indivisible pudiendo el Banco cobrarlas ntegramente a cadaá í Código: WTQNXQMXGRK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 uno de los herederos o sucesores a cualquier t tulo, en los t rminos queí é establecen los art culos, 1526 N 4 y 1528 del C digo Civil.í ° ó Finalmente se alaron que el suscriptor liber al Banco de lañ ó obligaci n de protesto, la firma del suscriptor ha sido autorizada anteó Notario, la obligaci n es l quida, actualmente exigible y su acci n no seó í ó encuentra prescrita. Adem s, las partes constituyeron domicilio en laá comuna correspondiente a la oficina del acreedor se alada como lugar deñ pago, en este caso Santiago, someti ndose a la jurisdicci n de sus Tribunalesé ó Ordinarios de Justicia. Segundo: Que el ejecutado fund la excepci n opuesta se alando, enó ó ñ primer lugar, que no se ha acompa ado el certificado que acredita el pagoñ oportuno del impuesto del Decreto Ley N 3.475, Ley de Timbres y° Estampillas. En segundo lugar aleg que la supuesta autorizaci n de la firmaó ó puesta en el pagar carece de las formalidades necesarias para que losé t tulos ejecutivos, pues de su simple observaci n, se advierte solo un timbreí ó y la firma del Notario, y no c mo a ste le consta la identidad deló é suscriptor. Tercero: Que se recibi la causa a prueba por el t rmino legaló é correspondiente, fij ndose como hecho substancial, pertinente yá controvertido, el siguiente: 1.- Hechos y circunstancias que configuran la falta de fuerza ej

Fallo

se declara: I.- Que se rechaza la excepci n opuesta por la parte ejecutada,ó ordenando seguir adelante con la ejecuci nó . II.- Que atento a lo dispuesto en el art culo 471 del C digo deí ó Procedimiento Civil se condena a la parte ejecutada al pago de costas. Reg strese, notif quese y, en su oportunidad, arch vese.í í í Dictada por Alberto lamos Valenzuela, Juez Á Suplente. Código: WTQNXQMXGRK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Autoriza Margarita Bravo Narv ez, á Secretaria Subrogante. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, nueve de octubre de dos mil veinticuatro. Código: WTQNXQMXGRK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-10-09T17:28:09-0300

Texto Completo (Preview)

Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 23 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-533-2024 CARATULADO : BANCO DE CHILE/HUILIP NÁ Santiago, nueve de octubre de dos mil veinticuatro. Visto: A folio 1 comparecieron Gaspar Cort s Moya, Camila Videla Conchaé y Mauricio Araneda Bunting, abogados, mandatarios judiciales de Socofin S.A., persona jur dica del giro cobranza a terceros represent

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