HOSPITAL SAN MARTIN DE QUILLOTA/ARANCIBIA
Rol
C-1259-2022
Fecha
9 de octubre de 2024
Materia
PESOS, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
hechos que se han rese ado en la parte expositiva de estañ sentencia. Segundo. Con fecha 07 de agosto de 2023, se tiene por contestada la demanda en rebeld a de la parte demandada.í Tercero. Con fecha 05 de octubre de 2023, se lleva afecto audiencia de conciliaci nó decretada, con la asistencia de la parte demandante y en rebeld a de la parte demandada.í El Tribunal llama a las partes a conciliaci n, la cual no se produce por la rebeld a se alada.ó í ñ Cuarto. Se recibe la causa a prueba fij ndose como hecho sustancial pertinente yá controvertido, la efectividad de adeudar la parte demandada a Hospital San Mart n de Quillotaí la suma de $5.930.807.-, m s intereses. Fecha en que se constituy en mora. Antecedentes deá ó hecho. Quinto. Prueba de la demandante. La parte demandante rindi la siguiente prueba:ó I.- Documental. Acompa , los siguientes documentos:ñó 1.- Pagar N 026289, suscrito por Ram n Arancibia Cisternas, RUT N 12.402.665-2,é ° ó ° con fecha 21 de septiembre de 2018, ante el Notario P blico de Quillota Hugo Monroy Foix.ú 2.- Programa de atenci n a particulares convencionales, correspondiente a Chrisnaó Arancibia Meza, Run 20.319.453-, emitido por la Unidad de Comercializaci n y Estudios deló Hospital San Mart n de Quillota.í 3.- Certificado Bloqueo por Isapre, de fecha 21 de marzo de 2019, respecto el afiliado Ram n Arancibia Cisternas, RUT N 12.402.665-2, registrando la carga de su hija, CHRISNAó ° ARANCIBIA MEZA, Run 20.319.453. 4.- Mandato judicial otorgado por escritura p blica ante el Notario P blico de Quillotaú ú Hugo Monroy Foix, con fecha 29 de julio de 2022, anotada en el repertorio bajo el N 1824-° 2022. 5.- Memor ndum N 46 de fecha 28 de marzo de 2024, emitido por la Unidad deá ° Comercializaci n del Hospital San Mart n de Quillota.ó í 6.-Comprobante contable N 13131 titulado Pagares, ingresa montos correspondientes a° pagos efectuados por retenci n Tesorer a General de la Rep blica de junio 2019, indicando en laó í ú p gina 5 parte final
Fundamentos
considerando noveno.ñ II.-Que se condena en costas a la parte demandada. Dictada por Patricia Zavala Astudillo, Juez Titular.- Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Quillota, nueve de octubre de dos mil veinticuatro. Código: SZXXXQNWQKK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-10-09T12:39:39-0300
Fallo
se resuelve: I.-Que se acoge la demanda deducida con fecha 07 de octubre de 2022, por HOSPITAL SAN MART N DE QUILLOTA, en contra de CHRISNA ALEJANDRAÍ ARANCIBIA MEZA, ambos ya individualizados, en consecuencia, se condena a la parte demandada a pagar a la actora la suma de $5.930.807.-, m s reajustes e intereses en los t rminosá é se alados en el considerando noveno.ñ II.-Que se condena en costas a la parte demandada. Dictada por Patricia Zavala Astudillo, Juez Titular.- Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Quillota, nueve de octubre de dos mil veinticuatro. Código: SZXXXQNWQKK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-10-09T12:39:39-0300
Texto Completo (Preview)
C-1259-2022 Foja: 1 FOJA: 78 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Quillotaº CAUSA ROL : C-1259-2022 CARATULADO : HOSPITAL SAN MARTIN DE QUILLOTA/ARANCIBIA Quillota, nueve de octubre de dos mil veinticuatro. Vistos. A folio 1, comparece Rodrigo Tapia Figueroa, abogado, domiciliado en calle La Concepci n N 1050, Quillota, en representaci n del ó ° ó HOSPITAL SAN MAR
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica