1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

COLEGIOS MAYORES S.A/INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO SANTIAGO SUR ORIENTE

Rol

I-697-2023

Fecha

16 de octubre de 2024

Materia

Reclamo Multa Administrativa

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos en donde se indica el corte de luz y se otorga plazo para presentar la documentación laboral ya señalada, el día 26 de julio de 2023 a las 09:00 horas, ya sea en forma presencial o mediante correo electrónico; sin embargo, la denunciada no concurre a la citación como tampoco envía por correo electrónico la misma. La suscrita espera ese día en las dependencias de la inspección comunal del trabajo Santiago sur oriente hasta las 11:01 horas en donde se remite correo electrónico a casilla registrada en la dirección del trabajo, en donde se informa que se cursará la respectiva multa administrativa por no exhibir la documentación laboral requerida”. En virtud de lo anterior, el ente fiscalizador resolvió sancionar a Colegio Mayor S.A. con el pago de 26,73 IMM. La reclamante solicitó reconsideración administrativa ante la Inspección Comunal Del Trabajo Santiago Sur Oriente, respecto a la Multa N°3256/2023/19 argumentando que la fiscalizadora actuante incurrió en error de hecho al imponer la multa. Refiere que el 25 de julio de 2023, a las 17:04 horas, se envió el primer correo electrónico con toda la documentación requerida, sin que la fiscalizadora acusara recibo. Ante esta situación, se enviaron dos correos adicionales con la misma documentación. Posteriormente, el 26 de julio de 2023, la fiscalizadora notificó por correo electrónico que se cursaría una multa por no presentar la documentación. El 27 de julio de 2023, respondió por correo electrónico a la fiscalizadora, adjuntando los correos enviados previamente en tiempo y forma, e informó que la documentación también sería presentada de manera presencial, lo que efectivamente se realizó los días 27 y 28 de julio. No obstante, la fiscalizadora se negó en ambas ocasiones a recibirla, argumentando que ya se había cursado la infracción. No obstante, lo anterior, la Inspección Comunal del Trabajo Santiago Sur Oriente resolvió mantener la multa, señalando que la documentación no fue completamente exhibida a la fis

Fundamentos

motivos de fuerza mayor la suscrita deja acta de constatación de hechos en donde se indica el corte de luz y se otorga plazo para presentar la documentación laboral ya señalada, el día 26 de julio de 2023 a las 09:00 horas, ya sea en forma presencial o mediante correo electrónico; sin embargo, la denunciada no concurre a la citación como tampoco envía por correo electrónico la misma. La suscrita espera ese día en las dependencias de la inspección comunal del trabajo Santiago sur oriente hasta las 11:01 horas en donde se remite correo electrónico a casilla registrada en la dirección del trabajo, en donde se informa que se cursará la respectiva multa administrativa por no exhibir la documentación laboral requerida”. En virtud de lo anterior, el ente fiscalizador resolvió sancionar a Colegio Mayor S.A. con el pago de 26,73 IMM. La reclamante solicitó reconsideración administrativa ante la Inspección Comunal Del Trabajo Santiago Sur Oriente, respecto a la Multa N°3256/2023/19 argumentando que la fiscalizadora actuante incurrió en error de hecho al imponer la multa. Refiere que el 25 de julio de 2023, a las 17:04 horas, se envió el primer correo electrónico con toda la documentación requerida, sin que la fiscalizadora acusara recibo. Ante esta situación, se enviaron dos correos adicionales con la misma documentación. Posteriormente, el 26 de julio de 2023, la fiscalizadora notificó por correo electrónico que se cursaría una multa por no presentar la documentación. El 27 de julio de 2023, respondió por correo electrónico a la fiscalizadora, adjuntando los correos enviados previamente en tiempo y forma, e informó que la documentación también sería presentada de manera presencial, lo que efectivamente se realizó los días 27 y 28 de julio. No obstante, la fiscalizadora se negó en ambas ocasiones a recibirla, argumentando que ya se había cursado la infracción. No obstante, lo anterior, la Inspección Comunal del Trabajo Santiago Sur Oriente resolvió mantener la multa, señalando que la documentación no fue completamente exhibida a la fiscalizadora porque se encontraba en registros electrónicos y debido a un corte de luz en el lugar fiscalizado al momento de la visita. Esta multa fue reconsiderada administrativamente el 29 de agosto de 2023, alegando error de hecho y cumplimiento de la infracción, sin embargo, ninguna de las alegaciones fue acogida por la Inspección del Trabajo. Destaca que en la reconsideración administrativa se incurrió en un error de tipeo en la cronología de los hechos, lo que no afecta en modo alguno la defensa de fondo presentada, en especial considerando que la Inspección del Trabajo conocía detalladamente los hechos y la cronología respectiva. Agrega que con fecha 15 de noviembre de 2023, fue notificada por correo electrónico de la Resolución N°375, en la que el Inspector Comunal del Trabajo Santiago Sur Oriente decidió mantener las infracciones. La notificación, según lo dispuesto en el artículo 508 del Código del Trabajo, se e

Fallo

por tanto, ordene dejar sin efecto la multa impuesta de 26,73 IMM por haber incurrido en un error de hecho y de derecho o en subsidio, la rebaje, todo costas. Segundo. Contesta demanda. Que la demandada Inspección Comunal del Trabajo Santiago Sur Oriente contesta la demanda en tiempo y forma, y expone que con fecha 18 de noviembre de 2022, la Inspección Comunal del Trabajo Santiago Sur Oriente generó la Comisión de Fiscalización N°1308 a raíz de una denuncia presentada por el Sindicato de Trabajadores de Colegio Mayor S.A. La denuncia solicitaba la fiscalización del cumplimiento del Estatuto Docente, D.F.L. N°1 de 1997 del Ministerio de Educación, específicamente sobre la excedencia de la jornada máxima de docencia semanal. El 24 de julio de 2023, la fiscalizadora Cecilia Cariz Morales acudió a las instalaciones de la empresa ubicadas en Valle del Aconcagua N°8031, comuna de Peñalolén, donde fue recibida por la rectora del colegio, Macarena Salas Ochondo. En dicha visita, se le informó que el colegio estaba sin suministro eléctrico y no había personal ni alumnos en el lugar. Ante esta situación, se levantó un acta de constatación de infracciones y compromiso de corrección, citando a la denunciada a comparecer en la Inspección el 26 de julio de 2023, o enviar la documentación requerida vía correo electrónico para esa misma fecha. Con fecha 28 de julio de 2023, la fiscalizadora emitió la Resolución de Multa N°3256/2023/19, fundada en la no exhibición de toda la documentación

Texto Completo (Preview)

1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, quince de octubre de dos mil veinticuatro. Vistos. Que ante este Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago se ha llevado a efecto audiencia de juicio en los autos RIT I-697-2023, por reclamo de reconsideración administrativa. La demanda fue interpuesta por don Kenneth Maclean Luengo, abogado, cédula nacional de identidad Nro.13.658.4

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