Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción

RANGEL/VELÁSQUEZ

Rol

M-726-2024

Fecha

15 de octubre de 2024

Materia

Despido injustificado, Nulidad del despido

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y OIDOS Y TENIENDO PRESENTE: I).- ANTECEDENTES DEL PROCEDIMIENTO PRIMERO: Que, en estos autos RIT M-726-2024 del Ingreso del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción, Procedimiento Monitorio, compareció don RONALD JAVIER RANGEL QUIÑONES, cesante, domiciliado en la comuna de Talcahuano, Los Malaquías Concha N°615, quien interpuso demanda por despido injustificado y cobro de prestaciones, en contra de su ex empleador don CRISTIAN ALEJANDRO VELASQUEZ HENRIQUEZ, no indica profesión u oficio, con domicilio en Talcahuano, Colón N°3300, fundada en las siguientes consideraciones: Expresa que con fecha 13 de marzo de 2023 habría comenzado a trabajar para el demandado, para desempeñarse como “operario de lavado de autos”, labores que desempeñaba en dependencias de la demandada solidaria Empresa Nacional de Energía Enex S.A. (Servicentro Shell) las cuales se encuentran ubicadas en Colón N°3300, comuna de Talcahuano. Agrega que habría estado trabajando en informalidad laboral desde el 13 de marzo del 2023 hasta la fecha en que fue despedido de manera verbal por su ex empleador el día 3 de mayo del 2024, ya que durante todo ese tiempo no habría suscrito contrato de trabajo, pese a solicitárselo en reiteradas oportunidades a su empleador. Indica que en cuanto a su remuneración, esta alcanzaba la suma de $612.000 brutos, adeudándose a la fecha de interposición de la demanda la remuneración correspondiente al mes de abril del 2024 y no se le habrían pagado sus cotizaciones previsionales durante la relación laboral. Señala que con fecha 3 de mayo del 2024 habría sido despedido verbalmente por su ex empleador sin señalamiento de causal y tras haber mantenido un altercado por el no pago oportuno de sus remuneraciones con el administrador. Pide en consecuencia declarar la existencia de la relación laboral y condenar a la demandada al pago de las prestaciones que indica en su libelo. SEGUNDO: Que, no existiendo antecedentes fundados, el tribunal por resolución de fecha 13

Fundamentos

considerandos precedentes, sin perjuicio de lo indicado en el artículo 501 inciso tercero con relación al artículo 459 del cuerpo legal citado. La que no fue expresamente analizada no influye en los razonamientos que se efectuaron en los considerandos precedentes. III.- DECISION

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 1698 del Código Civil; 7, 8°, 9°, 67, 73, 161, 162, 168, 173, 420, 456 y 496 al 500 del Código del Trabajo, se declara: I).- Que, SE RECHAZA la demanda deducida por el actor en contra del demandado en todas sus partes. II).- Que, no se condena en costas al perdidoso por haber tenido motivo plausible para litigar. Regístrese y archívese. Notifíquese por correo electrónico a los abogados de las partes acorde lo establecido en la audiencia. RIT M-726-2024 Dictada por ELIECER ALFONSO CAYUL GALLEGOS, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción. � La demanda también fue enderezada en contra de la EMPRESA NACIONAL DE ENERGIA ENEX S.A., respecto de la cual la parte demandante se desistió en la audiencia preparatoria.

Texto Completo (Preview)

Concepción, quince de octubre de dos mil veinticuatro. VISTO Y OIDOS Y TENIENDO PRESENTE: I).- ANTECEDENTES DEL PROCEDIMIENTO PRIMERO: Que, en estos autos RIT M-726-2024 del Ingreso del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción, Procedimiento Monitorio, compareció don RONALD JAVIER RANGEL QUIÑONES, cesante, domiciliado en la comuna de Talcahuano, Los Malaquías Concha N°615, quien interpuso dema

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