1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

KESSER/INTEGRAMEDICA S.A.

Rol

O-2418-2024

Fecha

15 de octubre de 2024

Materia

Costas, Despido injustificado, Feriado legal, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos señalados en la carta de aviso de término de contrato, cuestionando únicamente la calificación de los mismos. Refiere que la demanda contiene errores, en la base de cálculo, así por ejemplo indica que refiere una remuneración de $985.000, pero solicita otro monto como indemnización sustitutiva del aviso previo, con una diferencia de $300.000 pesos. No obstante lo anterior, reconoce la fecha de ingreso de la trabajadora, la función, la remuneración de $985.000 pesos, la fecha de término, las causales invocadas y que suscribieron un finiquito. Añade que el despido es justificado, que los hechos que se le imputan a la trabajadora es haber realizado una declaración jurada falsa ante la Administración del Estado, y de valerse de dicha declaración para obtener de forma indebida prestaciones del Seguro de Cesantía, conductas que además de ser constitutivas de las causales que se han indicado en la carta, podrían ser constitutivas de más de un delito. En la declaración que prestó ante la Dirección del Trabajo, señaló que desconocía el domicilio de su empleador y que había sido desvinculada por Integramédica con fecha 12 de octubre de 2023, por la causal de necesidades de la empresa. Relata que es especialmente grave el haber declarado no conocer el domicilio de su empleador, ya que el día que realiza dicha declaración, esto es el 3 de noviembre de 2023, se encontraba trabajando en dependencias de su empleador, lo que hace insostenible sus dichos,

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Solange Romanet Kesser Carrasco, cédula nacional de identidad N°17.337.797-5, domiciliada en Ramon Rosales 1115, comuna de Quilicura, interponiendo demanda en contra de Integramédica S.A., RUT: 76.098454-K, representada legalmente por María Montero Didyk, por despido injustificado, indebido e improcedente, y cobro de prestaciones e indemnizaciones. Indica que inició la relación laboral con fecha 23 de agosto de 2021, en la función de Teans de Imagenología, en la comuna de Huechuraba y que su remuneración ascendía a la suma de $985.000 pesos. Refiere que el 28 de febrero de 2024 fue notificada de su despido mediante carta de aviso conforme a la causal del 160 N°1 y N°7 del Código del Trabajo, fundada en que la actora le habría dado supuestamente el dato de una persona a otra compañera de trabajo para sacar dinero de AFC y que ella además habría realizado el trámite para obtener dicho pago también, presentando para ello declaraciones de la Inspección del Trabajo en la AFC. Arguye que, lo cierto es que, a ella y a otras personas, un tercero les ofreció realizar este trámite para sacar dinero del seguro de cesantía y que jamás pensó que lo que hacía era algo incorrecto, pero que no ha cometido ningún acto que signifique faltas a la probidad en su trabajo o incumplimiento de sus funciones. Agrega que el 13 de marzo de 2024 suscribió el finiquito con la demandada, realizando una reserva de derechos. Solicita se declare que su despido ha sido injustificado y que se le paguen las indemnizaciones y recargos procedentes, mas reajustes, intereses y costas de la causa. SEGUNDO: Que, contestando la demanda en tiempo y forma Integramédica S.A., RUT: 76.098.454-K, con domicilio para estos efectos en Santa Lucía N°344, oficina 61, Santiago, indica que la actora reconoce en su libelo haber incurrido en los hechos señalados en la carta de aviso de término de contrato, cuestionando únicamente la calificación de los mismos. Refiere que la demanda contiene errores, en la base de cálculo, así por ejemplo indica que refiere una remuneración de $985.000, pero solicita otro monto como indemnización sustitutiva del aviso previo, con una diferencia de $300.000 pesos. No obstante lo anterior, reconoce la fecha de ingreso de la trabajadora, la función, la remuneración de $985.000 pesos, la fecha de término, las causales invocadas y que suscribieron un finiquito. Añade que el despido es justificado, que los hechos que se le imputan a la trabajadora es haber realizado una declaración jurada falsa ante la Administración del Estado, y de valerse de dicha declaración para obtener de forma indebida prestaciones del Seguro de Cesantía, conductas que además de ser constitutivas de las causales que se han indicado en la carta, podrían ser constitutivas de más de un delito. En la declaración que prestó ante la Dirección del Trabajo, señaló que desconocía el domicilio de su empleador y que había sido desvinculada por Integramédica con fech

Fallo

Por estas consideraciones, disposiciones legales citadas y visto además lo dispuesto en los artículos 7, 162, 163, 168, 169, 172, 173, 420, 446, 450, 451, 452, 453, 454, 455, 456, 457, 458 y 459 del Código del Trabajo, SE RESUELVE: I.- Rechazar en todas sus partes la demanda interpuesta por Solange Romanet Kesser Carrasco en contra de su ex empleador Integramédica S.A., declarándose que el despido del cual fue objeto la demandante, se encuentra ajustado a derecho. II.- Que se condena en costas a la demandante. Notifíquese, regístrese y archívese en su oportunidad. RIT: O-2418-2024 RUC: 24-4-0563576-k Dictada por la jueza suplente del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, Paola Roxana Barra González.

Texto Completo (Preview)

Santiago, quince de octubre de dos mil veinticuatro. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Solange Romanet Kesser Carrasco, cédula nacional de identidad N°17.337.797-5, domiciliada en Ramon Rosales 1115, comuna de Quilicura, interponiendo demanda en contra de Integramédica S.A., RUT: 76.098454-K, representada legalmente por María Montero Didyk, por despido injustificado, indebido

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