Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción

CONCHA/OPTIMUS CHILE SPA

Rol

M-1342-2023

Fecha

15 de octubre de 2024

Materia

Costas, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Feriado proporcional, Reajustes e intereses, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos pertinentes, controvertidos y sustanciales, atendida la rebeldía de los demandados. SENTENCIA DICTADA VERBALMENTE (Se transcribe solo lo resolutivo) Concepción, a quince de octubre de dos mil veinticuatro. Visto: Por estas consideraciones y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 453, 454 y 500 del Código del Trabajo, el tribunal declara: I.- Que se acoge la demanda interpuesta por doña MARÍA TERESA CONCHA MORALES, RUT 7.965.881-2, en contra de su ex empleadora la sociedad OPTIMUS CHILE SPA, y solidariamente en contra de la empresa VTR COMUNICACIONES SPA, todos ya individualizados, condenándose a las demandadas a pagar solidariamente las siguientes prestaciones: a) $165.009.-, por concepto de saldo de las remuneraciones del mes de julio de 2023. b) $73.333.-, por concepto de feriado proporcional. c)Cotizaciones en cuenta individual de cesantía en AFC Chile II S.A., correspondiente a 18 días de junio y 21 días de julio de 2023, teniendo como base cálculo de las mismas una remuneración de $550.000.-mensuales. II.-Las sumas ordenadas deberán ser pagadas con los reajustes e intereses contemplados en el artículo 63 del Código del Trabajo. III.-Se condena en costas a los demandados, regulándose las personales en la cantidad de $200.000.- Notifíquese regístrese y archívese en su oportunidad. Las partes se entienden legalmente notificadas en este acto de todo lo que se ha resuelto. Demandante: Solicita se pida cuenta de medida cautelar de eventual devolución de impuestos a la renta. Tribunal: Ofíciese en los términos señalados a fin de que informe el estado de la retención decretada por resolución de fecha 29 de diciembre del año 2023. RIT M-1342-2023 RUC 23-4-0537559-1 Dirigió y resolvió don NICOLAS PATRICIO HUMERES GUAJARDO, Juez Suplente del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes.

Fallo

Por estas consideraciones y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 453, 454 y 500 del Código del Trabajo, el tribunal declara: I.- Que se acoge la demanda interpuesta por doña MARÍA TERESA CONCHA MORALES, RUT 7.965.881-2, en contra de su ex empleadora la sociedad OPTIMUS CHILE SPA, y solidariamente en contra de la empresa VTR COMUNICACIONES SPA, todos ya individualizados, condenándose a las demandadas a pagar solidariamente las siguientes prestaciones: a) $165.009.-, por concepto de saldo de las remuneraciones del mes de julio de 2023. b) $73.333.-, por concepto de feriado proporcional. c)Cotizaciones en cuenta individual de cesantía en AFC Chile II S.A., correspondiente a 18 días de junio y 21 días de julio de 2023, teniendo como base cálculo de las mismas una remuneración de $550.000.-mensuales. II.-Las sumas ordenadas deberán ser pagadas con los reajustes e intereses contemplados en el artículo 63 del Código del Trabajo. III.-Se condena en costas a los demandados, regulándose las personales en la cantidad de $200.000.- Notifíquese regístrese y archívese en su oportunidad. Las partes se entienden legalmente notificadas en este acto de todo lo que se ha resuelto. Demandante: Solicita se pida cuenta de medida cautelar de eventual devolución de impuestos a la renta. Tribunal: Ofíciese en los términos señalados a fin de que informe el estado de la retención decretada por resolución de fecha 29 de diciembre del año 2023. RIT M-1342-2023 RUC 23-4-0537559-

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONCILIACIÓN, CONTESTACIÓN Y PRUEBA PROCEDIMIENTO MONITORIO (Audiencia efectuada de manera presencial) FECHA 15 de octubre de 2024 RUC 23-4-0537559-1 RIT M-1342-2023 Registro MAGISTRADO NICOLAS PATRICIO HUMERES GUAJARDO De Audio ADMINISTRATIVO DE ACTAS Carol San Martin Contreras Remoto HORA DE INICIO 10:55 horas 3 HORA DE TERMINO 11:09 horas Nº R

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