ROJAS/VON SCHENCK LIMITADA
Rol
O-44-2024
Fecha
11 de octubre de 2024
Materia
Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido indirecto, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
hechos que originan el despido indirecto se remontan al mes de agosto del año 2023, puesto que mi ex empleadora, comenzó a pagarme las remuneraciones en forma parcializada, adeudándome la suma de $1.679.996.- por los meses de enero, febrero y los días de marzo de 2024; además no enteró el pago de mis cotizaciones de seguridad social en las instituciones de seguridad social, como a continuación se indica: Respecto de mis cotizaciones previsionales en AFP Provida S.A, adeuda los meses de agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2023, enero, febrero y marzo del año 2024. En cuanto a las cotizaciones de salud en Fonasa, adeuda los meses de agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2023, enero, febrero y marzo del año 2024. Finalmente, respecto de las cotizaciones de cesantía en AFC CHILE S.A., adeuda los meses de agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2023, enero, febrero y marzo del año 2024; siendo ésta una de las obligaciones esenciales del empleador. Todos estos incumplimientos, especialmente el no pago de mis remuneraciones, motivaron mi decisión de poner término al contrato de trabajo que nos unía. En este punto cabe hacer presente, que, con fecha 11 del mes de diciembre de 2023 inicié este proceso, enviando la respectiva carta aviso de término y cumpliendo con las formalidades legales respectivas, a propósito de esto, en el comparendo ante la Inspección del Trabajo, signado bajo el N°1304/2023/1302, celebrado con fecha 26 de diciembre de 2023, logramos un acuerdo, el cual estipulaba que seguiría prestando servicios y que mi empleador pagaría mis remuneraciones los primeros cinco días del mes, por lo que quedó sin efecto el proceso de despido indirecto, confiando en que mi empleador cumpliría esta vez, sin embargo, no ocurrió de esa manera. Por esta razón, con fecha 12 del mes de marzo del año 2024, remití la correspondiente comunicación de término de la relación laboral, por correo certificado, tanto a mi ex empleador, c
Fundamentos
CONSIDERANDO PRIMERO: Que comparece don RIGOBERTO ALEJANDRO ROJAS DÍAZ, cedula de identidad N°10.692.566-6, trabajador agrícola, domiciliado en Parcela 23, Las Praderas, comuna de Melipilla, e interpone demanda de despido indirecto, nulidad del despido y cobro de prestaciones en contra de VON SCHENCK LIMITADA RUT 77.583.620-2, del giro cultivo de porotos, cultivo de hortalizas y melones, apicultura, venta al por menor en comercios especializados de frutas y verduras, representada legalmente en virtud del artículo 4 inciso primero del código de trabajo por don ALFREDO SCHENCK ABARCA, cedula de identidad N°12.882.947-4, ambos domiciliados para estos efectos en Frankfort N°4647 de la comuna de San Miguel. Antecedentes: Inicio relación laboral: 01 del mes de septiembre del año 2017. Funciones: trabajador agrícola, encargándome de los nogales y de la fabricación de miel, prestando servicios en la parcela 23 sector Codigua de la comuna de Melipilla. Jornada de trabajo: Mi jornada de trabajo se desarrollaba de lunes a sábado, con un horario de ingreso a las 09:00 horas hasta las 17:30 horas de lunes a viernes, el sábado desde las 09:00 horas hasta las 14:00 horas. Remuneración: Mi remuneración mensual era de $700.000.- brutos. Término de la Relación Laboral: que siempre cumplí con dedicación las tareas asignadas, sin embargo, la demandada no cumplía como corresponde con el pago de mis remuneraciones en forma oportuna y el pago de mis cotizaciones de seguridad social. Los hechos que originan el despido indirecto se remontan al mes de agosto del año 2023, puesto que mi ex empleadora, comenzó a pagarme las remuneraciones en forma parcializada, adeudándome la suma de $1.679.996.- por los meses de enero, febrero y los días de marzo de 2024; además no enteró el pago de mis cotizaciones de seguridad social en las instituciones de seguridad social, como a continuación se indica: Respecto de mis cotizaciones previsionales en AFP Provida S.A, adeuda los meses de agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2023, enero, febrero y marzo del año 2024. En cuanto a las cotizaciones de salud en Fonasa, adeuda los meses de agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2023, enero, febrero y marzo del año 2024. Finalmente, respecto de las cotizaciones de cesantía en AFC CHILE S.A., adeuda los meses de agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2023, enero, febrero y marzo del año 2024; siendo ésta una de las obligaciones esenciales del empleador. Todos estos incumplimientos, especialmente el no pago de mis remuneraciones, motivaron mi decisión de poner término al contrato de trabajo que nos unía. En este punto cabe hacer presente, que, con fecha 11 del mes de diciembre de 2023 inicié este proceso, enviando la respectiva carta aviso de término y cumpliendo con las formalidades legales respectivas, a propósito de esto, en el comparendo ante la Inspección del Trabajo, signado bajo el N°1304/2023/1302, celebrado con fecha 26 de diciembre de
Fallo
se resuelve: I.- SE ACOGE la demanda interpuesta por don RIGOBERTO ALEJANDRO ROJAS DÍAZ, cedula de identidad N°10.692.566-6 en contra de VON SCHENCK LIMITADA RUT 77.583.620-2, representada legalmente por don ALFREDO SCHENCK ABARCA, cedula de identidad N°12.882.947-4, y en consecuencia se declara ajustado a derecho el despido indirecto de fecha 12 de marzo de 2024, dado que el demandado ha incumplido gravemente el contrato de trabajo siendo aplicable la casual del articulo 160 N°7 del Código del Trabajo, debiendo por tanto el demandado pagar al demandante, ambos ya individualizados, las siguientes prestaciones e indemnizaciones: a) La indemnización sustitutiva de aviso previo por la suma de $700.000.- b) Indemnización por 4 años de servicios por la suma de $4.900.000.- c) las remuneraciones impagas por los meses de enero, febrero y los días de marzo de 2024, por la suma de $1.679.996.- d) el pago del feriado legal por la suma de $979.986.- e) feriado proporcional por la suma de $ 150.498.- e) Recargo del 50% del articulo 171 del Código por la suma de $2.450.000.- f) al pago de las cotizaciones previsionales en Fonasa, AFC Chile y AFP Provida de los meses de agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2023; y enero, febrero y marzo del año 2024, que se encuentre adeudado, y de las eventuales diferencias. g) Deberá además pagar al actor la suma de $700.000.-mensuales por concepto de remuneraciones devengadas desde el día 12 de marzo del año 2024 hasta la fecha que pag
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JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE MELIPILLA ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 11/10/2024 RUC 24- 4-0577771-8 RIT O-44-2024 MAGISTRADO JOSE FATI TEPANO ADMINISTRATIVO DE ACTAS Daniela Maturana Mena HORA DE INICIO 09:06 Hrs. HORA DE TERMINO 09:12 Hrs. Nº REGISTRO DE AUDIO 24- 4-0577771-8-0375 SALA VIRTUAL ZOOM PARTE DEMANDANTE RIGOBERTO ALEJANDRO ROJAS D
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