BALBOA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LINARES
Rol
C-1472-2024
Fecha
1 de octubre de 2024
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y CONSIDERANDO. Primero: Demanda: A folio 01 comparece BERTA HERMINDA BALBOA LEON, chilena, pensionada, C.N.I: 9.041.908-0, domiciliada para estos efectos en Villa Jorge S nchez Salas, pasaje Eusebio Lillo, N 1341,á ° comuna de Linares; quien viene en ese acto en solicitar se sirva en declarar la prescripci n de las acciones y derechos municipales por derechos de aseoó domiciliario que actualmente se adeudan a la Ilustre Municipalidad De Código: ESGMXQHXBVF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Linares, corporaci n aut noma de derecho p blico con personalidadó ó ú jur dica y patrimonio propio, Rut N 69.130.300-4, representada por suí º Alcalde don Mario Alejandro Meza V squez, chileno, casado, Runá N 14.389.148-8; ambos domiciliados en calle Kurt Moller, N 391, de laº ° comuna de Linares, respecto de los derechos de aseo que mantiene impagos el inmueble ubicado en Villa Jorge S nchez Salas, pasaje Eusebio Lillo,á N 1341, ° comuna de Linares; en atenci n a los siguientes argumentos deó hecho y de derecho que pasa a exponer: Consta, en certificado de estado de deuda que acompa a, que elñ inmueble que se encuentra ubicado Villa Jorge S nchez Salas, pasajeá Eusebio Lillo, N 1341, Rol de Aval o N 346-12, de la comuna de Linares;° ú ° tiene una deuda por concepto de pago de derechos de aseos domiciliarios con el Municipio de Linares, desde el mes de Abril del a o 2018, hasta elñ mes de Noviembre del a o 2024, ambos inclusive, alcanzando a acumularñ en tal per odo, la suma de $521.472.-(Quinientos veinti n mil cuatrocientosí ú setenta y dos pesos). Como bien se comprender , se adeudan estos pagos desde hace variosá a os y en consecuencia, tesorer a municipal estima que deben pagarse todosñ í estos derechos insolutos, lo que en su actual condici n le resulta imposibleó realizar, dado el alto costo de los mismos y la circunstancia de que la mora en el pago de dichos derechos se ha generado por una situac
Fundamentos
fundamentos de su demanda acompa los siguientes medios deñó prueba. Prueba Documental. A folio 1 la parte demandante acompa con citaci n los siguientesñó ó documentos: 1. Registro de Deuda, emitido por el Departamento de Rentas Municipales, de la Ilustre Municipalidad de Linares, en el cual consta la deuda de $521.472.-2. Certificado de Aval o Fiscal de la propiedad materiaú de autos. Sexto: Prueba de la parte demandada. Que la parte demandada, no rindi en estos autos, medios probatorios para ser ponderados por eló Tribunal. S ptimoé : Que, respecto de las normas que rigen la prescripci nó extintiva, efectivamente de acuerdo a lo dispuesto en el art culo 2521 delí C digo Civil, y en relaci n con el plazo, las acciones de las Municipalidadesó ó para cobrar tributos municipales prescriben en el plazo de tres a os, desdeñ que la obligaci n se hizo exigible, por lo cual, podr a sostenerse en teor a ,ó í “ í ” que la acci n para perseguir el cobro de lo adeudado, eventualmente seó habr a extinguido parcialmente por prescripci n.í ó Octavo: Que adem s del trascurso del tiempo, la prescripci ná ó extintiva debe ser alegada por la persona en cuyo beneficio la ha establecido el legislador, esto es, el deudor u obligado personalmente al pago, derecho que puede ser renunciado por su titular de manera expresa o t cita a trav sá é del pago, como claramente se desprende de lo dispuesto en los art culosí 2518, 2519 y 12 del C digo Civil.ó Código: ESGMXQHXBVF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Noveno: Que del m rito de las pruebas agregadas a los autos y deé acuerdo al valor probatorio de las mismas, lo dispuesto en el art culo 2521í del C digo Civil, que establece que las acciones de las Municipalidades paraó cobrar tributos municipales prescriben en el plazo de tres a os desde que lañ obligaci n se hizo exigible, plazo que en las obligaciones de autos hanó transcurrido en exceso, y habi ndose allanado la demandada, procedeé acoger la demanda de autos. Y teniendo adem s presente lo dispuesto en los art culos 144, 160,á í 313 y 342 del C digo de Procedimiento Civil, 1698, 2514 y 2521 deló C digo Civil,
Fallo
se declara:ó I.- Que, se ACOGE en todas sus partes la demanda interpuesta en lo principal del escrito de folio 1, por BERTA HERMINDA BALBOA LEON y se declara la prescripci n extintiva de las acciones por concepto deó derechos de aseo domiciliario respecto de la propiedad ubicada en Villa Jorge S nchez Salas, pasaje Eusebio Lillo, N 1341, Rol de Aval o N 346-á ° ú ° 12, de la comuna de Linares, desde el primer semestre del a o 2018 (mes deñ abril), hasta el segundo semestre del a o 2021, (mes de junio), ambosñ inclusive. II.- Que se exime del pago de las costas a la parte demandada, por haberse allanado. Notif quese, reg strese, dese copia autorizada a la parte que lo soliciteí í y arch vese en su oportunidad.í Rol C-1472-2024.- Dicto don ALEJANDRO SUMONTE VERDEJO, Juez Titular. Código: ESGMXQHXBVF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-10-01T13:44:39-0300
Texto Completo (Preview)
CAUSA ROL C-1472-2024 MATERIA PRESCRIPCI N DEÓ DERECHOS DE ASEO DOMICILIARIOS C digo P18Aó PROCEDIMIENT ORDINARIO. DEMANDANTE BERTA HERMINDA BALBOA LEON RUT 9.041.908-0 ABOGADO PAULINA DEL CAMPO ALMUNA RUT 12.791.363-3 DEMANDADO ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LINARES RUT 69.130.300-4 ABOGADO GONZALO REBOLLEDO GONZALEZ RUT 16.537.110-0 FECHA DE INGRESO 7 de agosto de 2024 FECHA C TESEÍ 2 de septiembre d
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