26º Juzgado Civil de Santiago

ATIAS/CHANDÍA

Rol

C-4947-2024

Fecha

1 de octubre de 2024

Materia

HACIENDA,PROCED.CUANTÍA SUPERIOR ART.. 749 C.P.C

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Comparece don Jaime Benito Gallardo Casanova, abogado, en representación de don PEDRO GUILLERMO ATÍAS MUÑOZ, pensionado, ambos domiciliados para estos efectos en calle Independencia N°630, oficina 410, comuna y ciudad de Valdivia, Región de Los Ríos, deduciendo demanda en juicio de hacienda de indemnización de perjuicios, en contra del FISCO DE CHILE, persona jurídica de derecho público, representado por el Abogado Procurador Fiscal del Consejo de Defensa del Estado Marcelo Chandía Peña, domiciliados en Agustinas N° 1225, piso 2°, comuna de Santiago. Funda su acción en los hechos que se describirán a continuación: “Al momento de los hechos mi representado se encontraba cursando tercer año de la carrera de Sociología en la Universidad de Chile. Desde el año 1968 aproximadamente militaba en el Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), específicamente militó en el frente estudiantil FER. En ese entonces hacía teatro, hecho que le permitió estar en contacto con otros militantes del movimiento. Fue detenido ilegalmente por agentes del Estado pertenecientes al Ejército de Chile el día 23 de noviembre de 1973. Se encontraba en el dormitorio de la casa de su madre en calle Seminario 744, Ñuñoa, Santiago. La detención acontece alrededor de las 6.30 a 7:00 horas de la madrugada. Se trataba de una patrulla. Ingresaron 2 personas al dormitorio, encañonándolo. Los agentes vestían de civil y se encontraban en busca de armas, no encontrando nada en la casa habitación. Lo llevaron fuera, donde se encontraba personal del Ejército de Chile, ingresándolo luego vendado a un vehículo, siendo trasladado al Regimiento Buin. Permanece en una celda subterránea durante el día. Al llegar la tarde es trasladado desde su celda a un patio, donde se le hace creer que sería fusilado, exigiéndosele diera información sobre sus compañeros. Al día siguiente es retirado de su celda nuevamente para continuar con la tortura. Esta vez se le aplica corriente en una parrilla. Al cabo de te

Fundamentos

considerando suspendido el plazo de prescripción durante el período de la dictadura militar-, la acción se encontraría prescrita, ya que ha transcurrido en exceso el plazo de 4 años, según lo dispuesto en los artículos 2332 y 2497 del Código Civil. En subsidio, opone similar excepción alegando lo establecido en los artículos 2514 y 2515 del Código Civil, ya que ha transcurrido en exceso el plazo de 5 años. Añade, que no existiendo norma expresa, corresponde aplicar el derecho común, siendo prescriptible la acción para perseguir la responsabilidad civil, debiendo establecerse expresamente su imprescriptibilidad, como excepción, lo que no estaría ni siquiera dispuesto en los tratados internacionales firmados y ratificados por Chile. En subsidio de las excepciones opuestas, afirma que el monto pretendido es excesivo, atendido que el daño moral no se puede cuantificar; y en subsidio de todo ello, al conceder la indemnización se debe considerar lo ya pagado. Afirma que es improcedente el pago de reajustes e intereses, ya que los reajustes deberían contabilizarse desde que la sentencia se encuentre firme y ejecutoriada, y que mientras no exista tal fallo, no hay mora,

Fallo

por tanto, los intereses, también son improcedentes. Concluye, pidiendo el rechazo de la demanda, o en subsidio, rebajar sustancialmente los montos indemnizatorios pretendidos. Con fecha 13 de mayo de 2024, se evacuó la réplica. Con fecha 24 de mayo de 2024, se evacuó la dúplica. Con fecha 30 de mayo de 2024, se recibió la causa a prueba. Con fecha 2 de septiembre de 2024, se citó a las partes a oír sentencia. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que don Jaime Benito Gallardo Casanova, abogado, en representación de don Pedro Guillermo Atías Muñoz, comparece deduciendo demanda en juicio de hacienda de indemnización de perjuicios, en contra del Fisco de Chile, y sobre la base de los fundamentos expuestos en la parte expositiva de Código: TXUPXQMKNTF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 la presente sentencia, solicitó sea condenado a pagar la suma de $200.000.000.- por concepto de daño emergente y $200.000.000.- por concepto de daño moral, más intereses y reajustes contados desde la notificación de la demanda hasta su pago efectivo y tota, con costas; o en subsidio condenar al demandado al pago de las sumas y cantidades de dinero que estime en equidad, justicia y al mérito de autos, con costas. SEGUNDO: La demandada contestó solicitando el rechazo de la demanda, con costas y oponiendo las excepciones de reparación satisfactiva por haber sido ya indemnizado la actora y prescripción de la

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RIT« » Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 26º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : C-4947-2024 CARATULADO : ATIAS/CHANDÍA Santiago, uno de octubre de dos mil veinticuatro VISTOS: Comparece don Jaime Benito Gallardo Casanova, abogado, en representación de don PEDRO GUILLERMO ATÍAS MUÑOZ, pensionado, ambos domiciliados para estos efectos en calle Independencia N°630, oficina 410, com

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