BANCO ITAU CHILE S.A/MORALES
Rol
C-5751-2024
Fecha
30 de septiembre de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
C-5751-2024 FOJA: 24 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 19 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-5751-2024 CARATULADO : BANCO ITAU CHILE S.A/MORALES Santiago, treinta de septiembre de dos mil veinticuatro Vistos. Con fecha 28 de marzo de 2024, comparece JORGE PATRICIO GONZALEZ ANGUITA, abogado, mandatario judicial en representaci nó convencional de BANCO ITA CHILEÚ , sociedad an nima bancaria,ó representada legalmente por Gabriel Amado de Moura, ingeniero comercial, todos domiciliados para estos efectos en calle Miraflores N 130, piso 27,° comuna de Santiago, e interpone demanda ejecutiva de cobro de pagar , ené contra de TAMARA DE LOS LOURDES MORALES MOLINA, se ignora profesi n u oficio, domiciliada en Av. Santiago Arata N 4307 A202ó ° 11 de Septiembre, comuna de Arica. Funda su demanda indicando que su representada es due a de losñ siguientes pagar s suscritos por el demandado:é 1. Pagare suscrito con fecha 12 de febrero de 2024, por el monto de 56,5164 Unidades de Fomento. 2. Pagare suscrito con fecha 12 de febrero de 2024, por el monto de 6,2796 Unidades de Fomento. Acusa que los pagar s no fueron pagados a la fecha de sué vencimiento, esto es el d a í 11 de marzo de 2024, por lo que el deudor se encuentra en mora desde dicha fecha respecto del capital, el cual asciende a la suma de 62,7960 Unidades de Fomento, equivalentes en pesos al d a 11í de marzo de 2024, a la suma de $2.320.352. Indica que dichos pagar s se encuentran garantizados por el Estado,é conforme a lo contemplado en la a la ley 20.027 que establece normas para el financiamiento de estudios superiores. Código: EXDUXQPJLXF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-5751-2024 Expone que los pagar s fueron suscritos por el representante delé banco en virtud del Contrato de Apertura suscrito por el ejecutado y que la firma en los pagar s se encuentra autorizada ante Notario, por lo que elé t tulo goza de m rito ejecutiv
Fundamentos
considerando: Primero: Que respecto a las excepciones alegadas de la falta de capacidad del demandante o de personer a o representaci n legal del queí ó comparezca en su nombre; la ineptitud del libelo; la falta de alguno de los requisitos o condiciones establecidos por las leyes para que dicho t tuloí tenga fuerza ejecutiva, sea absolutamente, sea con relaci n al demandado; eló pago de la deuda; y, la concesi n de esperas o la pr rroga del plazo,ó ó correspond a al ejecutado el acreditar los antecedentes f cticos en que fundaí á dichas excepciones. Segundo: Que a fin de acreditar sus aseveraciones, la parte demandada no rindi probanza alguna.ó Código: EXDUXQPJLXF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-5751-2024 Tercero: Que la parte ejecutante acompa con las debidasñó ritualidades, los siguientes documentos no objetados de contraria: 1. Pagar s custodiados bajo el Né °4.016-2024. 2. Copia del Contrato de Apertura de L nea de Cr dito paraí é Estudiantes de Educaci n Superior con Garant a Estatal, seg n leyó í ú 20.027. 3. Copia de escritura p blica de fecha 26 de mayo de 2022,ú Repertorio N 9.618-2022.º 4. Copia de escritura p blica de fecha 13 de junio de 2023,ú Repertorio N 24.956-2023.º 5. Copia de escritura p blica de fecha 26 de octubre de 2016,ú Repertorio N 37.590-2016.º 6. Informe de situaci n acad mica emitido por Comisi n Ingresa. ó é ó Cuarto: Que, respecto a la primera excepci n incoada, esto es, ó la falta de capacidad del demandante o de personer a o representaci n legalí ó del que comparezca en su nombre, el an lisis de la demanda permiteá establecer que ha comparecido el abogado Jorge Patricio Gonzalez Anguita, en representaci n de BANCO ITA CHILE, representada legalmente poró Ú Gabriel Amado de Moura. Que el mandato judicial es un contrato por medio del cual una persona encomienda a otra que postule a su nombre ante los tribunales de justicia. Que el art culo 6 del C digo de Procedimiento Civil se ala queí ó ñ quien comparezca en juicio a nombre de otro, en desempe o de unñ mandato deber exhibir el t tulo que acredite su representaci n, exigenciaá í ó que este Juez estima cumplida con el m rito de las copias autorizadas deé mandato de fecha 13 de junio de 2023, en la cual el Notario que suscribe atestigua haber tenido a la vista escritura de representaci n de losó representantes del ejecutante, no insert ndola por ser conocida del mismo. á Basta se alar que ñ el instrumento mencionado, constituye prueba suficiente de la personer a para actuar en estos autos. Adem s, la carga deí á Código: EXDUXQPJLXF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-5751-2024 probar que el mandato no se encontraba vigente correspond a a la parteí demandada, la que ninguna prueba rindi al efecto, por lo que seó desestimar la excepci n.á ó Quinto: Que, respecto a la segunda excepci n en estudio, esto es, laó ineptitud del libel
Fallo
se declararon admisibles las excepciones y se recibi la causa a prueba.ó Con fecha 22 de agosto de 2024, encontr ndose la causa en estado,á se cit a las partes a o r sentencia. ó í Con lo relacionado y considerando: Primero: Que respecto a las excepciones alegadas de la falta de capacidad del demandante o de personer a o representaci n legal del queí ó comparezca en su nombre; la ineptitud del libelo; la falta de alguno de los requisitos o condiciones establecidos por las leyes para que dicho t tuloí tenga fuerza ejecutiva, sea absolutamente, sea con relaci n al demandado; eló pago de la deuda; y, la concesi n de esperas o la pr rroga del plazo,ó ó correspond a al ejecutado el acreditar los antecedentes f cticos en que fundaí á dichas excepciones. Segundo: Que a fin de acreditar sus aseveraciones, la parte demandada no rindi probanza alguna.ó Código: EXDUXQPJLXF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-5751-2024 Tercero: Que la parte ejecutante acompa con las debidasñó ritualidades, los siguientes documentos no objetados de contraria: 1. Pagar s custodiados bajo el Né °4.016-2024. 2. Copia del Contrato de Apertura de L nea de Cr dito paraí é Estudiantes de Educaci n Superior con Garant a Estatal, seg n leyó í ú 20.027. 3. Copia de escritura p blica de fecha 26 de mayo de 2022,ú Repertorio N 9.618-2022.º 4. Copia de escritura p blica de fecha 13 de junio de 2023,ú Repertorio N 24.956-2023.º 5. Copia de escritura
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C-5751-2024 FOJA: 24 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 19 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-5751-2024 CARATULADO : BANCO ITAU CHILE S.A/MORALES Santiago, treinta de septiembre de dos mil veinticuatro Vistos. Con fecha 28 de marzo de 2024, comparece JORGE PATRICIO GONZALEZ ANGUITA, abogado, mandatario judicial en representaci nó convencional de BANCO ITA CHILEÚ , sociedad an n
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