BANCO DEL ESTADO DE CHILE/MUÑOZ
Rol
C-1185-2024
Fecha
30 de septiembre de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: A folio 01, comparece don Maximiliano Jose Sanchez Derio, abogado, domiciliado en San Diego 81, piso 8, Santiago, mandatario judicial en representaci nó convencional del Banco del Estado de Chile, empresa aut noma de cr ditos del Estado,ó é domiciliado para estos efectos en Avda. Libertador Bernardo O Higgins N 1.111,’ º Santiago, representado legalmente por su Gerente General Ejecutivo don scar Ra lÓ ú Antonio Gonz lez Narbona, chileno, casado, ingeniero civil, del mismo domicilio, yá deduce demanda ejecutiva en contra de Joel Alejandro Mu oz Vera, ignora profesi n uñ ó oficio, domiciliado en camino a Coihueco Km. Nueve, callej n Los Notros sin n mero,ó ú Coihueco. Sostiene que su representado es due o de un pagar que fue suscrito en suñ é calidad de deudor principal por el demandado, por la suma de $15.011.656.-, por concepto de capital, m s un inter s del 0,7000% mensual que el deudor se oblig aá é ó pagar en 38 cuotas mensuales y sucesivas, cuyos montos y vencimientos se consignan en el calendario de pagos insertos en el pagar suscrito por la deudora. Agrega que, seé estableci en el pagar que en caso de mora o simple retardo en el pago de cualesquieraó é de las cuotas pactadas, el deudor estar obligado a pagar, desde el incumplimiento,á intereses penales equivalentes al m ximo convencional seg n las tasas que rijan duranteá ú el retardo, sin perjuicio de los dem s derechos del acreedor, quedando facultado elá Banco del Estado de Chile para hacer exigible la totalidad de la deuda como si fuese de plazo vencido en el caso de no pago de cualquiera de las cuotas en que se dividi laó obligaci n. Afirma que, el deudor se oblig a pagar la comisi n legal del 0% anual sobreó ó ó el capital garantizado que el Banco del Estado de Chile recauda para el Fondo de Garant a para Peque os Empresarios (FOGAPE), el cual cauciona el cr dito con unaí ñ é tasa de garant a de 90% del saldo capital. Sostiene que el deudor ha dejado de pagarí desde la cuota con vencimiento al d
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el ejecutado opone a la ejecuci n excepci n del N 11 deló ó ° art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, se alando que inform al ejecutivo delí ó ñ ó banco los motivos por os cuales no cumpli la obligaci n, proponi ndole aquel unaó ó é Código: LTBSXQNXMZE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1185-2024 Foja: 1 f rmula de pago, existiendo un pie ya negociado, as como los gastos de cobranza.ó í Solicita acoger la excepci n y rechazar la demanda ejecutiva con costas. ó SEGUNDO: Que evacuando el traslado conferido la ejecutante sostiene que al deducir excepci n no se indica con claridad el plazo que se le habr a otorgado para eló í pago, y luego niega que el ejecutado se hubiere contactado con su parte. Solicita rechazar la excepci n. ó TERCERO: Que se recibi la causa a prueba y se fijaron como hechosó sustanciales, pertinentes y controvertidos: la efectividad de la concesi n de pr rrogas oó ó esperas por parte del acreedor. Hechos y circunstancias. CUARTO: Que ninguna de las partes rindi prueba alguna. ó QUINTO: Que conforme lo dispuesto por el art culo 1698 del C digo Civil,í ó correspond a al ejecutado acreditar los supuestos f cticos de sus alegaciones, sobre lo cualí á no rindi prueba. ó Atendido lo dispuesto por los art culos 434 y siguientes del C digo deí ó Procedimiento Civil, ley 18.092 y dem s disposiciones legales pertinentes,
Fallo
por tanto, su representado ha decidido hacer exigible la totalidad de la deuda, demandando la suma de $15.011.656.-, m s los intereses pactados devengados yá los que se devenguen hasta el completo pago de la deuda m s la comisi n legal delá ó 0.00% anual sobre el saldo del capital garantizado por el Fondo de Garant a paraí Peque os Empresarios (FOGAPE), m s las costas de esta causa.ñ á Solicita tener por interpuesta demanda ejecutiva disponiendo se despache mandamiento de ejecuci n y embargo por la suma de $15.011.656.-, m s los interesesó á Código: LTBSXQNXMZE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1185-2024 Foja: 1 pactados devengados y los que se devenguen hasta el completo pago de la deuda m s laá comisi n legal del 0.00% anual sobre el saldo del capital garantizado por el Fondo deó Garant a para Peque os Empresarios (FOGAPE), m s las costas de la causa, requerir deí ñ á pago al deudor, y disponer se siga adelante esta ejecuci n hasta que a su representada seó le haga entero y cumplido pago de lo adeudado, con expresa condena en costas. A folio 02 del cuaderno de apremio se requiri de pago al ejecutado. ó A folio 10 comparece don V ctor Manuel Barros Saavedra, abogado ení representaci n convencional de don Joel Alejandro Mu oz Vera, independiente, ambosó ñ domiciliados en Bulnes N 470 of. 41, comuna de Chill n, y opone la excepci nº á ó contemplada en el art culo 464 N 11 del C digo de Procedimiento Civil,
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C-1185-2024 Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Chill nº á CAUSA ROL : C-1185-2024 CARATULADO : BANCO DEL ESTADO DE CHILE/MU OZÑ Chill ná , treinta de septiembre de dos mil veinticuatro. VISTOS: A folio 01, comparece don Maximiliano Jose Sanchez Derio, abogado, domiciliado en San Diego 81, piso 8, Santiago, mandatario judicial en representaci nó convencional del Ba
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