BARRALES/FUNDACION ICEPH
Rol
M-159-2024
Fecha
9 de octubre de 2024
Materia
Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Nulidad del despido, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS NO CONTROVERTIDOS X HECHOS A PROBAR X OFRECIMIENTO E INCORPORACIÓN PRUEBA DEMANDANTE: X PRUEBA DOCUMENTAL DEMANDANTE X OBSERVACIONES A LAS PRUEBAS DEMANDANTE X DICTACIÓN DE SENTENCIA EN AUDIENCIA X Se deja constancia que se verificaron las identidades de todos los comparecientes, y que los abogados no se encuentren sujetos a suspensión, por funcionaria administrativa de acta. Se inicia la audiencia con la individualización de las partes, y se deja constancia que la demandada no se encuentra presente. El Tribunal realiza una síntesis de la demanda, y se tiene por contestada la demanda en rebeldía de la demandada atendida su incomparecencia. Atendida la inasistencia de la demandada, no es posible arribar a conciliación entre las partes ni establecer hechos no controvertidos. HECHOS A PROBAR: 1. Existencia de un contrato de trabajo entre las partes, fecha de inicio, cláusulas de él. 2. Monto de la remuneración de la demandante para efectos indemnizatorios. 3. Razones por las cuales la demandante dejó de prestar servicios para la demandada, hechos circunstancias y formalidades si hubiere. 4. Estado de pago de las cotizaciones previsionales, de salud y AFC de la demandante desde noviembre de 2023. INCORPORACIÓN DE PRUEBAS: PARTE DEMANDANTE: OFRECE, ACOMPAÑA E INCORPORA PRUEBA DOCUMENTAL: El tribunal tiene por ofrecidos, acompañados e incorporados mediante su lectura resumida los siguientes documentos: 1.- Carta de aviso de término del contrato de fecha 16 de mayo del año 2024 (folio 4) 2.- Certificado de Cotizaciones previsionales emitidos por la administradora de fondos de pensiones AFP HÁBITAT obtenido con fecha 08 de octubre del año en curso (folio 35) 3.- Certificado de cotizaciones previsionales emitidos por el Fondo Nacional de Salud, certificado obtenido con fecha 08 de octubre del año en curso (folio 34) OBSERVACIONES A LAS PRUEBAS: Se deja constancia que la parte demandante formuló sus observaciones a la prueba rendidas e incorp
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 7, 8, 161, 162, 163, 172, 173, 446, 452, 453, 500 y 501 del Código del Trabajo se declara: Que SE HACE LUGAR a la demanda interpuesta por doña MAIRA ALEJANDRA BARRALES SANDOVAL en contra de LA FUNDACION INSTITUTO DE CAPACITACIÓN Y ESPECIALIZACIÓN PADRE HURTADO LTDA. “ICEPH” ambos individualizados, sólo en cuanto se declara nulo el despido del que fue objeto la trabajadora ocurrido el 16 de mayo de 2024 y que se hizo efectivo el 15 de junio del 2024 condenándose a la demandada al pago de las siguientes prestaciones laborales: 1. Remuneraciones posteriores al despido, esto es contar del 15 de junio del 2024 hasta la convalidación del despido, a razón de una remuneración mensual bruta de $600.000. 2. $244.860 por indemnización por feriado proporcional. 3. A pagar reajustes e intereses de conformidad con lo dispuesto en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. 4. Que no se condena en costas a la demandada por no haber sido vencida totalmente. Pronunciada por doña MARÍA ISABEL PALACIOS VICENCIO, Jueza Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Osorno. Las partes se entienden notificadas en este acto por el solo mérito de la audiencia, conforme al apercibimiento legal. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Juzgado de Letras del Trabajo de Osorno, nueve de octubre de dos mil veinticuatro.
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ACTA DE AUDIENCIA UNICA VIRTUAL CON DICTACIÓN DE SENTENCIA PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 9 de octubre de 2024 RUC 24-4-0589381-5 RIT M-159-2024 SALA VIRTUAL 1 JUEZA TITULAR MARIA ISABEL PALACIOS VICENCIO ADMINISTRATIVA DE ACTAS Noelia Barría S. HORA DE INICIO 12:04 horas HORA DE TERMINO 12:53 horas DEMANDANTE MAIRA ALEJANDRA BARRALES SANDOVAL ABOGADO BORIS SILVA NAVARRO FORMA
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