BANCO DE CHILE/OLAVARRIETA
Rol
C-14119-2023
Fecha
30 de septiembre de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS A folio 1, comparece CAMILA PAZ HINOJOSA LEPE, CAROLINA BEATRIZ CISTERNAS ELTIT, GASPAR CORTES MOYA y MACARENA FLORES JARA abogados, mandatarios judiciales de Socofin S.A., persona jur dica delí giro cobranza a terceros, representada por su gerente general don Mario Sandoval Hidalgo, ingeniero comercial, representante convencional del Banco de Chile, sociedad an nima bancaria, del giro de su denominaci n, representada a su vez por su gerenteó ó general don Eduardo Ebensperger Orrego, ingeniero comercial, todos domiciliados para estos efectos en calle Teatinos 449, tercer piso, Santiago centro, quienes deducen demanda en juicio ejecutivo en contra de JUAN PATRICIO OLAVARRIETA SUAREZ, en calidad de deudor principal, ignora profesi n u oficio, con domicilio enó Bremen 183, comuna de u oa, en virtud de los siguientes
Fundamentos
fundamentos:Ñ ñ Su representado, es due o y leg timo tenedor del pagar que acompa a, suscritoñ í é ñ por don DIEGO HERNAN GALVEZ VERDUGO y por do a ALEJANDRAñ CECILIA ROJAS MENARES, ambos en representaci n del Banco de Chile y estos a suó vez en representaci n de don JUAN PATRICIO OLAVARRIETA SUAREZ, enó calidad de deudor principal, ignoramos profesi n u oficio, con domicilio en Bremenó 183, comuna de u oa, seg n consta en la cl usula, N 4 del Contrato de ServiciosÑ ñ ú á ° mediante uso de Canales de Autoatenci n, que forma parte del Contrato Unificado deó Personas, versi n 19 que se acompa a en un otros de esta demanda, el que se encuentraó ñ í firmado por el demandado. Dicho pagar fue suscrito por un capital original deé $32.335.765, Se estipul que el capital y los intereses de esta obligaci n se pagar an en 60ó ó í cuotas de acuerdo al siguiente programa de amortizaciones: 59 cuotas, mensuales, iguales y sucesivas de $805.570.-, cada una de ellas, venciendo la primera de ellas el 26 de enero de 2023 y a partir de esta, las cuotas siguientes vencer n sucesivamente con la mismaá periodicidad antes indicada y una ltima cuota por el monto y con el vencimiento que seú Código: TLMKXQLSJUE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-14119-2023 Foja: 1 indica en el mismo t tulo que sirve de fundamento a esta demandaí , hace presente que como se estipul en el mismo pagar , el monto de cada una de las cuotas indicadasó é incluye pago de capital e intereses. Se pact que, el simple retardo y/o mora en el pago ntegro y oportuno de todoó í o parte de una de las cuotas, facultar a al Banco de Chile para exigir el pago total de laí deuda o del saldo a que se encontrara reducida, consider ndose en tal evento laá obligaci n como de plazo vencido, pudiendo protestar y/o presentar a cobro este pagar .ó é Sin perjuicio de lo anterior, a contar del simple retardo y/o mora y hasta el pago efectivo, la obligaci n devengar a el inter s m ximo convencional que la ley permiteó í é á estipular para operaciones de cr dito que se encontrare rigiendo para la obligaci n a laé ó fecha de producirse el simple retardo o mora, pues en caso contrario se continuar aí devengado este ltimo.ú Se alañ que el deudor se encuentra en mora de su obligaci n, desde la cuota N 3,ó º cuyo vencimiento es el d a 27 de marzo de 2023, inclusive y todas las posteriores, por loí que conforme a lo convenido en el pagar , en este acto nuestro representado viene ené hacer efectiva la cl usula de aceleraci n, debiendo considerarse la obligaci n como siá ó ó fuera de plazo vencido, siendo el capital adeudado a esta fecha la cantidad de $32.335.765, suma a la que hay que agregar y calcular los intereses pactados y los intereses penales, hasta hacer entero y cumplido pago de lo adeudado a su representado, todo ello con costas. El deudor liber al Banco de la obligaci n de protesto. Habiendoó ó sido autorizada por Notario la firma del suscriptor(a
Fallo
se declararon admisibles las excepciones y se las recibi a prueba.ó Al folio 33, se cit a las partes a o r sentencia.ó í CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la parte demandante fund su demanda en que es titular deó los cr ditos documentados en pagar fue suscrito por un capital original de $32.335.765,é é el capital y los intereses de esta obligaci n se pagar an en 60 cuotas de acuerdo aló í siguiente programa de amortizaciones: 59 cuotas, mensuales, iguales y sucesivas de $805.570.-, cada una de ellas, venciendo la primera de ellas el 26 de enero de 2023 y a partir de esta, las cuotas siguientes vencer n sucesivamente con la misma periodicidadá antes indicada y una ltima cuota por el monto y con el vencimiento que se indica en elú mismo t tulo que sirve de fundamento a esta demanda, hace presente que como seí estipul en el mismo pagar , el monto de cada una de las cuotas indicadas incluye pagoó é de capital e intereses. SEGUNDO: Que, la demandada opuso las excepciones de los numerales 7 y 11 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, en consideraci n a los fundamentosí ó ó ya desarrollados precedentemente. TERCERO: Que, la ejecutante evacu el traslado conferido, solicitando eló rechazo de las excepciones opuestas. CUARTO: Que, al tenor de lo que dispone el art culo 1698 del C digo Civil,í ó incumbe probar las obligaciones o su extinci n a quien alega aqu llas o sta.ó é é QUINTO: Que, la acci n ejecutiva se funda en:ó 1.- Pagar suscrito por un capital original de $32.335.7
Texto Completo (Preview)
C-14119-2023 Foja: 1 FOJA: 30 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 7 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-14119-2023 CARATULADO : BANCO DE CHILE/OLAVARRIETA Santiago, treinta de septiembre de dos mil veinticuatro VISTOS A folio 1, comparece CAMILA PAZ HINOJOSA LEPE, CAROLINA BEATRIZ CISTERNAS ELTIT, GASPAR CORTES MOYA y MACARENA FLORES JARA abogados, mandatarios judiciales de Socofi
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