12º Juzgado Civil de Santiago

CORTÉS/

Rol

V-209-2023

Fecha

30 de septiembre de 2024

Materia

REGISTRO CIVIL, RECTIFICACIÓN PARTIDAS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: En el folio 1, compareció JAVIER ALEJANDRO CORTÉS ROBLES, casado, empleado, domiciliado en Doctor Sótero del Río 290 casa 49, La Florida; y solicitó autorización para cambiar su nombre, quedando, en definitiva, como: “Javier Alejandro Guaita Robles”. Fundando su solicitud, señaló que, desde hace más de 5 años a la fecha, ha sido conocido con el nombre de “Javier Alejandro Guaita Robles”. Explicó que, la razón de solicitar el cambio de su partida de nacimiento se debe a que, cuando su padre nació, lo reconoció un hombre que no era su verdadero padre y él siempre ha querido tener el apellido de su padre biológico, por lo que, siempre se ha hecho llamar con ese apellido, siendo conocido entre sus amistades, compañeros y parientes como “Javier Alejandro Guaita Robles”. Agregó que, a mayor abundamiento, tanto su línea de parentesco materna como paterna y sus amistades lo conocen como: “Javier Alejandro Guaita Robles”. Expuso que, debido a lo anteriormente señalado resulta indispensable que se rectifique su partida de nacimiento, a fin de evitar las naturales Código: LQYWXQHFFUE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl confusiones que se producen debido a que, en todas sus actividades, tanto familiares como sociales, es conocido como “Javier Alejandro Guaita Robles”. Concluyó solicitando, de acuerdo con lo expuesto y dispuesto en las normas legales que cita, que se ordene que se rectifique la partida de nacimiento N°382 del registro E del año 1966 de la circunscripción de Copiapó, que acompaña, en el sentido que se rectifique su nombre, quedando, en consecuencia, como: “Javier Alejandro Guaita Robles”. En el folio 21, se trajeron los autos para fallo.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, JAVIER ALEJANDRO CORTÉS ROBLES solicitó autorización para cambiar su nombre, quedando, en definitiva, como: “Javier Alejandro Guaita Robles”. SEGUNDO: Que, el solicitante allegó, para argumentar su solicitud, su certificado de nacimiento. TERCERO: Que, en el folio 9 el Servicio de Registro Civil e Identificación incorporó un informe, consignando los datos del solicitante y de su matrimonio, y, acompañando extracto de filiación, sin antecedentes ni anotaciones. CUARTO: Que, en el folio 11 rola la información sumaria de dos testigos, quienes fueron contestes en declarar que, conocen al solicitante hace muchos años, y explican que él siempre ha querido tener el apellido de su padre biológico “Guaita”. Código: LQYWXQHFFUE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl QUINTO: Que, en el folio 14 se incorporó la publicación legal, sin que se haya verificado oposición dentro del término legal, según consta en el certificado agregado en el folio 18. SEXTO: Que, del mérito de autos, se ha acreditado que JAVIER ALEJANDRO CORTÉS ROBLES, mayor de edad, ha sido conocido y desea llevar el apellido “Guaita”, por lo que, esta jueza estima procedente acceder a la autorización de cambio de nombre solicitado, rectificando la respectiva partida de nacimiento, como se dirá en lo resolutivo del fallo. A su vez, se ordenará la rectificación de la partida de matrimonio del solicitante, de acuerdo con lo peticionado y lo establecido en el inciso 3° del artículo 4° de la Ley 17.344. Y, vistos, además, lo dispuesto en los artículos 1° inciso 2°, letra a) y b), y artículos 3° y 4° de la Ley 17.344, sobre autorización de cambio de nombre; artículos 17 y 18 de la Ley N°4.808 sobre Registro Civil; 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil,

Fallo

se declara: I. Que, ha lugar a lo solicitado, autorizándose el cambio de nombre de JAVIER ALEJANDRO CORTÉS ROBLES, RUN 9.467.356-9, debiendo el Servicio de Registro Civil e Identificación rectificar la partida de nacimiento inscripción Nº382, registro E, año 1966, circunscripción Copiapó, quedando inscrito, en definitiva, como JAVIER ALEJANDRO GUAITA ROBLES, mismo RUN. II. Que, se ordena al Servicio de Registro Civil e Identificación rectificar la partida de matrimonio de JAVIER ALEJANDRO CORTÉS ROBLES, RUN 9.467.356-9, inscripción Nº40, registro I, del año 2005, de la Código: LQYWXQHFFUE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl circunscripción de Copiapó, quedando el nombre del marido, en definitiva, como, JAVIER ALEJANDRO GUAITA ROBLES, mismo RUN. Notifíquese, anótese, regístrese e inscríbase, obteniéndose copia impresa por el interesado directamente desde el sitio de la Oficina Judicial Virtual. Archívese en su oportunidad. Rol V-209-2023.- DICTADA POR ALEJANDRA CAROLINA PIZARRO RIQUELME, JUEZA SUPLENTE. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, treinta de septiembre de dos mil veinticuatro Código: LQYWXQHFFUE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-09-30T09:52:50-0300

Texto Completo (Preview)

FOJA: 22 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 12 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-209-2023 CARATULADO : CORT S/É Santiago, treinta de septiembre de dos mil veinticuatro VISTOS: En el folio 1, compareció JAVIER ALEJANDRO CORTÉS ROBLES, casado, empleado, domiciliado en Doctor Sótero del Río 290 casa 49, La Florida; y solicitó autorización para cambiar su nombre, quedando, en defin

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