1º Juzgado Civil de Temuco

BAEZA/BUSTAMANTE

Rol

C-5887-2023

Fecha

26 de septiembre de 2024

Materia

ARRENDAMIENTO,COBRO RENTA BS.RAICES URBANOS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: A folio 1, con fecha 15 de enero de 2020, se presenta do añ PATRICIA BEL N BAEZA FUENTES, chilena, trabajadora dependiente, soltera, c dula deÉ é identidad nacional N°16.316.922-3, domiciliada en Cornelio Saavedra 0875, sector Pueblo Nuevo, comuna y ciudad de Temuco, interponiendo demanda de cobro de pesos por concepto de rentas de arrendamiento insolutas en juicio sumario establecido en el Titulo XI, libro III del c digo de Procedimiento Civil, en contraó de don MARIO HERN N BUSTAMANTE ROSALES, chileno, trabajadorÁ dependiente, c dula de identidad N° 11.531.552-8, domiciliado en Los Avellanosé 115, comuna de Padre Las Casas, en atenci n a los siguientes antecedentes deó hecho y de derecho. En cuanto a los hechos, con fecha 19 de marzo de 2021 firm ante notarioó un contrato de arrendamiento con don MARIO HERN N BUSTAMANTEÁ ROSALES, respecto del inmueble ubicado en Pasaje Valle Negro N°3139, Parque Costanera 2 de la ciudad y comuna de Temuco, celebrado en la Cuarta Notar a deí Temuco de do a Elena Leyton Carvajal y el cual se acompa a en un otros deñ ñ í este libelo. Conforme a lo establecido en la cl usula cuarta del instrumento, elá contrato comenz a regir el d a 19 de marzo del 2021 y tendr a una duraci n deó í í ó 1 a o, o sea, hasta el d a 19 de marzo de 2022, plazo que era renovableñ í autom ticamente por igual periodo, siempre y cuando ninguna de las partes dijeraá lo contrario con una anticipaci n a 60 d as. Con fecha 25 de abril envi una cartaó í ó certificada al demandado avisando del t rmino contrato debido al no pago de laé renta del mes de diciembre del a o 2022 a esa fecha, indic ndose en dicha cartañ á que el contrato terminaba con fecha 10 de febrero de 2023. El aviso del t rminoé de contrato de arriendo, al parecer, no fue tomado con la seriedad correspondiente por el demandado de autos, toda vez que hasta el d a de hoy se mantiene haciendoí uso del inmueble sin nimo de querer desalojar. Producto de lo anterior es que seá ve prorrogado el co

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que do añ PATRICIA BEL N BAEZA FUENTES, deduceÉ demanda de cobro de pesos por concepto de rentas de arrendamiento insolutas, en juicio sumario, establecido en el Titulo XI, libro III del c digo de Procedimientoó Civil, en contra de don MARIO HERN N BUSTAMANTE ROSALES y previo losÁ Código: WBXPXQNZXSD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-5887-2023 tr mites de rigor pide al Tribunal, se declare: -Que el demandado debe pagar lasá siguientes sumas de dinero: -La suma de $1.087.335 (un mill n ochenta y siete miló trecientos treinta y cinco pesos), por concepto de rentas de arrendamiento. La– suma de 66.500( sesenta y seis mil quinientos pesos) por concepto de servicios b sicos. Que adeuda la suma de $8.263.810 (ocho millones doscientos sesenta y tresá mil ochocientos diez pesos) por la p rdida del beneficio de mejoramiento deé vivienda. -La suma de $296.000 por reparaciones imputables a su persona respecto de muebles de menaje y techumbre deterioradas. -La suma de $1.767.590 (un mill n setecientos sesenta y siete mil quinientos noventa pesos) correspondiente aó las rentas de los 5 meses restantes del periodo que fue pactado en la cl usulaá cuarta del contrato de arrendamiento. -La suma de 5.000.000 (cinco millones de pesos) por concepto de indemnizaci n de perjuicios seg n las normas se aladasó ú ñ respecto al incumplimiento del contrato de arrendamiento y Que debe pagar las– costas de la causa. Segundo: Que, la parte demandada contest la demanda, solicita su rechazo,ó por las razones de hecho y derecho latamente rese adas em la parte expositiva deñ este fallo. Tercero: Que, conforme a las normas que regulan el peso de la prueba, corresponde a la demandante acreditar la existencia y condiciones del contrato de arrendamiento, que sirve de base a su demanda; y, en su caso, a la parte demandada encontrarse al d a en los pagos convenidos en dicho contrato.í Cuarto: Que, de la examinaci n de los escritos fundamentales que contienenó la demanda y contestaci n, es posible establecer los siguientes hechos pac ficos entreó í las partes: 1. La efectividad de haberse suscrito un contrato de arrendamiento entre las partes con fecha 19 de marzo de 2021, que tenia como objeto el inmueble ubicado en pasaje Valle Negro N°3139, por el cual deb aí pagarse una renta de $300.000.- el cual comenz a regir el mismo 19ó de marzo de 2021 y se pact que terminar a el 19 de marzo deó í 2022. 2. Que para el caso de prorrogarse el contrato, la renta se reajustar aí conforme a la variaci n del IPC. ó 3. Que, las rentas de septiembre de 2023 en adelante no se han pagado. Código: WBXPXQNZXSD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-5887-2023 4. Que, efectivamente los arrendatarios realizaron un cierre perimetral en la propiedad. Quinto: Que, los dem s aspectos se encuentran controvertidos,á correspondiendo en este caso, acredita

Fallo

POR TANTO, en virtud de lo expuesto en la parte de los hechos y las normas citadas; solicita tener por interpuesta demanda en juicio sumario por cobro de rentas de arrendamiento y restituci n, declarando que la arrendatario me adeuda la suma de $1.087.335 (unó mill n ochenta y siete mil trecientos treinta y cinco pesos ) por concepto de rentasó de arrendamiento y la sima de 66.500( sesenta y seis mil quinientos pesos) por concepto de servicios b sicos, $8.263.810 (ocho millones doscientos sesenta y tresá mil ochocientos diez pesos) por la p rdida del beneficio de mejoramiento deé vivienda, $296.000 por reparaciones imputables a su persona respecto de muebles de menaje y techumbre deterioradas, $1.767.590 (un mill n setecientos sesenta yó siete mil quinientos noventa pesos) correspondiente a las rentas correspondientes a los 5 meses restantes del periodo que fue pactado en la cl usula cuarta del contratoá de arrendamiento, mas 5.000.000 (cinco millones de pesos) por concepto de indemnizaci n de perjuicios seg n las normas se aladas respecto al incumplimientoó ú ñ del contrato de arrendamiento, condenando a la contraria al pago cabal de los montos adeudados o lo que SS., estime pertinente, con expresa condena en costas. Código: WBXPXQNZXSD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-5887-2023 En folio 23, el 28.12.2023, se realiza audiencia en ella, la actora ratific su libelo y solicita se acceda a sta en todas sus p

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Temuco CAUSA ROL : C-5887-2023 CARATULADO : BAEZA/BUSTAMANTE Temuco, veintis is de septiembre de dos mil veinticuatroé VISTOS: A folio 1, con fecha 15 de enero de 2020, se presenta do añ PATRICIA BEL N BAEZA FUENTES, chilena, trabajadora dependiente, soltera, c dula deÉ é identidad nacional N°16.316.922-3, domiciliada en Cornelio Saaved

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