2º Juzgado de Letras de Los Angeles

ZÚÑIGA/

Rol

V-82-2024

Fecha

30 de septiembre de 2024

Materia

OTROS VOLUNTARIOS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: Que, en folio 1, con fecha 16 de abril de 2024, se presenta doña MARÍA ALICIA ZÚÑIGA BEROIZA, chilena, casada, dueña de casa, domiciliada en Parcela Santa Elena N° 98, Sector Los Boldos, comuna de Los Ángeles y expone: Que, solicita se declare la ausencia por desaparición forzada de su padre, don JOSÉ RAFAEL ZÚÑIGA ACELDINI, chileno, viudo, obrero agrícola, nacido el 20 de junio de 1924, cédula nacional de identidad N.º 2.995.097-0. Funda su solicitud en que, una vez producido el Golpe Militar, en las localidades de Santa Bárbara y Quilaco se realizaron varias detenciones por patrullas formadas por civiles y carabineros en las que, las personas detenidas, fueron hechas desaparecer, agregando que los familiares de los detenidos recorrieron diferentes recintos donde podrían haber sido llevados los mismos sin tener resultados, ya que en dichos recintos les era negada su presencia. Al momento de su detención, su padre contaba con 49 años. Indica, que la referida detención se produjo cuando su padre, el hermano de éste y otra persona más, se presentaron voluntariamente en la unidad policial de Santa Bárbara, refiriendo que a su familia se les informó que éstos fueron llevados al Regimiento de Los Ángeles, sin embargo, su madre, Jova del Carmen Beroíza Faúndez, concurrió a ese lugar y a las comisarías de Los Ángeles, sin obtener respuesta. Añade, que su familia realizó numerosas diligencias y averiguaciones con el fin de dar con su paradero, pero todas ellas resultaron infructuosas. Señala, que la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación, creada por Decreto Supremo N.º 355 del año 1990, determinó en su respectivo informe, la calidad de víctima de violaciones de derechos humanos de su padre, don José Rafael Zúñiga Aceldini. Así, la página 355 del Tomo 1 del Informe de la citada Código: XJXQXQZSJUE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Comisión, se refiere a las circunstancias y al día de su deten

Fundamentos

considerandos décimo tercero y décimo cuarto, donde se establecen los hechos punibles y su calificación, los cuales cita. Agrega que, conociendo de los recursos entablados por las partes, la Corte de Apelaciones de Concepción dictó sentencia el 13 de junio de 2019, en causa rol de ingreso N°182-2014, refiriéndose a los hechos de la causa, en el considerando 8°, numeral V.- Cita luego, la sentencia dictada por la Excma. Corte Código: XJXQXQZSJUE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Suprema, en causa rol de ingreso N° 24143-2019, de fecha 19 de octubre de 2022. Concluye señalando que los hechos antes descritos, configuran la hipótesis que el artículo 1° de la Ley 20.377 prescribe como desaparición forzada, por cuanto su padre don José Rafael Zúñiga Aceldini, fue detenido y hecho desparecer, sin tener a la fecha, noticias acerca de su destino, agregando que para los efectos de los artículos 2° y 3° de la Ley 20.377, es decir, para efectos de reclamar para su legitimidad activa, es hija de José Rafael Zúñiga Aceldini.

Fallo

En mérito de lo expuesto y demás normas legales que cita, pide admitir a tramitación la presente solicitud, para que, en definitiva, se acoja, declarando la Ausencia por Desaparición Forzada de su padre don José Rafael Zúñiga Aceldini, cédula nacional de identidad N° 2.995.097-0, y, una vez ejecutoriada la sentencia, se proceda a transferir sus bienes de conformidad con lo establecido en el artículo 9° y siguientes de la Ley N.º 20.377. En folio 1, se acompañó certificado de nacimiento de doña María Alicia Zúñiga Beroíza, certificado de nacimiento y certificado de calidad de víctima de violación a los derechos humanos de don José Rafael Zuñiga Aceldini, emitido por la Subsecretaria de derechos Humanos, del Ministerio de Justicia; Copia simple del Informe de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación Tomo I. pág. 355; copia de sentencia de primera instancia ROL N°372, dictada por el Ministro en Visita Extraordinaria don Carlos Aldana F; copia de sentencia de segunda instancia Rol de ingreso N°182-2014, de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Concepción; copia de sentencia dictada por la Excelentísima Corte Suprema, en causa Rol de ingreso N° 24143-2019. En folio 11, con fecha 09 de julio de 2024, se acompañó publicación en diario el Mercurio, de fecha 02 de julio de 2024 y en folio 16, con fecha 21 de agosto de 2024, consta certificación en cuanto no existir oposición a la presente solicitud. En folio 18, con fecha 27 de agosto de 2024, ingresaron los autos para fall

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Los Angelesº CAUSA ROL : V-82-2024 CARATULADO : Z IGA/ÚÑ Los Angeles, treinta de septiembre de dos mil veinticuatro VISTO: Que, en folio 1, con fecha 16 de abril de 2024, se presenta doña MARÍA ALICIA ZÚÑIGA BEROIZA, chilena, casada, dueña de casa, domiciliada en Parcela Santa Elena N° 98, Sector Los Boldos, comuna de Los Ángeles y e

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