2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

CASTRO CON GUARDIA

Rol

M-2928-2021

Fecha

7 de octubre de 2024

Materia

Despido injustificado, Nulidad del despido, Prestaciones, Recargos

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos no controvertidos: 1. Existencia de relación laboral desde el 1 de abril de 2018. 2. Funciones de trabajadora de casa particular. Hechos a probar: 1. Si se encuentran prescritas las acciones presentadas por la demandante 2. Termino de la relación laboral y si se cumplieron los requisitos legales 3. Causal de despido conforme a la comunicación de termino 4. Remuneración que percibía la demandante conforme al artículo 172. 5. Si al momento de efectuarse el despido se concentraban pagadas las cotizaciones previsionales a partir de abril de 2021. 6. Efectividad de adeudarse feriado legal, monto. PRUEBA DE LA DEMANDADA QUINTO: Que la parte demandada acompañó la siguiente prueba: Documental: 1. Contrato de trabajo de fecha 1 de abril de 2018 de la trabajadora Pamela Soledad Castro Rosas. 2. Cartas de aviso de término de contrato de trabajo de fechas 6 y 9 de julio de 2021. 3. Acta de comparendo de conciliación de la Dirección del Trabajo de fecha 25 de agosto de 2021. 4. Certificado de Cotizaciones Previsionales de la trabajadora Pamela Soledad Castro Rosas de los periodos de abril de 2018 a noviembre de 2020. 5. Certificado de Cotizaciones Previsionales de la trabajadora Pamela Soledad Castro Rosas de los periodos de enero de 2021 a julio de 2021. 6. Licencia médica otorgada a Pamela Soledad Castro Rosas con fecha 14 de mayo de 2020. 7. Licencia médica otorgada a Pamela Soledad Castro Rosas con fecha 29 de mayo de 2020. 8. Licencia médica otorgada a Pamela Soledad Castro Rosas con fecha 1 de julio de 2020. 9. Licencia médica otorgada a Pamela Soledad Castro Rosas con fecha 29 de julio de 2020. 10.Licencia médica otorgada a Pamela Soledad Castro Rosas con fecha 26 de agosto de 2020. 11.Licencia médica otorgada a Pamela Soledad Castro Rosas con fecha 28 de septiembre de 2020. 12.Licencia médica otorgada a Pamela Soledad Castro Rosas con fecha 28 de octubre de 2020. 13. Licencia médica otorgada a Pamela Soledad Castro Rosas con fecha 11 de noviembre de 2020. 14.Lice

Fundamentos

considerando 7mo. del

Fallo

fallo 31.925-2022 de la Corte Suprema de fecha 4 de julio de 2023 de unificación de sentencia dictado el …Séptimo: Que la prescripción, en cuanto modo de extinguir las obligaciones y acciones, tiene como fundamento dogmático, según la doctrina, propender a la estabilidad de situaciones existentes, a fin de mantener el orden y tranquilidad social, erigiéndose como un obstáculo a dicha finalidad que los derechos de las partes se mantengan en la incertidumbre; afianzar definitivamente una situación de hecho que se ha manifestado pública y pacíficamente, por un largo espacio de tiempo, con el sello de la legalidad; evitar litigios acerca de hechos o situaciones que escapan a toda comprobación, pues, de lo contrario, los deudores tendrían que conservar las pruebas de la extinción de las obligaciones asumidas durante un largo tiempo, que puede tornarse indefinido; la presunción de pago o de satisfacción de la respectiva obligación que se genera a partir de la conducta asumida por el acreedor y que consiste, precisamente, en no ejercer la acción judicial respectiva ante los tribunales para obtener su satisfacción forzada; la presunción de abandono del derecho a la prestación debida de parte del acreedor; sancionar al acreedor por su negligencia en el ejercicio de los derechos consagrados en las leyes, por no iniciar a tiempo las acciones judiciales tendientes a su reconocimiento, esto es, por su inactividad prolongada y culpable. (Fueyo Laneri, Fernando, Derecho Civil. De las obliga

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Santiago, siete de octubre de dos mil veinticuatro. VISTOS, OIDOS Y TENIENDO PRESENTE: Que en causa M-2928-2021, PAMELA SOLEDAD CASTRO ROSAS, trabajadora de casa particular, cédula de identidad Nº 10.239.034-2, interpone demanda en procedimiento de aplicación general, por despido indebido, nulidad del despido y cobro de prestaciones, en contra de María Fernanda Guardia Cabrera, cédula de identidad

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