VIVAS/
Rol
V-165-2022
Fecha
24 de septiembre de 2024
Materia
VEHÍCULOS MOTORIZADOS, INSCRIPCIONES EN REGISTRO
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 22 de septiembre de 2022, se presenta MARITZA RAQUEL VIVAS FLORES, dueña de Casa, domiciliada en Sitio 31, Pangue Arriba, comuna de San Rafael, quien solicita la inscripción judicial de una motocicleta marca Lifan modelo Expresd-150. Refiere, que es dueña y poseedora material de la Motocicleta Marca LIFAN, modelo EXPRESD-150, placa patente número: KXX069, año de fabricación 2016, color rojo, numero de chasis: LF3PCKD06GA0000439. Indica, que en cuanto a la motocicleta Marca LIFAN, modelo EXPRESD-150, con fecha 28 de Julio de 2020, se realizó la solicitud de primera inscripción en la Oficina del Servicio de Registro Civil e identificación de San Rafael. Agrega, que en dicha solicitud, queda de manifiesto que es la adquirente de dicho vehículo, a la vez de ser la solicitante y quien realizó los pagos correspondientes a dicha solicitud de inscripción. Que, sin perjuicio de lo anterior, el Servicio de Registro Civil e Identificación, negó la inscripción de la motocicleta, debido a que el papel que le entregaron en el remate de dicha motocicleta, era de una empresa que estaba en quiebra, por lo tanto, no le entregaron la factura, sino que solo una guía de despacho. Lo anterior, se puede apreciar (SIC) en el documento que acompaña, acreditando el rechazo y la comunicación del mismo, razón por la cual acude a este tribunal a solicitar dicha inscripción judicial. Indica, que este vehículo tiene su documentación al día, en el sentido de que se encuentra debidamente pagado su permiso de circulación, la prima de seguro de la moto está pagada, al día y con vencimiento de fecha 2023. Y por último, su revisión técnica se encuentra aprobada y validada hasta 2023. Relata, que en razón de lo expuesto anteriormente, es que se concluye (SIC) que este vehículo cuenta con todos los antecedentes y documentación necesaria para que proceda su inscripción por vía judicial. Solicita acceder a lo solicitado, ordenando al Servicio de Registro Civil e Identificación realiza
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, son hechos establecidos en el presente acto judicial no contencioso los siguientes: Código: VLUXXQTXCXC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 1.-) Que, con fecha 28 de Julio de 2020, se realizó la solicitud de primera inscripción en la Oficina del Servicio de Registro Civil e identificación de San Rafael. 2.- Que, conforme a lo datos allegados en Certificado de Rechazo – Producción H2H - emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación de San Rafael, esta solicitud fue rechazada con fecha 17 de agosto de 2020. SEGUNDO: Que, el interesado impetra - en síntesis - que se disponga ordenar al Servicio de Registro Civil e Identificación realizar las inscripciones y subinscripciones de la motocicleta individualizada en la solicitud de folio 1. TERCERO:Que, en lo que respecta a la inscripción solicitada propiamente tal, los elementos de convicción allegados al proceso, y en especial, a los informes que perentoriamente exige el artículo 49 de la Ley de Tránsito para estos efectos, permiten inferir con meridiana claridad que la motocicleta de que se trata, no presenta alteración alguna en sus datos de identificación, siendo los mismos originales de fábrica como, asimismo, no registra encargo policial de ninguna naturaleza, en razón o con ocasión (por) o (de) haber participado en algún hecho que reviste caracteres de delito. CUARTO: Que, en las condiciones descritas, no corresponde si no accede a lo solicitado, en los términos que se dirá en la parte resolutiva de este fallo. Por las anteriores consideraciones, normas legales citadas y lo dispuesto, además, 20, 47 y 582 del Código Civil, 49 y 53, inciso 4° N° 4 de la Ley N° 18.290, artículo 10 del Decreto N° 1111 que aprueba el Reglamento del Registro de Vehículos Motorizados, y artículos 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil,
Fallo
se decide: - Que HA LUGAR a lo solicitado a folio 1, consecuencialmente, se ordena al señor Oficial del Servicio de Registro Civil e Identificación, circunscripción San Rafeal, inscribir a nombre de don MARITZA RAQUEL VIVAS FLORES, cédula nacional de identidad N°9.031.397-5, la Motocicleta Marca LIFAN, modelo EXPRESD-150, placa patente N°KXX069, año de fabricación 2016, color rojo, numero de chasis: LF3PCKD06GA0000439. Regístrese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. Rol N°165-2022.-. DICTADO POR DOÑA NATALIA ROJAS BRAVO, JUEZ LETRADO SUBROGANTE. AUTORIZA DOÑA GRACIELA CUBILLOS GUERRERO, SECRETARIA SUBROGANTE. En Talca, a veinticuatro de septiembre de dos mil veinticuatro, notifique por el estado diario la resolución que antecede.- Código: VLUXXQTXCXC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-09-24T15:51:34-0300
Texto Completo (Preview)
FOJA: 41 .- cuarentay uno.- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3º Juzgado de Letras de Talca CAUSA ROL : V-165-2022 CARATULADO : VIVAS/ Talca, veinticuatro de septiembre de dos mil veinticuatro. VISTOS: Con fecha 22 de septiembre de 2022, se presenta MARITZA RAQUEL VIVAS FLORES, dueña de Casa, domiciliada en Sitio 31, Pangue Arriba, comuna de San Rafael, quien solicita la inscripción judic
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