BANCO DE CHILE/HIDALGO
Rol
C-9549-2024
Fecha
24 de septiembre de 2024
Materia
ARRENDAMIENTO, ART. 607 CPC
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 28 de mayo de 2024, por presentaci n realizada a trav só é de la oficina judicial virtual, comparecen do a CATALINA PIZARROñ ROBINSON y do a DANIELA RUBILAR URRUTIA, abogados,ñ mandatarios judiciales de Socofin S.A., persona jur dica del giro cobranza aí terceros, representada por su gerente general don Mario Sandoval Hidalgo, ingeniero comercial, representante convencional del Banco de Chile, sociedad an nima bancaria, del giro de su denominaci n, representada a suó ó vez por su gerente general don Eduardo Ebensperger Orrego, ingeniero comercial, todos domiciliados para estos efectos en calle Bandera n 577, 2° ° Piso, comuna de Santiago, quienes deducen demanda de terminaci n deó contrato de arrendamiento por no pago de rentas, restituci n del bienó arrendado e indemnizaci n de perjuicios ó en contra de COMERCIAL ENVASES Y EMBALAJES SPA. ignoran giro comercial, representada por don Adolfo Adilio Hidalgo Salinas, factor de comercio, y por don Gustavo Adolfo Segundo Hidalgo Beltran, factor de comercio, ignoran profesi n uó oficio, todos con domicilio en Las Bellotas n 199, departamento 62,° comuna de Providencia. Fundan su demanda en que por escritura p blica de fecha 26 deú mayo de 2023, en la Notar a de don Juan Francisco Alamos Ovejero, deí Santiago, las partes celebraron un contrato de arrendamiento con opci n deó compra, en virtud del cual su representada dio en arriendo a la demandada un cami n marca Sinotruk modelo Homan Seiscientos Doce.L XL, a oó ñ 2023, nuevo y sin uso, que tendr a una duraci n hasta el 26 de junio deí ó 2026 y que el precio del arrendamiento ser a pagado de la siguienteí manera: a) Una renta equivalente a $1.260.504.-, que se pag en dicho actoó y a entera satisfacci n del arrendador; b) 36 rentas de arrendamiento,ó iguales, mensuales y sucesivas equivalentes a $564.146.-, m s Impuesto alá Valor Agregado, Dichas rentas ser an pagadas a contar del 26 de junio deí 2023. Indican que partes pactaron que el arrendatario incum
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en estos autos Banco de Chile, debidamente representado, deduce demanda de terminaci n de contrato deó arrendamiento por no pago de rentas, restituci n del bien arrendado eó indemnizaci n de perjuicios ó en contra de COMERCIAL ENVASES Y EMBALAJES SPA, representada por don Adolfo Adilio Hidalgo Salinas y por don Gustavo Adolfo Segundo Hidalgo Beltran, en calidad de deudora principal, y en contra de Adolfo Adilio Hidalgo Salinas, en su calidad de fiador y codeudor solidario, todos ya individualizados, fundado en haber incurrido los demandados en mora en el pago de las rentas de arriendo pactadas desde diciembre de 2023, de acuerdo a los argumentos rese adosñ en la parte expositiva de esta sentencia. SEGUNDO: Que, pese a haberse notificado y emplazado legalmente a los demandados, estos no contestaron la demanda, sigui ndose el procesoé en su rebeld a.í TERCERO: Que la rebeld a de los demandados constituye aquelloí que la doctrina denomina contestaci n ficta , esto es, que el silencio“ ó ” procesal de la parte demandada, debe interpretarse como una negaci n deó todos y cada uno de los hechos en los cuales la actora ha fundado su pretensi n, de modo que corresponder tenerlos por controvertidos.ó á CUARTO: Que, seg n fluye de los art culos 1915 y 1942 del C digoú í ó Civil el arrendamiento es un contrato bilateral por medio del cual una de las partes, el arrendador, concede el goce de una cosa y la otra, el arrendatario, se obliga a pagar, a cambio, un precio o renta determinada, siendo esta ltima la principal obligaci n que contrae. ú ó QUINTO: Que, atendida la naturaleza de la acci n deducida,ó corresponde al actor probar la existencia del contrato y de las obligaciones contra das por los demandados en cuyo incumplimiento funda la acci n, yí ó es de cargo de estos ltimos probar que las han cumplido.ú Código: SZSKXQVFCNC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-9549-2024 Foja: 1 SEXTO: Que, en orden a acreditar lo correspondiente, el demandante acompa como medios de prueba, los siguientes documentos:ñó a) Copias autorizadas del contrato de arrendamiento celebrado entre Banco de Chile y la parte demandada, b) Acta de Recepci n del bien; c) Copiaó legalizada de la Factura, donde consta la compraventa del bien dado en arriendo; y d) Certificado de anotaciones vigente del veh culo dado ení arriendo, placa patente nica SWZK.73-4.-ú SEPTIMO: Que, con el m rito de los documentos acompa ados ené ñ la causa, en particular el documento denominado contrato de“ arrendamiento con opci n de compra se tiene por acreditada la existenciaó ” del contrato de arrendamiento celebrado con fecha 26 de mayo de 2023, por el cual el Banco de Chile dio en arriendo a COMERCIAL ENVASES Y EMBALAJES SPA., representada por don Adolfo Adilio Hidalgo Salinas y don Gustavo Adolfo Segundo Hidalgo Beltran, el bien indicado en la cl usula primera del contrato consistentes en: Un cami n marca Sinotru
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los art culos 1437, 1444,í 1514, 1538, 1544, 1545, 1552, 1698, 1706 y 1915, 2335 y dem sá pertinentes del C digo Civil, 144, 160, 170, todos del C digo deó ó Procedimiento Civil se resuelve: I.- Que se acoge parcialmente la demanda interpuesta con fecha 28 de mayo de 2024, declar ndose terminado el contrato de arrendamientoá celebrado entre las partes mediante instrumento privado el 26 de mayo de 2023, por no pago de rentas; debiendo los demandados restituir al actor el bien mueble objeto del contrato, signado en la cl usula primera del contratoá de arrendamiento con opci n de compra primitivo, ó dentro de tercero d aí desde que la presente sentencia cause ejecutoria; II.- Que se condena a los demandados al pago de las rentas adeudadas desde el 26 de diciembre de 2023 y hasta la poca deé interposici n de la demanda, donde se hab a devengado la cuota conó í vencimiento el 26 de mayo de 2023, equivalente a la suma de $3.384.876.- m s IVA, á y a aquellas rentas que se devenguen durante la tramitaci n deló juicio y hasta la restituci n efectiva del bien mueble dado en arriendo,ó tomando como base el precio de renta mensual equivalente a $564.146.- m s el correspondiente IVA, sumas que ser n determinadas en la etapa deá á cumplimiento de la sentencia mediante liquidaci n que practicar laó á Secretaria del Tribunal en dicha oportunidad; III.- Que a las sumas se aladas, se deber agregar el cobro deñ á intereses moratorios, de acuerdo a lo
Texto Completo (Preview)
C-9549-2024 Foja: 1 FOJA: 16 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 17 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-9549-2024 CARATULADO : BANCO DE CHILE/HIDALGO Santiago, veinticuatro de septiembre de dos mil veinticuatro VISTOS: Con fecha 28 de mayo de 2024, por presentaci n realizada a trav só é de la oficina judicial virtual, comparecen do a CATALINA PIZARROñ ROBINSON y do a DANIELA RUBIL
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