28º Juzgado Civil de Santiago

INVERSIONES GEOCASA SA/CESFAM CR. CARLOS GODOY

Rol

C-7180-2024

Fecha

24 de septiembre de 2024

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: EN CUANTO A LA DEMANDA PRINCIPAL PRIMERO: Que a folio 1 comparece don Guillermo Andres Marin ValdES, abogado, en representación, de Inversiones Geocasa S.A., interponiendo demanda de declaración de prescripción extintiva en contra de la Ilustre Municipalidad De Maipu, solicitando se declare la prescripción extintiva de los derechos de aseo que adeuda, cuyas fechas de vencimiento están entre el día 30 de Abril del año 2001 bajo el folio N° 2070168 y el 30 de Noviembre del año 2018 bajo el folio N° 11108790 y cuyo monto asciende a $2.440.947.- por encontrarse prescritas las acciones para su cobro. Funda su demanda en que el demandante principal adquirió por compra en remate que le hizo a don Marco Antonio Rojas Aranda, según escritura de fecha 01 de Diciembre de 2023, otorgada en la notaría de Santiago de don Wladimir Scramm López, la propiedad ubicada en Pasaje Cerro Largo número dos mil trescientos cuarenta, que corresponde al sitio número veinticinco de la manzana D, del Conjunto Habitacional Pehuén Dos, Comuna de Maipú, Región Metropolitana, que deslinda: NORTE, con Pasaje Cerro Largo; SUR, con sitio número cuarenta y dos de la misma manzana; ORIENTE, con sitio número veinticuatro de la misma manzana; PONIENTE, con sitio número veintiséis de la misma manzana.- Rol de avalúo número 7890-18, Comuna de Maipú. Una vez adquirido el referido inmueble, la demandante concurrió a la Dirección de Aseo y Ornato de la Municipalidad de Maipú para efectos de regularizar la deuda de derechos de aseo que mantenía el bien raíz subastado, a lo cual se le indicó en dicha repartición que debía cancelar todas y cada una de las cuotas adeudadas a partir de la cuota con vencimiento el día 30 de Abril del año 2001 bajo el folio N° 2070168, tal como se indica en certificado de deuda de derechos de aseo otorgado por la Municipalidad de Maipú. Así refiere, en cuanto al derecho, lo dispuesto en inciso 1° del art. 7° del Decreto Ley N° 3.063 sobre rentas municipales, y en los art. 2.492 y 2.515 del Código Civil, y sostiene que así lo ha razonado con anterioridad la Corte Suprema en los fallos dictados en los autos Roles N°13.173-2015, N°44.978- 2016, N°24.635-2018, N° 3.649-2019 y N° 20291- 19, concluyendo que, a la prescripción de la acción de cobro de derechos de aseo corresponde aplicar el artículo 2.515 del Código Civil y no el artículo 2.521 del mismo cuerpo legal (Corte Suprema, Tercera Sala, 21 de agosto de 2019, Rol 12176-2019). Además señala que la Contraloría General de la República ha sido categórica al afirmar: Código: KGSWXQXYXEL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-7180-2024 Foja: 1 “…En consecuencia, mientras no se haya concedido a los contribuyentes de que se trata, una rebaja o exención del pago por derechos de aseo domiciliario, estos se encuentran en la obligación de pagar las deudas que se hubieren devengado, con los reajustes e intereses que procedan en atención a lo di

Fallo

Por tanto, es una institución que busca certidumbre en las relaciones jurídicas de las personas, cuyos derechos no aparecen claramente definidos (…)” (Corte de Apelaciones de Antofagasta, 29 de Septiembre de 2004), solicitando se declare la prescripción extintiva de los derechos de aseo que adeuda la demandante principal, cuyas fechas de vencimiento comprenden el día 30 de Abril del año 2001 bajo el folio N° 2070168 y el 30 de Noviembre del año 2018 bajo el folio N° 11108790 y cuyo monto asciende a $2.440.947.- por encontrarse prescritas las acciones para su cobro. SEGUNDO: Que a folio 9, comparece el abogado Mauricio Estrada Hormazábal, en representación de la Municipalidad de Maipú, allanándose a la demanda principal, señalando que atendido un “informe de deuda de derechos de aseo”, emitido por la Dirección de Administración y Finanzas de la Municipalidad de Maipú, que señala lo adeudado por el actor, por el concepto referido, a la fecha de expedición del documento, conforme a lo previsto en el artículo 9° inc. 5° del Decreto Ley 3.063, de 1979, Ley de Rentas Municipales, el cual comprende los montos impagos de aseo domiciliario, del periodo comprendido entre el 30 de abril del año 2001 hasta el 30 de noviembre de Código: KGSWXQXYXEL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-7180-2024 Foja: 1 2018. El documento y su contenido no se desconocen ni se controvierten o impugnan por el actor, por lo que debe tenérsele

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C-7180-2024 Foja: 1 FOJA: 11 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 28 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-7180-2024 CARATULADO : INVERSIONES GEOCASA SA/CESFAM CR. CARLOS GODOY Santiago, diez de octubre de dos mil veinticuatro VISTOS, Que a folio 1 comparece don GUILLERMO ANDRES MARIN VALDES, abogado, en representación, de INVERSIONES GEOCASA S.A., Rol único Tributario número 76.105.

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