2º Juzgado de Letras de Linares

INMOBILIARIA CENTINELA S.A./RETAMAL

Rol

C-495-2023

Fecha

24 de septiembre de 2024

Materia

PRECARIO, INC. 2º ART. 2.195 C.C

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: 1.- A folio 1, comparece don JACOB SALEM HARCHA ABUSABAL, empresario, en representaci n de ó INMOBILIARIA CENTINELA LIMITADA, sociedad del giro de su denominaci n, ambos domiciliados para estos efectos enó Avenida Las Rastras N 1390, departamento N 302, condominio La Capilla, comuna° ° y ciudad de Talca, Regi n del Maule; quien deduce demanda de precario en juicioó sumario en contra de don SERGIO ANDR S RETAMAL MU OZÉ Ñ , ignora profesi n u oficio, domiciliado en sector Pehuenche, Hijuela Dos Oriente, Lote N 27,ó ° de la comuna de Colb n.ú Funda su demanda indicando que ante el Primer Juzgado de Letras de Linares, se interpuso, en contra del demandado, una solicitud de medida prejudicial preparatoria de exhibici n de documentos, a la que se le asign el Rol C-33-2023, aó ó fin de que exhibiesen todos los antecedentes escritos que tuviese en su poder el demandado y que sirviesen de t tulo para justificar dominio, uso y goce o meraí tenencia del inmueble de propiedad de su representada, en el sector El Pretil Código: DDBXXQQYTLC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Centinela, sector El Colorado, de la comuna San Clemente; adem s de todos losá antecedentes escritos que autorizasen al solicitado ocupar con animales y/o ganado y mantener corrales de animales en el sector ya individualizado; cuesti n que no seó llev a efecto, al no comparecer el demandado a la audiencia celebrada el 23 deó marzo de 2023, a las 09:00 horas, no obstante encontrarse personalmente notificado; raz n por la que el tribunal hizo efectivo el apercibimiento legal dispuesto en eló art culo 277 del C digo de Procedimiento Civil, mediante resoluci n de fecha 24 deí ó ó marzo de 2023. Afirma que su representada es due a del resto del predio denominado Parcelañ 14-B del proyecto de parcelaci n El Colorado de la comuna de San Clemente,ó provincia de Talca, Rol de Aval o Fiscal N 171-103, de San Clemente; inscrito aú ° fojas

Fundamentos

fundamentos de hecho y de derecho de la demanda, salvo lo reconocido, especialmente, lo referido al hecho de haberse realizado una denuncia de incendio de la cual fue v ctima su mandante.í Alega la improcedencia de la acci n de precario, justificada en que laó demandante no es propietaria del terreno que ocupa su representado, seg n losú argumentos vertidos a lo largo de la contestaci n. ó En subsidio, promueve la improcedencia de la acci n, basada en que no seó encuentra acreditado el dominio que la demandante alega tener, sino que figura del todo controvertido. Igualmente, en subsidio, esgrime que la demanda es vaga e imprecisa en la descripci n del Resto de la Parcela 14-B y del retazo de terreno que ocupa eló demandado, haciendo que la cosa a restituir sea m s vaga, ampliaá e imprecisa; presupuesto por el que estima la imposibilidad de acogerla, puesto que, en caso contrario, afecta o puede afectar los derechos de terceros no emplazados, como el Servicio Agr cola y Ganadero y Colb n S.A.í ú Finalmente, estima que la acci n no puede prosperar debido a que laó ocupaci n que realiza su representado data de m s de 15 a os, con actos concretos yó á ñ reconocidos por la propia demandante, como lo es la denuncia de incendio, realizados bajo la justificaci n de la mera tolerancia del Servicioó Agr cola y Ganaderoí y de Colb n S.A., mas no de la actora; los cuales, a su vez, no son parte del presenteú juicio ni han demandado a su mandante. Llamada a las partes a conciliaci n, esta no se produce.ó 3.- A folio 18, se recibi la causa a prueba, rindi ndose la que consta enó é autos. 4.- A folio 115, se cit a las partes a o r sentencia. ó í CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: EN CUANTO A LAS OBJECIONES DOCUMENTALES: PRIMERO: a) Que a folio 53 y 3 del cuaderno de objeci n de documentos,ó el demandado objet los documentos acompa ados por la parte demandante a folioó ñ 29 y signados con las letras i) y ii); impugnando al primero, denominado: “Plano Regional Intercomunal (PRI) del sector de los Petriles Centinela y El Colorado ( )… ” por falta de autenticidad y falta de integridad, justificadas en que el instrumento no constituye un plano, debido a que le faltan elementos esenciales como la escala, orientaci n, curvas de nivel, simbolog a, leyenda, coordenadas, n cleos de poblaci n,ó í ú ó construcciones, v as de comunicaci n, entre otros; adem s de no revestir deí ó á naturaleza de instrumento p blico u oficial, de la cual s est n investidos los planos deú í á un plan intercomunal, por lo que el documento no es m s que una ilustraci n de uná ó sector territorial, que no indica ni siquiera la fuente de la cual se extrae ni relaciona, Código: DDBXXQQYTLC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 ni del funcionario p blico que la emiti o de la normativa en la que se ampara,ú ó siendo simplemente muestra de una intervenci n unilateral e interesada de laó demandante; que no se condice con ningun

Fallo

Fallo SENTENCIA DEFINITIVA Fecha de Ingreso 29 DE MARZO DE 2023 Materia PRECARIO Caratulado INMOBILIARIA CENTINELA S.A. CON RETAMAL Procedimiento SUMARIO Demandante Inmobiliaria Centinela Limitada RUT 96.804.960-7 Representante legal Jacob Salem Harcha Abusabal C.I. 5.866.708-0 Abogado Guillermo Piedrabuena Keymer C.I. 7.849.493-K Demandado Sergio Andr s Retamal Mu ozé ñ C.I. 8.586.859-4 Abogado Juan Pablo Bravo Retamal. C.I. 11.893.265-K Juez Paula Luengo Montecino Cit. O r Sentenciaí 23 de septiembre de 2024. Linares, veinticuatro de septiembre de dos mil veinticuatro. VISTO: 1.- A folio 1, comparece don JACOB SALEM HARCHA ABUSABAL, empresario, en representaci n de ó INMOBILIARIA CENTINELA LIMITADA, sociedad del giro de su denominaci n, ambos domiciliados para estos efectos enó Avenida Las Rastras N 1390, departamento N 302, condominio La Capilla, comuna° ° y ciudad de Talca, Regi n del Maule; quien deduce demanda de precario en juicioó sumario en contra de don SERGIO ANDR S RETAMAL MU OZÉ Ñ , ignora profesi n u oficio, domiciliado en sector Pehuenche, Hijuela Dos Oriente, Lote N 27,ó ° de la comuna de Colb n.ú Funda su demanda indicando que ante el Primer Juzgado de Letras de Linares, se interpuso, en contra del demandado, una solicitud de medida prejudicial preparatoria de exhibici n de documentos, a la que se le asign el Rol C-33-2023, aó ó fin de que exhibiesen todos los antecedentes escritos que tuviese en su poder el demandado y que sirviesen de t tulo para justific

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Foja: 1 FOJA: 115 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Linaresº CAUSA ROL : C-495-2023 CARATULADO : INMOBILIARIA CENTINELA S.A./RETAMAL Causa C-495-2023 Tipo de Fallo SENTENCIA DEFINITIVA Fecha de Ingreso 29 DE MARZO DE 2023 Materia PRECARIO Caratulado INMOBILIARIA CENTINELA S.A. CON RETAMAL Procedimiento SUMARIO Demandante Inmobiliaria Centinela Limitada RUT 96.8

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