7º Juzgado Civil de Santiago

BANCO DE CHILE/MONTES

Rol

C-18469-2023

Fecha

24 de septiembre de 2024

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: A folio 1, con fecha 2 de noviembre de 2023, comparece do a Camila Pazñ Hinojosa Lepe, Carolina Beatriz Cisternas Eltit, Gaspar Cortes Moya y Macarena Flores Jara, abogados, mandatarios judiciales de Socofin S.A., representada por su gerente general don Mario Sandoval Hidalgo, ingeniero comercial, representante convencional del BANCO DE CHILE, sociedad an nima bancaria, del giro de su denominaci n,ó ó representada a su vez por su gerente general don Eduardo Ebensperger Orrego, ingeniero comercial todos domiciliados para estos efectos en calle Teatinos 449, tercer piso, comuna de Santiago, interponiendo demanda ejecutiva en contra de Georgina Andrea Montes Aravena, ignora profesi n u oficio, con domicilio ambos en Valent nó í Letelier N 1376 depto. 71, comuna de Santiago, fundada en los antecedentes de hecho° y derecho que esgrime en su libelo. Sostiene que su representada es due a del pagar suscrito por un capital originalñ é de $22.649.313.-, cantidad al que se le debe aplicar una tasa de inter s mensual deé 1.37%, seg n se se ala en el mismo documento.ú ñ Indica que se estipul que el capital y los intereses de esta obligaci n se pagar anó ó í en 60 cuotas de acuerdo al siguiente programa de amortizaciones: 59 cuotas, mensuales, iguales y sucesivas de $561.164.-, cada una de ellas, venciendo la primera de ellas el 05/09/2022 y a partir de esta, las cuotas siguientes vencer n sucesivamente con laá misma periodicidad antes indicada y una ltima cuota con el vencimiento y por el montoú que se indica en el mismo t tulo que sirve de fundamento a esta demanda. Hace presenteí que como se estipul en el mismo pagar , el monto de cada una de las cuotas indicadasó é incluye pago de capital e intereses. En el mismo pagar se estipul que se acepta que el acreedor en forma exclusivaé ó y privativa, pod a destinar en cada oportunidad el importe total de las cuotas a laí amortizaci n del capital y/o de los intereses, o de ambos a la vez, en la proporci n queó ó estime conv

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la parte demandante fund su demanda en que es titular deló Pagar N 157159401006037759, suscrito por un capital original de $22.649.313.-,é ° cantidad al que se le debe aplicar una tasa de inter s mensual de 1.37%, seg n se se alaé ú ñ en el mismo documento, respecto del cual el deudor se encuentra en mora de pagar la cuota N 10 con vencimiento al 05/06/2023, resta en consecuencia un saldo de capital° adeudado de $20.320.793.- cantidad a la que se deben adicionar los intereses penales correspondiente a la fecha de su pago efectivo. SEGUNDO: Que, la demandada opuso las excepciones de los numerales 2, 4, 7, 9 y 14 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, en raz n de los fundamentosí ó ó ya desarrollados precedentemente. TERCERO: Que, la ejecutante evacu el traslado conferido, solicitando eló rechazo de las excepciones opuestas. En cuanto a la excepci n de falta de capacidad del demandante o de personer aó “ í o representaci n legal del que comparece a su nombre en los t rminos del art culo 464ó ” é í N 2 del C digo de Procedimiento Civil, consigna que ° ó consta de escrituras p blicas, lasú personer as o representaciones legales de quienes comparecen demandando, todos losí mandatos se encuentran vigentes y v lidamente constituidos y otorgados, por ello es queá se ha guardado las formalidades exigidas en la Ley. Consta de los mandatos acompa ados al proceso que don Eduardo Alberto Ebensperger Orrego a la fecha de lañ presentaci n de la demanda, ten a la representaci n de la ejecutante, y as mismo, constaó í ó í los mandatos acompa ados al proceso, la personer a y representaci n legal de quienñ í ó comparece en nombre de Socofin S. A., quien adem s es representante convencional delá Banco de Chile. Indica que el mandato de quien comparece cumple con todos los requisitos de la ley para tener validez, consta por escritura p blica, y ha sido debidamente acompa adoú ñ al proceso, que en este caso fue a la fecha 05 de enero de 2023. Dichos documentos adem s acreditan suficientemente la personer a o representaci n legal de quienesá í ó comparecen por el Banco de Chile. Destaca que el ejecutado de autos, debe acreditar que la representante de la ejecutante adolece De capacidad para tal representaci n, yó dar cumplimiento a lo dispuesto en el art culo 1.698 del C digo Civil. Debe presentarí ó contraescritura que acredite que los mandatos archivados en la Secretar a de V.S., noí tienen legalidad, validez, que sean ineficientes o que se hayan revocado las facultades representativas. 2.- Esgrime la improcedencia de la excepci n de falta de alguno de los requisitosó o condiciones establecidos por las leyes para que el t tulo tenga fuerza ejecutivaí contemplada en el N 7 del art culo 464 C digo de Procedimiento Civil, puesto que elº í ó pagar que sirve de fundamento a esta demanda ejecutiva se ala lo siguiente: Elé ñ “ impuesto de Timbres y Estampillas que grava a este documento se paga por ingresos mensuales de dinero e

Fallo

Por lo expuesto, solicita tener por entablada la presente demanda ejecutiva en contra de Georgina Andrea Montes Aravena, ya individualizado en su calidad de deudor principal, y con su m rito ordenar se despache en su contra mandamiento de ejecuci n yé ó embargo por la cantidad de $20.320.793.-, por concepto de saldo de capital adeudado, suma a la que hay que agregar los intereses pactados y los intereses penales, hasta hacer entero y cumplido pago de lo adeudado, todo ello con costas. A folio 14, consta estampado receptorial que da cuenta de haberse practicado la notificaci n de la demanda con fecha 18 de diciembre de 2023.ó A folio 18, con fecha 29 de diciembre de 2023, la ejecutada opuso excepciones, vali ndose de las se aladas en los numerales 2, 4, 7, 9 y 14 del art culo 464 del C digoé ñ í ó de Procedimiento Civil. i. En cuanto a la excepci n del art culo 464 n 2 del C digo de Procedimientoó í º ó Civil, esto es, la falta de capacidad del demandante o de personer a o representaci ní ó legal del que comparezca en su nombre. Sostiene que no existen antecedentes acompa ados a autos, en que se le entregueñ poder a alguno de los mentados abogados para comparecer a juicio en representaci nó del Banco. S lo hay antecedentes que refieren a SOCOFIN S.A. A ade que el abogadoó ñ patrocinante de la presente demanda no tiene autorizaci n de Banco para representarloó como tal, es decir para asumir la responsabilidad, por todo el transcurso del juicio, de llevar adelante la gesti n

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C-18469-2023 Foja: 1 FOJA: 23 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 7 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-18469-2023 CARATULADO : BANCO DE CHILE/MONTES Santiago, veinticuatro de septiembre de dos mil veinticuatro VISTOS: A folio 1, con fecha 2 de noviembre de 2023, comparece do a Camila Pazñ Hinojosa Lepe, Carolina Beatriz Cisternas Eltit, Gaspar Cortes Moya y Macarena Flores Jara,

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