5º Juzgado Civil de Santiago

SCOTIABANK CHILE S. A./FERNÁNDEZ

Rol

C-6366-2024

Fecha

23 de septiembre de 2024

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 8 de abril del 2024, comparece CARLOS ESTEBAN DIAZ EGAÑA, abogado, en representación, en su calidad de mandatario judicial, de Scotiabank Chile, institución bancaria representada legalmente por su Gerente General don Diego Patricio Masola, argentino, contador público, RUT 27.550.890-K, todos domiciliados en Avenida Costanera Sur Nº2710 -1001 Torre A, Comuna de Las Condes, quien interpone demanda ejecutiva de cobro de pagare en contra de VICTOR JULIO FERNANDEZ CARRILLO, ignora profesión, domiciliado en Calle Lucerna 1 Oriente 1457, Comuna de Puente Alto, por los

Fundamentos

fundamentos de hecho y de derecho que señala. Indica que consta de los siguientes pagarés que Scotiabank es acreedor del demandado: 1.- Pagaré en cuotas N.º 710138329682, suscrito con fecha 4 de mayo de 2023, por un capital ascendente a $6.643.344, que devengó un interés del 1,89% mensual. El Capital e intereses serían pagados en 2 cuotas mensuales, iguales y sucesivas cada una de ellas por un monto de $351.456, venciendo la primera de ellas el día 19 de junio de 2023, y las restantes los días 19 de los meses siguientes. Dicha obligación no fue pagada en su cuota N°4 cuyo vencimiento fue el día 20 de septiembre de 2023, adeudando a esa fecha la suma de $6.034.107, según consta del Cronograma de Plan de Pagos y/o tabla de desarrollo del crédito. 2.- Pagaré a la Vista N.º 710144045488, suscrito con fecha 18 de marzo de 2024, por un capital ascendente a la suma de $919.868. Dicho documento no fue pagado 3.- Pagaré a la Vista N.º 710143331792, suscrito con fecha 18 de marzo de 2024, por un capital ascendente a la suma de $5.830.212. Dicho documento no fue pagado. Agrega que consta del Contrato Único Cliente Persona Natural que la parte demandada otorgó mandato irrevocable para efectos de llenar y suscribir pagarés, lo Código: JJGRXQLXNHB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-6366-2024 Foja: 1 anterior para facilitar el cobro de lo adeudado, y sin ánimo de novar el Cliente, otorgó un mandato al banco, para que en su nombre y representación proceda a suscribir o aceptar o llenar, ante Notario Público, uno o más pagarés […] del BANCO por las sumas a que asciendan las deudas contraídas al amparo del presente contrato. El BANCO por sí o a través de un tercero que designe podrá suscribir o aceptar en nombre o representación del MANDANTE, el o los pagarés y/o letras de cambio que sean necesarios…. Menciona que consta de copia de la escritura pública de fecha 07 de enero de 2021 otorgada en la notaría de Santiago de don Francisco Javier Leiva Carvajal, que el mandatario Sebastián Gerardo Rammsy Cruz, tiene las facultades y la personería para representar al demandante. Agrega que las firmas estampadas en los documentos indicados se encuentran autorizadas por notario, por lo que de conformidad a lo establecido en el artículo 434 Nº4 del Código de Procedimiento Civil, dicho instrumento tiene mérito ejecutivo. Sostiene que, siendo el título ejecutivo, la obligación es líquida, actualmente exigible y la acción ejecutiva no está prescrita. El 7 de mayo del 2024, folio 6, el demandado, patrocinado por su abogado, opuso a la ejecución las excepciones contempladas en los numerales 7, 9 y 11 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, solicitando se deniegue la ejecución, con costas, por los fundamentos que señala. I.- Opone la excepción del numeral 7° del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, la que funda en los siguientes fundamentos. En primer lugar, denuncia que el docu

Fallo

se declararon admisibles las excepciones opuestas y existiendo hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, se recibió la causa a prueba, rindiéndose la que consta en autos. Con fecha 12 de septiembre del 2024, a folio 26, se citó a las partes a oír sentencia definitiva. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, compareció CARLOS ESTEBAN DIAZ EGAÑA, en representación de SCOTIABANK CHILE, interponiendo demanda ejecutiva de cobro de pagare en contra de VICTOR JULIO FERNANDEZ CARRILLO, a objeto que, acogiéndola, se despache mandamiento de ejecución y embargo por la suma de Código: JJGRXQLXNHB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-6366-2024 Foja: 1 $6.750.080.-, más intereses pactados máximos convencionales, ordenando se siga adelante la ejecución hasta hacer entero y cumplido pago de todo lo adeudado, más los intereses pactados, reajustes y costas, por los fundamentos de hecho y de derecho expresados en lo expositivo del fallo. SEGUNDO: Que, la demandada opuso a la ejecución las excepciones contempladas en los numerales 7, 9 y 11 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, por los fundamentos de hecho y de derecho ya expuestos en la parte expositiva. TERCERO: Que, la ejecutante evacúo el traslado conferido, solicitando el rechazo de las excepciones opuestas con costas, por los fundamentos reproducidos en lo expositivo de la sentencia. CUARTO: Que, se declararon admisibles las excepciones opuestas, y se recibi

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C-6366-2024 Foja: 1 FOJA: 15 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 5 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-6366-2024 CARATULADO : SCOTIABANK CHILE S. A./FERN NDEZÁ Santiago, veintitr s de septiembre de dos mil veinticuatroé VISTOS: Con fecha 8 de abril del 2024, comparece CARLOS ESTEBAN DIAZ EGAÑA, abogado, en representación, en su calidad de mandatario judicial, de Scotiabank Chile,

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