TOBAR/I. MUNICIPALIDAD DE PALMILLA
Rol
T-5-2023
Fecha
3 de octubre de 2024
Materia
Art. 19 Nº 1 CPR. Derecho a la vida y la integridad, Art. 19 Nº 4 CPR. Vida Privada y Honra, Art. 19 Nº 5 CPR. Inviolabilidad de la comunicación privada, Art. 485 inciso 3º CT, Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Daño moral, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización convenciona, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Otras Indemnizaciones, Reajustes e intereses, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
hechos y antecedentes de derecho que expone. I. DE LOS HECHOS Y DE LA RELACIÓN LABORAL Sostiene que, su representando ingresó a trabajar en calidad de honorarios, a la Municipalidad de Palmilla, en el mes de Noviembre del año 2011, realizando conciliaciones bancarias en el Departamento de Finanzas, luego de un tiempo y habiendo terminado esa labor, el alcalde de la época le ofreció seguir trabajando en el municipio, a cargo de labores administrativas en el mismo Departamento de Finanzas, realizando labores de atención de público en la emisión de Permisos de Circulación ayudando a don Eugenio León, jefe de Rentas y Permisos de Circulación, quien a esa fecha tenia a la venta Seguros Soap que el mismo emitía, y se los cobraba a los clientes que acudían a pagar su Permiso de Circulación, práctica que se realizaba ya desde hace varias temporadas atrás, con el conocimiento del Director de Finanzas don Claudio Plaza Lira, situación que también era conocida por el público en general, y por el resto de los colegas del municipio. Agrega que, en aquel tiempo, recibió una capacitación para la venta de Permisos de Circulación, por la actual jefa de Rentas la Srta. Alejandrina Sandoval Carrillo, y con el pasar de los días, mientras realizaba sus labores en la venta de dichos permisos, se dio cuenta que en dicho departamento, todos los colegas ayudaban en la venta de los Seguros SOAP a don Eugenio León, tanto así, que la tesorera, doña Claudia Cornejo Vergara, era la encargada de guardar la recaudación diaria por concepto de venta de estos seguros, en la caja fuerte del departamento de Finanzas. Afirma que, el año 2019, no se le ordenó salir a vender Permisos de Circulación, quedándome en la oficina del municipio a realizar sus labores, mandatándose a otros funcionarios a dirigirse a distintas comunas y principalmente a Santiago, a realizar el proceso de venta, ya acostumbrado en el mes de marzo de cada año, lo anterior, debido a que por el hecho de haber aumentado exponencialm
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Denuncia. Que comparece don Víctor Ricardo Bahamondez Segura, chileno, soltero, Abogado, cédula de identidad N°14.418.843-8, domiciliado calle Part N°163, oficina 5, comuna de Curicó, en representación de don LUIS TOBAR SILVA, chileno, empleado, cédula nacional de identidad N°11.455.086-8, domiciliado en calle Adriano Díaz N°315, comuna de Santa Cruz, quien en virtud de los artículos 485 y siguientes del Código del Trabajo, viene en deducir demanda por vulneración de Derechos Fundamentales en Procedimiento de Tutela Laboral, en contra de la ex-empleadora LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE PALMILLA, Corporación de Derecho Público, representada por su Alcaldesa doña Gloria Paredes Valdés, ambos domiciliados en Juan Guillermo Day Nro. 80, Comuna de Palmilla, en atención a la relación circunstanciada de los hechos y antecedentes de derecho que expone. I. DE LOS HECHOS Y DE LA RELACIÓN LABORAL Sostiene que, su representando ingresó a trabajar en calidad de honorarios, a la Municipalidad de Palmilla, en el mes de Noviembre del año 2011, realizando conciliaciones bancarias en el Departamento de Finanzas, luego de un tiempo y habiendo terminado esa labor, el alcalde de la época le ofreció seguir trabajando en el municipio, a cargo de labores administrativas en el mismo Departamento de Finanzas, realizando labores de atención de público en la emisión de Permisos de Circulación ayudando a don Eugenio León, jefe de Rentas y Permisos de Circulación, quien a esa fecha tenia a la venta Seguros Soap que el mismo emitía, y se los cobraba a los clientes que acudían a pagar su Permiso de Circulación, práctica que se realizaba ya desde hace varias temporadas atrás, con el conocimiento del Director de Finanzas don Claudio Plaza Lira, situación que también era conocida por el público en general, y por el resto de los colegas del municipio. Agrega que, en aquel tiempo, recibió una capacitación para la venta de Permisos de Circulación, por la actual jefa de Rentas la Srta. Alejandrina Sandoval Carrillo, y con el pasar de los días, mientras realizaba sus labores en la venta de dichos permisos, se dio cuenta que en dicho departamento, todos los colegas ayudaban en la venta de los Seguros SOAP a don Eugenio León, tanto así, que la tesorera, doña Claudia Cornejo Vergara, era la encargada de guardar la recaudación diaria por concepto de venta de estos seguros, en la caja fuerte del departamento de Finanzas. Afirma que, el año 2019, no se le ordenó salir a vender Permisos de Circulación, quedándome en la oficina del municipio a realizar sus labores, mandatándose a otros funcionarios a dirigirse a distintas comunas y principalmente a Santiago, a realizar el proceso de venta, ya acostumbrado en el mes de marzo de cada año, lo anterior, debido a que por el hecho de haber aumentado exponencialmente la venta de Permisos de Circulación, en las comunas ya mencionadas, empezaron a aparecer permisos con problemas, y otros derechamente falsos. A raíz de estos hechos
Fallo
por tanto no pudo abrir ese sobre, entonces el sobre y el contenido del sobre se supo cuando la persona que actuó como fiscal y ceso en sus funciones cuando se hizo el dictamen finalmente llego de vacaciones y lo abrió. ¿Cuál fue la instrucción de la contraloría en ese dictamen? Ellos nos pidieron el recurso de reposición, pero está ya estaba judicializado, nosotros respondimos y la contraloría no se hace parte porque estaba judicializado. Omitió su pronunciamiento. ¿La primera sanción con que fecha fue? No lo recuerdo, en el mes de mayo o junio. ¿en mayo de 2023 dejo de trabajar don Luis y en agosto se cerró o no? Claro que se hizo todo ese procedimiento dado la presentación que ustedes hicieron a la contraloría. ¿usted sabe la remuneración don Luis? No. ¿hasta que fecha estuvo en el departamento de renta? No lo recuerdo en realidad, cuando se suscitó Luis trabaja ahí sin ningún inconveniente hasta cuando se suscitó toda esta situación, hasta cuando dejo de trabajar ahí, no lo recuerdo exactamente. ¿Cuándo se le pago las remuneraciones a don Luis? Hasta cuando correspondía, no puedo decir con precisión ya que en todas las cuestiones tengo jefes de servicios que se hacen cargo, de las remuneraciones, que los sueldos se paguen a tiempo, que se pague lo que corresponde, al final yo no estoy en detalle, eso lo ve más el administrador. V.- Testimonial: 1.- Gustavo Celedonio Cerda Correa, C.I. 4.015.033-1, jubilado, domiciliado en Pasaje Cruz de Unco N°954, Villa Las Garzas,
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Peralillo, tres de octubre de dos mil veinticuatro VISTO, OÍDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Denuncia. Que comparece don Víctor Ricardo Bahamondez Segura, chileno, soltero, Abogado, cédula de identidad N°14.418.843-8, domiciliado calle Part N°163, oficina 5, comuna de Curicó, en representación de don LUIS TOBAR SILVA, chileno, empleado, cédula nacional de identidad N°11.455.086-8, domiciliado en calle
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