VARAS/SOCIEDAD AGRICOLA KATTY SPA
Rol
O-95-2024
Fecha
3 de octubre de 2024
Materia
Despido injustificado, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Recargos
Resultado
No especificado
Hechos
hechos señalados en la demanda en atención a la incomparecencia de la parte demandada, pese a estar válidamente notificada, y además a que en virtud de esta rebeldía no ha contestado la demanda dentro de plazo legal, por lo que se pasa a dictar sentencia de forma inmediata. Se deja constancia que la presente sentencia solo será trascrita en su parte resolutiva y de haber algún recurso de nulidad, se procederá a su transcripción de forma íntegra: Sentencia Rengo a tres de octubre de dos mil veinticuatro VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: De conformidad a lo establecido en los artículos 7, 63, 159, 162, 168, 453 en sus incisos pertinentes, 496 y siguientes del Código del Trabajo, se acoge la demanda interpuesta por don QUIRICO ISMAEL VARAS VENEGAS, en contra de la demandada, SOCIEDAD AGRÍCOLA KATY SPA., representada legalmente por don Juan Bautista Reyes Navarrete, todos ya individualizados, declarando: 1.- Que entre las partes existió relación laboral, iniciada con fecha 01 de abril de 2019, cuyas estipulaciones se encuentran detalladas en la demanda, y que el término de la relación laboral se produjo el 04 de marzo de 2024. 2.- Que el despido de fecha 04 de marzo de 2024 es nulo en los términos del artículo 162 del Código del Trabajo, por lo que el demandado deberá pagar las remuneraciones íntegras y demás prestaciones que se devenguen desde el despido y hasta la convalidación del mismo. 3.- Que se condene a pagar las cotizaciones previsionales y de salud de AFP Provida, AFC Y FONASA, por los meses que se adeuden, en razón de una remuneración imponible de $750.000.- 4.- Que
Fallo
se declara el apercibimiento y se tiene por admitido tácitamente todos los hechos señalados en la demanda en atención a la incomparecencia de la parte demandada, pese a estar válidamente notificada, y además a que en virtud de esta rebeldía no ha contestado la demanda dentro de plazo legal, por lo que se pasa a dictar sentencia de forma inmediata. Se deja constancia que la presente sentencia solo será trascrita en su parte resolutiva y de haber algún recurso de nulidad, se procederá a su transcripción de forma íntegra: Sentencia Rengo a tres de octubre de dos mil veinticuatro VISTOS Y CONSIDERANDO: De conformidad a lo establecido en los artículos 7, 63, 159, 162, 168, 453 en sus incisos pertinentes, 496 y siguientes del Código del Trabajo, se acoge la demanda interpuesta por don QUIRICO ISMAEL VARAS VENEGAS, en contra de la demandada, SOCIEDAD AGRÍCOLA KATY SPA., representada legalmente por don Juan Bautista Reyes Navarrete, todos ya individualizados, declarando: 1.- Que entre las partes existió relación laboral, iniciada con fecha 01 de abril de 2019, cuyas estipulaciones se encuentran detalladas en la demanda, y que el término de la relación laboral se produjo el 04 de marzo de 2024. 2.- Que el despido de fecha 04 de marzo de 2024 es nulo en los términos del artículo 162 del Código del Trabajo, por lo que el demandado deberá pagar las remuneraciones íntegras y demás prestaciones que se devenguen desde el despido y hasta la convalidación del mismo. 3.- Que se condene a pagar
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ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 03 de octubre de 2024 TRIBUNAL PRIMER JUZGADO DE LETRAS DE RENGO RUC 24-4-0583069-4 RIT O-95-2024 MATERIA Nulidad del despido, despido injustificado y cobro de prestaciones MAGISTRADO DOÑA SANDRA CAROLINA HERRERA MENARES ADMINISTRATIVO DE ACTAS Cristian A. Silva San Martín HORA DE INICIO 09:45 horas HORA DE TÉRMINO 10:0
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