NÚÑEZ/
Rol
V-218-2022
Fecha
16 de septiembre de 2024
Materia
NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: 1.- Que con fecha 01 de agosto de 2022, a folio 1 comparece doña JAVIERA ISADORA NÚÑEZ LEIVA, empleada, cédula de identidad Nº 20.198.908-6, domiciliada en Avenida la Llavería 0125, Barrio Plazas del Campo, Machalí, solicitando se autorice el cambio de nombre, en el sentido de eliminar su primer nombre y modificar su primer apellido, Núñez por Valderrama, quedando, en definitiva, como ISADORA VALDERRAMA LEIVA, por las razones de hecho y de derecho que a continuación pasa a exponer: Expone que nació el 14 de abril de 1999 siendo inscrita con el nombre de Javiera Isadora Núñez Leiva, partida de nacimiento N° 2344 del año 1999 de la Circunscripción de Providencia, del Registro Civil e Identificación. Indica que cuando nació su madre no mantenía relación sentimental con su progenitor, quien al enterarse del embarazo de su madre no le creyó y desconoció su paternidad. No obstante, fue al Hospital a conocerla para posteriormente, ausentarse por cinco años. Señala que con anterioridad a la relación que su madre tuvo con su progenitor, estuvo casada con don Juan Valderrama, con quien tiene tres hijas en común, sus hermanas mayores. Tras la separación, mantuvieron una buena relación, concurriendo habitualmente a su hogar a ver a sus hijas, siendo considerada por él como una hija, quien no hacia diferencia entre sus hermanas y ella, convirtiéndose en una figura paterna que se mantiene hasta la actualidad. Dice que a sus cinco años conoció a su padre biológico, porque su madre y él retomaron la relación, quien posteriormente se fue a vivir con ellas. Relata que el ambiente familiar se volvió muy abusivo y que sus hermanas se independizaron muy jóvenes porque él era agresivo, abusivo y violento. Cuando tenia 12 años su madre y ella también abandonaron el hogar y ellos terminaron su relación. Código: RHFCXPTXXXZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Asevera que por periodos tuvo contacto con su progenitor, el que ceso entre sus 14 y 18 años, en un mal periodo de su vida, debido a la violencia —que a su juicio— su progenitor ejercía en su persona, lo que incluso consta en causas criminales interpuestas en su contra, las que decidió finalizar por motivos de salud mental. Expresa que no tiene relación con su progenitor desde que tiene 18 años, teniendo ocasionalmente contacto con su hermano menor. Por ello quiere quitarse su apellido paterno, pues dice no tener vínculo afectivo y emocional con su progenitor ni su familia. Agrega que no posee una historia emocional positiva con él, careciendo de todo vinculo o sentimiento de identidad, apego o afecto, pues se trata de una figura que en su vida representa inestabilidad, miedo y sentimientos negativos, provocándole un menoscabo moral y psicológico, porque el apellido Núñez le evoca recuerdos desagradables y un permanente sentimiento de abandono y abuso. Por lo anterior, asevera haberse dado a conocer con el apellido de quien ha sid
Fallo
en mérito de lo expuesto y de los antecedentes incorporados a esta causa, todos ya analizados, no cabe más que acoger la acción sub- lite, como se dirá, por cuanto se acreditó que la peticionaria ha sido conocida por más de cinco años con el nombre que requiere que se agregue a su partida de nacimiento y su apellido paterno actual le causa menoscabo. Por estas consideraciones y teniendo presente lo expuesto y lo dispuesto en los artículos 1 y siguientes de la Ley 17.344; y 817, 818, 819, 824 y 826 del Código de Procedimiento Civil, se resuelve: I.- Que, se acoge la solicitud de fecha 01 de agosto de 2022, autorizándose el cambio de nombre de doña Javiera Isadora Núñez Leiva, cédula de identidad N° 20.198.908-6, domiciliada en Avenida la llavería 0125, Barrio Plazas del Campo, comuna de Machalí, por el de ISADORA VALDERRAMA LEIVA. Código: RHFCXPTXXXZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II.- Subinscríbase lo resuelto bajo la inscripción N° 2344 del Registro de Nacimiento S del año 1999 de la Circunscripción de Providencia del Servicio de Registro Civil e Identificación. Regístrese, notifíquese, y archívese en su oportunidad. Rol V-218-2022 Dictada por don Cristián Fernández González, Juez Titular del Segundo Juzgado Civil de Rancagua. Código: RHFCXPTXXXZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-09-16T12:19:24-0300
Texto Completo (Preview)
Rancagua, dieciséis de septiembre de dos mil veinticuatro. Vistos y considerando: 1.- Que con fecha 01 de agosto de 2022, a folio 1 comparece doña JAVIERA ISADORA NÚÑEZ LEIVA, empleada, cédula de identidad Nº 20.198.908-6, domiciliada en Avenida la Llavería 0125, Barrio Plazas del Campo, Machalí, solicitando se autorice el cambio de nombre, en el sentido de eliminar su primer nombre y modificar s
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