2º Juzgado de Letras de Linares

CANALES/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LINARES

Rol

C-1444-2024

Fecha

13 de septiembre de 2024

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: 1.- A folio 1, comparece don PAZ DAMARY DE LOURDES CANALES MU OZÑ , chilena, soltera, enfermera, C dula Nacional de Identidad Né º 17.884.578- 0, domiciliada para estos efectos en Rio Loncomilla #0651, comuna de Linares; deduciendo demanda de prescripci n extintiva de las acciones y derechos municipalesó por derechos de aseo domiciliario que actualmente se adeudan a la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LINARES, Corporaci n Aut noma de Derecho P blicoó ó ú con personalidad jur dica y patrimonio propio, R.U.T N 69.130.300-4, representadaí ° por su Alcalde don Mario Alejandro Meza V squez,á chileno, casado, C dulaé Nacional de Identidad N 14.389.148-8; ambos domiciliados en Kurt Moller N 391,° ° de la comuna de Linares. Refiere que consta en certificado de estado de deuda que acompa a, que elñ inmueble se encuentra ubicado en Rio Loncomilla #0651, comuna de Linares, Rol de Aval o N 01039- 00022, de la comuna de Linares; tiene una deuda por conceptoú ° de pago de derechos de aseos domiciliarios con el Municipio de Linares, desde el mes de abril del a o 2018, hasta el mes de junio de 2021, ambos inclusive, alcanzando añ Código: XPXUXPDMMXZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1444-2024 Foja: 1 acumular en tal per odo, la suma de $299.873.í Agrega que se adeudan estos pagos desde hace varios a os y en consecuencia,ñ tesorer a municipal estima que deben pagarse todos estos derechos insolutos, lo queí en su actual condici n le resulta imposible realizar, dado el alto costo de los mismosó y la circunstancia de que la mora en el pago de dichos derechos se ha generado por una situaci n que ha escapado a su posibilidad de cumplir con dichos aranceles, todaó vez que no cuenta con una situaci n econ mica adecuada que le permita destinaró ó tan alta suma de dinero al pago de estos servicios, lo que en definitiva imposibilita cumplir con el pago de la deuda antes mencionada. En cuanto a derecho, indica que el Decret

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: A folio 1, comparece do a ñ PAZ DAMARY DE LOURDES CANALES MU OZ, presentandoÑ demanda de prescripci n extintiva de las accionesó y derechos municipales por derechos de aseo domiciliario en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LINARES, representada por su Alcalde don Mario Alejandro Meza V squez,á en virtud de las razones de hecho y de derecho que se consignaron en lo expositivo de este fallo. SEGUNDO : A folio 9, la parte demandada expone que los hechos expuestos en la demanda son efectivos y se allana a la solicitud del demandante. TERCERO: Que la parte demandante acompa los siguientes documentos:ñó 1. Estado de Deuda, Derechos de Aseo Domiciliarios, Rol 01039-00022, emitido por la Ilustre Municipalidad de Linares, Direcci n Administraci n y Finanzasó ó Rentas Municipal, con fecha 05 de agosto de 2024. 2. Certificado de Aval o Fiscal de Periodos Anteriores Rol de Aval o Nú ú ° 01039-00022, de la comuna de Linares, emitido por el Servicio de Impuestos Internos, con fecha de emisi n 5 de agosto de 2024. ó 3. Copia de Escritura P blica de ú Contrato de Compraventa, suscrita entre Guillermo Leonardo V squez Carrasco y Paz Damary de Lourdes Canales Mu oz,á ñ con fecha 7 de diciembre de 2021 ante don Andr s Cuadra Gonz lez del Riego,é á Abogado y Notario P blico de Linares, anotada en el Repertorio bajo el n meroú ú 4474. CUARTO: Que la prescripci n es un modo de adquirir las cosas ajenas, o deó Código: XPXUXPDMMXZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1444-2024 Foja: 1 extinguir las acciones y derechos ajenos, por haberse pose do las cosas o no haberseí ejercido dichas acciones y derechos durante cierto lapso de tiempo, y concurriendo los dem s requisitos legales, y se encuentra tratada en el C digo Civil, en los art culosá ó í 2492 y siguientes. QUINTO: Que la prescripci n liberatoria es una instituci n que tiene comoó ó principal objeto el otorgar certeza y seguridad a las relaciones jur dicas que ligan aí los sujetos de derecho, instando en definitiva a que los part cipes de dichas relacionesí no se hallen vinculadas en forma indefinida, provocando de aquella manera incertidumbre y falta de consolidaci n en sus situaciones jur dicas. ó í De esta manera, la prescripci n extintiva, se constituye en un castigo para eló actor negligente que no hace valer sus derechos en el tiempo que fija la ley. SEXTO: Que ante la no controversia de los hechos por parte de la demandada, lo expuesto por el actor en el libelo de demanda y el certificado de deuda antes descrito, es posible colegir que la demandante presenta una deuda por concepto de derechos de aseo domiciliario, correspondiente a los periodos desde abril de 2018 hasta junio de 2024, ambos inclusive. SEPTIMO: Que asentado lo anterior, ha de se alarse que cada una de lasñ parcialidades de la obligaci n que invoca la demandante respecto de los derechos deó aseo domiciliario, se han hecho exigibles en sus respe

Fallo

Fallo Sentencia Definitiva. Fecha de Ingreso 5 de agosto de 2024. Materia Prescripci n Extintiva.ó Caratulado Canales con Ilustre Municipalidad de Linares .“ ” Procedimiento Ordinario. Demandante Paz Damary de Lourdes Canales Mu oz.ñ C.I. 17.884.578-0 Abogado Paula Camila Wilson Cofr .é C.I. 18.656.325-5 Demandado Ilustre Municipalidad de Linares. R.U.T. 69.130.300-4 Abogado Gonzalo Rodrigo Rebolledo Gonz lez.á C.I. 16.537.110 -0 Juez Paula Luengo Montecino. Cit. O rí Sentencia 13 de septiembre de 2024. Linares, trece de septiembre de dos mil veinticuatro VISTO: 1.- A folio 1, comparece don PAZ DAMARY DE LOURDES CANALES MU OZÑ , chilena, soltera, enfermera, C dula Nacional de Identidad Né º 17.884.578- 0, domiciliada para estos efectos en Rio Loncomilla #0651, comuna de Linares; deduciendo demanda de prescripci n extintiva de las acciones y derechos municipalesó por derechos de aseo domiciliario que actualmente se adeudan a la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LINARES, Corporaci n Aut noma de Derecho P blicoó ó ú con personalidad jur dica y patrimonio propio, R.U.T N 69.130.300-4, representadaí ° por su Alcalde don Mario Alejandro Meza V squez,á chileno, casado, C dulaé Nacional de Identidad N 14.389.148-8; ambos domiciliados en Kurt Moller N 391,° ° de la comuna de Linares. Refiere que consta en certificado de estado de deuda que acompa a, que elñ inmueble se encuentra ubicado en Rio Loncomilla #0651, comuna de Linares, Rol de Aval o N 01039- 00022, de la comuna de Linares; tie

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C-1444-2024 Foja: 1 FOJA: 12 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Linaresº CAUSA ROL : C-1444-2024 CARATULADO : CANALES/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LINARES Causa C-1444-2024. Tipo de Fallo Sentencia Definitiva. Fecha de Ingreso 5 de agosto de 2024. Materia Prescripci n Extintiva.ó Caratulado Canales con Ilustre Municipalidad de Linares .“ ” Procedimiento Ordinario

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