2º Juzgado de Letras de Coquimbo

SERVICIO INTEGRAL MERINO Y MURILLO LIMITADA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE COQUIMBO (CESFAM TIERRAS BLANC

Rol

C-1439-2024

Fecha

12 de septiembre de 2024

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 18 de junio de 2024, comparecen don FRANCISCO RIVERA RIVERA y don BAST AN IGNACIO CH VEZ CASTILLO, Í Á abogados, con domicilio para estos efectos en La Serena, calle Col n Nº 352, oficina 210, enó representaci n de SERVICIO INTEGRAL MERINO Y MURILLO LIMITADA,ó persona jur dica de derecho privado del giro de su denominaci n, Rol nicoí ó Ú Tributario N° 76.371.839-5, representada por don Mario Antonio Merino Pinto, chileno, comerciante, C dula Nacional de Identidad N°10.338.747-7, ambos coné domicilio para estos efectos en su oficio, quienes deducen demanda de prescripci nó extintiva de obligaciones en juicio ordinario de menor cuant a en contra de laí Ilustre Municipalidad de Coquimbo, persona jur dica de Derecho P blico, rol nicoí ú ú tributario Nº 69.040.300-5, representada legalmente por su alcalde, don Alí Manouchehri Moghadam Kashan Lobos, c dula nacional de identidad Nºé 20.340.775-0, domiciliado en Avenida Varela n mero 1112, comuna y ciudad deú Coquimbo, a fin de que se declare la prescripci n extintiva de deudas de patentes,ó fundado en que, mediante certificado denominado “RESUMEN DEUDA POR PATENTE” emitido con fecha 12 de junio de 2024, gestionado por su parte, otorgado por la OFICINA DE RENTAS Y PATENTES DE LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE COQUIMBO, se indica que su representada mantiene una deuda en mora respecto de su patente comercial, en el giro de Reparaciones El ctricas y Electr nicas, Rol N°902, correspondiente al primer periodo del a oé ó ñ 2014 al segundo periodo del a o 2021, por un total de $2.734.699 considerandoñ valor de la patente, reajustes e intereses, solicitando se decrete la prescripci n deó las patentes sin cobro por m s de tres a os conforme lo indica la ley, sin que a laá ñ fecha de su presentaci n haya sido requerida judicialmente respecto a dicha deuda,ó por lo que los plazos de prescripci n no se encuentran interrumpidos en ning nó ú Código: XTXWXPLTRQY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser v

Fundamentos

considerando valor de la patente, reajuste e intereses, correspondiente al primer periodo del a o 2014 al segundo periodo del a o 2021, se encuentra prescrita, conñ ñ costas, en caso de oposici n.ó Con fecha 02 de julio del a o 2024 se notific a la parte demandada deñ ó conformidad con lo dispuesto en el art culo 44 del C digo de Procedimiento Civil.í ó Con fecha 09 de julio de 2024, la parte demandada, representada por su abogado don Pablo Galleguillos Carvajal, contest la demanda, allan ndose a laó á declaraci n de prescripci n sin que ello implique condonaci n expresa de la deudaó ó ó que invoca, solo en cuanto se circunscriba dicha declaraci n de prescripci n aló ó petitorio expreso de la demandante sobre las deudas devengadas entre los a osñ 2014 al 2021 por la suma de $2.734.699.-, toda vez que de acuerdo a lo preceptuado en el marco legal que regula el actuar de la administraci n municipaló y a lo indicado en los dict menes N° 14.881 del 19 de abril del a o 2002 de laá ñ Contralor a General de la Rep blica, las municipalidades no est n facultadas paraí ú á condonar deudas por derechos de aseo u otros impuestos de car cter municipal,á mismo sentido y alcance que propone la ley 18.695 y la ley de rentas municipales que impide tal facultad. Concluye que, aunque la instituci n edilicia reconoce laó calidad del contribuyente y de las cantidades adeudadas, es carga del demandante acreditar tanto la veracidad de sus alegaciones como la reuni n de los requisitosó exigidos por la normativa prescrita en los art culos 2492 y siguientes del C digoí ó Civil, a trav s de los medios probatorios que la Ley franquea. En virtud de loé expuesto, previas citas legales, solicita que en caso de acoger la demanda se exima a su parte de las costas de la causa. Con fecha 10 de julio de 2024 se cit a audiencia de conciliaci n, para eló ó d a 07 de agosto del a o 2024, resoluci n notificada a la parte demandante coní ñ ó fecha 12 de julio de 2024 y a la demandada con fecha 15 de julio de 2024. Código: XTXWXPLTRQY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Con fecha 07 de agosto del a o 2024 se llev a efecto audiencia deñ ó conciliaci n con la asistencia de la parte demandante y en rebeld a de laó í demandada, sin producirse conciliaci n. ó Con fecha 20 de agosto de 2024, se cit a las partes a o r sentencia.ó í CONSIDERANDO: PRIMERO: Que don Francisco Rivera Rivera y don Bast an Ignacio Ch vezí á Castillo, abogados, en representaci n de SERVICIO INTEGRAL MERINO Yó MURILLO LIMITADA, han deducido demanda de prescripci n extintiva deó obligaciones en juicio ordinario de menor cuant a en contra de la Ilustreí Municipalidad de Coquimbo, representada legalmente por su alcalde, don Alí Manouchehri Moghadam Kashan Lobos, ya individualizados, a fin de que se declare la prescripci n extintiva de deudas de patentes comerciales en el giro deó Reparaciones El ctricas y Electr nicas, Rol N°902 que mantiene con laé ó Muni

Fallo

Por estas consideraciones y visto adem s lo dispuesto en los art culos 160,á í 170, 253 y siguientes, 346 N°3 del C digo de Procedimiento Civil, y 1437, 1438,ó 1698, 2514 y 2521 del C digo Civil, se resuelve que SE ACOGE la demandaó deducida con fecha 18 de junio de 2024 por don Francisco Rivera Rivera y don Bast an Ignacio Ch vez Castillo, abogados, en representaci n de SERVICIOí á ó INTEGRAL MERINO Y MURILLO LIMITADA, y en consecuencia: I.- SE DECLARAN prescritas las acciones de cobro de patente comercial Rol 902 a nombre de Servicio Integral Merino y Murillo Ltda., correspondientes al per odo comprendido entre a o 2014 al a o 2021, ambos inclusive, y que suman elí ñ ñ monto total de $ 2.734.699.- (dos millones setecientos treinta y cuatro mil seiscientos noventa y nueve pesos). II.- Que no se condena en costas a la demandada, por haberse allanado a la demanda. An tese, ó reg strese, notif quese y en su oportunidad, arch vese. í í í Rol C-1439-2024. Código: XTXWXPLTRQY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Dictada por don Ismael Fuentes Navarrete, Juez Titular. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Coquimbo, doce de septiembre de dos mil veinticuatro Código: XTXWXPLTRQY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-09-12T14:58:20-0300

Texto Completo (Preview)

FOJA: 20 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Coquimboº CAUSA ROL : C-1439-2024 CARATULADO : SERVICIO INTEGRAL MERINO Y MURILLO LIMITADA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE COQUIMBO (CESFAM TIERRAS BLANC Coquimbo, doce de septiembre de dos mil veinticuatro VISTOS: Con fecha 18 de junio de 2024, comparecen don FRANCISCO RIVERA RIVERA y don BAST AN IGNACIO CH VEZ CASTILLO, Í Á

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