OLGUÍN/MUNICIPALIDA DE MAIPÚ
Rol
T-2618-2023
Fecha
1 de octubre de 2024
Materia
Art. 19 Nº 1 CPR. Derecho a la vida y la integridad, Art. 2 CT. Sobre actos de discriminación, Costas, Daño moral, Reajustes e intereses
Resultado
No especificado
Hechos
hechos a) La administración del alcalde Tomás Vodanovic Escudero a la fecha, ha sustituido la fiscalía administrativa en más de 70 piezas sumariales, salvo, las piezas sumariales en las que detenta la calidad de fiscal administrativo. b) La audiencia de lobby solicitada al alcalde de la comuna fue asignada primero al ex Director de Asesoría Jurídica, quien con su “renuncia” fue reemplazado. Y luego a don Fabián Farías Quijada, hoy Director de Asesoría Jurídica de la Municipalidad de Maipú, quien le recibió en dichas dependencias con fecha 11 de noviembre de 2022, a quien le representa nuevamente el trato discriminatorio y arbitrario, sin que a la fecha se haya generado una acción concreta. c) En la actualidad posee designación en 109 expedientes sumariales, encontrándose dichas piezas en custodia de la Dirección de Asesoría Jurídica, razón por la cual si requiere realizar una función como fiscal administrativo en dichas dependencias no tiene acceso a una oficina o puesto asignado para tramitar los sumarios. Se suma a ello, que en las dependencias en las cuales ejerce funciones en la actualidad, no presenta las condiciones mínimas para ejercer una fiscalía administrativa. d) Sobrecarga selectiva de funciones. (es la única funcionaria en su calidad, con dicha carga de trabajo y funciones, que proviene de la administración anterior) e) Trato discriminatorio, se han adoptado estas medidas exclusivamente con ella. f) Recepción de correos electrónicos institucionales en los cuales se le apercibe y amenaza con las eventuales sanciones administrativas a las cuales se verá enfrentada, si no da pronta celeridad y tramitación a las piezas sumariales. Cuestión que se materializa con la instrucción de un sumario administrativo, instruido mediante el Decreto Alcaldicio N° 2289 DAP de fecha 02 de noviembre de 2021, que persigue responsabilidad administrativa en atención a las funciones que ejerció esta funcionaria durante la administración anterior, de Directora Jurídica Suplente
Fundamentos
considerando: Que en causa T- 2618-2024, ELIZABETH CAROLINA OLGUIN RIOS, Abogada, Funcionaria Municipal, cédula nacional de identidad Nº 12.683.723-2, denuncia de tutela laboral por vulneración de derechos fundamentales, en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE MAIPÚ, Rut. 69.070.900-7, representada legalmente de acuerdo al artículo 4 inciso primero del Código del Trabajo, por su alcalde don TOMÁS VODANOVIC ESCUDERO. DENUNCIA: PRIMERO: Que los fundamentos de la denuncia son los siguientes: Señala que comenzó a prestar servicios para la Dirección de Asesoría Jurídica de la Ilustre Municipalidad de Maipú con fecha 01 de noviembre de 2018, en calidad de abogada a contrata, grado 6, escalafón profesional, desempeñando funciones en la Unidad de Fiscalía, dependiente de la Dirección de Asesoría Jurídica, tal como lo establece el Decreto Alcaldicio N° 3215 de 09 de noviembre de 2018. Sus labores profesionales se enmarcaron en la constitución de las fiscalías administrativas encargada de sustanciar, diligenciar y resolver los distintos sumarios e investigaciones sumarias, ordenadas y decretadas por la autoridad edilicia, funciones desarrolladas en carácter de exclusividad atendida la importancia y complejidad de muchas de ellas. Señala que estando en el cargo nominal de encargada de la Unidad de Sumarios, con fecha 14 de enero de 2021, asumió la función de Directora de Asesoría Jurídica suplente, dirección que contaba con una alta rotación de profesionales, debido al volátil y cambiante carácter de la ex autoridad municipal, por lo que nadie quería asumir dicho cargo (hubo 8 directores jurídicos en el período que va de 2017 a 2021), situación que fue expuesta en varios medios de comunicación. Dice que con fecha 15 de enero de 2021, asumió el cargo, en forma temporal, desarrollando las funciones de Directora de Asesoría Jurídica y las tareas de Encargada de Unidad de Fiscalía, además de asumir el cargo de Administrador Municipal Subrogante desde el 17 de mayo de 2021 al 20 de junio de 2021, retomando sus funciones como abogada en la Unidad de Sumarios con fecha 21 de junio de 2021. Agrega que el 29 de junio de 2021, asumió la nueva administración municipal y Juan Carlos Anabalón Dolhatz como nuevo Director de Asesoría Jurídica, manteniendo ella el cargo de encargada de la Unidad de Sumarios, sin embargo, el comportamiento del Sr. Anabalón para con los funcionarios y funcionarias que provenían de la administración anterior, siempre fue despectivo, degradante, faltas de respeto y de mal trato sobre todo con las mujeres, realizando una serie de actos de persecución y hostigamiento laboral, en su contra, los cuales se mantienen por medio de otros agentes de la actual administración toda vez que el Sr. Anabalón fue desvinculado. Dice que la nueva administración la sindicaban (sin serlo) de ser una persona de confianza o de cercanía con la antigua gestión edilicia, y como consecuencia: 1. Se la segregaba de las reuniones de los encargados de unidad. De esa m
Fallo
fallo y d) asumir las labores de Secretario Abogado Subrogante en distintos periodos. Siendo el tribunal con una alta carga de trabajo, atendiéndose a más de 270 usuarios. A lo anterior se suma nombramientos de Fiscal Administrativo en múltiples piezas sumariales de los períodos 2017, 2018, 2019, 2020 y 2021, haciéndole presente a la autoridad la imposibilidad física de cumplir la tramitación de dichos sumarios administrativos, siendo incompatibles con las labores en Tercer Juzgado de Policía Local de Maipú, sin que se solucionare tal dificultad, situación que solo tenía por objeto quebrarle y reventarle con una excesiva carga laboral. Dice que mantiene 109 procesos sumariales administrativos: 19 piezas sumariales del año 2017; 15 sumarios del año 2018; 32 piezas sumariales del año 2019; 29 sumarios en el año 2020; 14 sumarios del año 2021 de los cuales los sumarios instruidos por los Decretos Alcaldicios N° 287, 1955, 2074, 2901, 2923, 452, 008, 1683 y 1687, todos del año 2017; Decreto Alcaldicio N° 3603 año 2018, Decretos Alcaldicios N° 1024, 1706, 1708, 1889, 1890 y 2036 todos del año 2019; Decreto Alcaldicio N° 09 de 2021 poseen alta relevancia, toda vez que ellos fueron incoados a requerimiento de la Contraloría General de la República. Dice que reiteró en varias oportunidades puso en conocimiento que es la única funcionaria a contrata con tal cantidad de sumarios, sin que fuese respondido, incluso con el alcalde, debiendo realizar tales labores en la dirección de asesor
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SANTIAGO, uno de octubre de dos mil veinticuatro Vistos, oídos y considerando: Que en causa T- 2618-2024, ELIZABETH CAROLINA OLGUIN RIOS, Abogada, Funcionaria Municipal, cédula nacional de identidad Nº 12.683.723-2, denuncia de tutela laboral por vulneración de derechos fundamentales, en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE MAIPÚ, Rut. 69.070.900-7, representada legalmente de acuerdo al artículo
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