2º Juzgado de Letras de Linares

LÓPEZ/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LINARES

Rol

C-1303-2024

Fecha

12 de septiembre de 2024

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: 1.- A folio 1, comparece do a ñ NANCY DEL PILAR LOPEZ TORRES, empleada p blica, domiciliada en Villa Jard n del Este, calle Ram n Olate N 1414,ú í ó ° comuna de Linares, quien presenta demanda en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LINARES, persona jur dica de derecho p blico,í ú representada legalmente por don MARIO MEZA V SQUEZÁ , en su calidad de Alcalde Municipal, ambos domiciliados en Kurt Moller 391 de Linares. Refiere que seg n consta en certificado de estado de dú euda que adjunta, el inmueble ubicado en Villa Jard n del Este, calle Ram n Olate N 1414í ó ° , Rol de Aval o N 1137-20ú ° , de la comuna de Linares, tiene una deuda por concepto de aseo domiciliario desde el mes de abril de 2018 hasta el mes de noviembre de 2023, por un valor total de $ 447.234.- Agrega que se adeudan estos pagos desde hace varios a os y en consecuencia,ñ tesorer a municipal estima que deben pagarse todos estos derechos insolutos, lo queí en su actual condici n le resulta imposible realizar, dado el alto costo de los mismosó Código: XFXXXPSRMXY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1303-2024 Foja: 1 y la circunstancia de que la mora en el pago de dichos derechos se ha generado por una situaci n que ha escapado a su posibilidad de cumplir con dichos aranceles, todaó vez que no cuenta con una situaci n econ mica adecuada que le permita destinaró ó tan alta suma de dinero al pago de estos servicios, lo que en definitiva imposibilita cumplir con el pago de la deuda antes mencionada. En cuanto a derecho, indica que el Decreto Ley 3063 sobre Rentas Municipales, atingente sobre la materia, se ala en su art culo 7 : Lasñ í º “ municipalidades cobrar n una tarifa anual por el servicio de aseo. Dicha tarifa, queá podr ser diferenciada seg n los criterios se alados en el art culo anterior, se cobrará ú ñ í á por cada vivienda o unidad habitacional, local, oficina, kiosco o sitio eriazo. Cada municipalidad fijar la t

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1, comparece do a Nancy del Pilar L pez Torres,ñ ó presentando demanda de prescripci n de derechos de aseo domiciliario en contra deó la Ilustre Municipalidad de Linares, representada por su alcalde, don Mario Meza V squez, en virtud de las razones de hecho y de derecho que se consignaron en loá expositivo de este fallo. SEGUNDO : Que a folio 6, la parte demandada expone que los hechos expuestos en la demanda son efectivos y se allana a la solicitud de la demandante. TERCERO: Que la parte demandante acompa los siguientes documentos:ñó 1. Estado de Deuda consistente en un cuadro resumen de los derechos cobrados por la Ilustre Municipalidad de Linares. 2. Certificado de Aval o del inmueble ubicadoú Avenida Ram n Olate Nó ° 1414, comuna de Linares. CUARTO: Que la prescripci n es un modo de adquirir las cosas ajenas, o deó extinguir las acciones y derechos ajenos, por haberse pose do las cosas o no haberseí ejercido dichas acciones y derechos durante cierto lapso de tiempo, y concurriendo los dem s requisitos legales, y se encuentra tratada en el C digo Civil, en los art culosá ó í 2492 y siguientes. QUINTO: Que la prescripci n liberatoria es una instituci n que tiene comoó ó principal objeto el otorgar certeza y seguridad a las relaciones jur dicas que ligan aí los sujetos de derecho, instando en definitiva a que los part cipes de dichas relacionesí no se hallen vinculadas en forma indefinida, provocando de aquella manera incertidumbre y falta de consolidaci n en sus situaciones jur dicas. ó í De esta manera, la prescripci n extintiva, se constituye en un castigo para eló actor negligente que no hace valer sus derechos en el tiempo que fija la ley. SEXTO: Que ante la no controversia de los hechos por parte de la demandada, lo expuesto por la actora en el libelo de demanda y el certificado de deuda antes descrito, es posible colegir que la demandante presenta una deuda por Código: XFXXXPSRMXY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1303-2024 Foja: 1 concepto de derechos de aseo domiciliario, correspondiente a los periodos desde abril de 2018 hasta noviembre de 2023, ambos inclusive. SEPTIMO: Que asentado lo anterior, ha de se alarse que cada una de lasñ parcialidades de la obligaci n que invoca la demandante respecto de los derechos deó aseo domiciliario, se han hecho exigibles en sus respectivas fechas de vencimiento (meses de abril, junio, septiembre y noviembre de cada a o), inici ndose desde esañ á poca, y para cada una de ellas, el lapso de inactividad del acreedor necesario paraé la declaraci n de prescripci n alegada.ó ó Que en este contexto, y atendido a la fecha de la notificaci n de la presenteó demanda, es dable establecer que ha transcurrido ntegramente el plazo deí prescripci n que establece el art culo 2521 del C digo Civil respecto de las deudasó í ó indicadas en el documento no objetado de fojas 1, que va desde abril de 2018 hasta

Fallo

Fallo Sentencia Definitiva Fecha de Ingreso 15 de julio de 2024 Materia Prescripci n Extintivaó Caratulado “L pez con I. Municipalidad Linaresó ” Procedimiento Ordinario Demandante Nancy del Pilar L pez Torresó C.I. 10.672.678-7 Abogado Paulina del Campo Almuna C.I. 12.791.363-3 Demandado Ilustre Municipalidad de Linares Rut 69.130.300-4 Abogado Gonzalo Rebolledo Gonzalez C.I. 16.537.110-0 Juez Paula Luengo Montecino Cit. O rí Sentencia 02 de septiembre de 2024 Linares, doce de septiembre de dos mil veinticuatro. VISTO: 1.- A folio 1, comparece do a ñ NANCY DEL PILAR LOPEZ TORRES, empleada p blica, domiciliada en Villa Jard n del Este, calle Ram n Olate N 1414,ú í ó ° comuna de Linares, quien presenta demanda en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LINARES, persona jur dica de derecho p blico,í ú representada legalmente por don MARIO MEZA V SQUEZÁ , en su calidad de Alcalde Municipal, ambos domiciliados en Kurt Moller 391 de Linares. Refiere que seg n consta en certificado de estado de dú euda que adjunta, el inmueble ubicado en Villa Jard n del Este, calle Ram n Olate N 1414í ó ° , Rol de Aval o N 1137-20ú ° , de la comuna de Linares, tiene una deuda por concepto de aseo domiciliario desde el mes de abril de 2018 hasta el mes de noviembre de 2023, por un valor total de $ 447.234.- Agrega que se adeudan estos pagos desde hace varios a os y en consecuencia,ñ tesorer a municipal estima que deben pagarse todos estos derechos insolutos, lo queí en su actual condici n le result

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C-1303-2024 Foja: 1 FOJA: 10 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Linaresº CAUSA ROL : C-1303-2024 CARATULADO : L PEZ/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DEÓ LINARES Causa C-1303-2024 Tipo de Fallo Sentencia Definitiva Fecha de Ingreso 15 de julio de 2024 Materia Prescripci n Extintivaó Caratulado “L pez con I. Municipalidad Linaresó ” Procedimiento Ordinario Demandante Nancy d

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