BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/AMASANDERIA ALDO RAMON FUENTES OVALLE EIRL
Rol
C-1786-2024
Fecha
5 de septiembre de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Al folio 1, Bernardo Andr s Aedo Cerna, abogado, domiciliado ené calle Arauco 163 Of. 24, Piso II, Valdivia, en representaci n del ó Banco de Cr dito e Inversionesé , sociedad bancaria de con domicilio en Calle Arauco N 101, Valdivia, como consta de endoso en comisi n de cobranza,° ó deduce demanda ejecutiva en contra de Amasander a Aldo Ramoní Fuentes Ovalle Empresa Individual de Responsabilidad Limitada , ignoro giro que ha sido obligada actuando mediante su representante legal don Aldo Ramon Fuentes Ovalle, ignora ocupaci n, asimismo, es acreedoró de don Aldo Ramon Fuentes Ovalle, todos con domicilio en Marí Graham 3301, Torreones 5, comuna Valdivia, que consta del t tulo queí individualizo a continuaci n:ó Pagar suscrito a la orden de su mandante por Amasander a Aldoé í Ramon Fuentes Ovalle Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (la que actu representada por do a Barbara Andrea Silva Pincheira C.I.:ó ñ 13.923.724-2, empleado, de su mismo domicilio, seg n mandato yú personer a acompa ado en un otros de esta presentaci n), a 26 deí ñ í ó septiembre de 2023 por la suma de $4.727.099.- en capital. Esta obligaci n devengar a un inter s del 10,2% anual vencido,ó í é durante todo el plazo pactado. Se estableci en el referido pagar que el capital adeudado m s losó é á intereses se pagar aí n en 33 cuotas mensuales, iguales y sucesivas, de $167.781.- cada una, con vencimientos los d as 20 de cada mes, siempreí que fueran h biles bancarios, ya que, si no lo tendr an al d a h bil bancarioá í í á siguiente, lo que debe tenerse presente al examinar el t tulo y contraponerloí a las fechas indicadas en esta demanda. La primera de dichas cuotas venció el 20 de diciembre de 2023. Ahora bien, como consta en el citado pagar , esta obligaci n esté ó á caucionada con el Fondo de Garant a para Peque os Empresariosí ñ Código: TTXVXPFXWDU Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl (FOGAPE), conforme a la Ley
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Al folio 1, se tuvo por interpuesta pide tener por entablada demanda en juicio ejecutivo en contra de Amasander a Aldoí Ramon Fuentes Ovalle Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, representada legalmente por don Aldo Ramon Fuentes Ovalle, en su calidad de suscriptor y deudor, as como en contra de don Aldo Ramon Fuentesí Ovalle en su calidades de avales y codeudores solidarios, ya individualizados, ordenando se despache mandamiento de ejecuci n yó embargo en su contra por la suma de $4.673.162, correspondiente a la amortizaci n de capital de las ltimas cuotas impagas, a la que debeó ú adicionarse intereses a tasa m xima convencional desde el d a siguiente alá í vencimiento de la cuota impaga, hasta el d a de soluci n total, m s lasí ó á costas, incluyendo que el cr dito corresponde al programa FOGAPE Chileé Apoya; y en definitiva acoger la presente demanda ejecutiva, ordenando se siga adelante la ejecuci n hasta hacerse a su representado entero y cumplidoó pago de todo lo adeudado. Código: TTXVXPFXWDU Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl SEGUNDO: Consta en autos, la custodia N 1236-2024 el pagar° é N D07400108994, º suscrito por el representante las demandadas, autorizado por la Notario P blico Pilar Gutierrez. ú TERCERO: Al folio 8, el ejecutado, opuso las siguientes excepciones a la ejecuci n:ó 1.- La del N 2 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil,º í ó esto es, la falta de capacidad del demandante o de personer a oí representaci n legal de que comparezca a su nombre:ó Consta del m rito del proceso, que el abogado de la contraparte, doné Bernardo Aedo Cerna, supuestamente ha comparecido en representaci n deó BANCO DE CHILE [sic], invocando para ello Mandato Judicial otorgado por escritura p blica ante Notario respectivo, en virtud del cual se les haú otorgado supuestamente poder especial para la representaci n judicial.ó Con ello es imperante, tener en consideraci n lo siguiente:ó - La parte demandante fundamenta su personer a en una escrituraí p blica sin que se d cuenta fehacientemente que no haya sido revocada,ú é existiendo dudas respecto si la personer a efectivamente existe, o de existir,í si se encuentra vigente o no, sin que acompa e la copia vigente.ñ - As mismo, tampoco consta la vigencia del mandato judicial ení virtud del cual el Representante Legal de la parte demandante confiri“ ” ó poder suficiente para representarlo en juicio ni las facultades con las que este cuenta en conformidad a lo establecido en el art culo s ptimo delí é C digo de Procedimiento Civil, toda vez que la fecha en virtud de la cual seó otorg dicho mandato judicial, y la fecha en virtud de la cual se interpusoó demanda ejecutiva en mi contra, fluct an de un amplio margen de tiempo yú distancia, no permitiendo a esta parte ni a SS., tener el convencimiento irrevocable de que las partes del proceso est n actuando conforme aá Derecho. Como SS., bien sabe e
Fallo
Por estas consideraciones, pide tener por entablada demanda en juicio ejecutivo en contra de Amasander a Aldo Ramon Fuentes Ovalle Empresaí Individual de Responsabilidad Limitada, representada legalmente por don Aldo Ramon Fuentes Ovalle, en su calidad de suscriptor y deudor, as comoí Código: TTXVXPFXWDU Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl en contra de don Aldo Ramon Fuentes Ovalle en su calidades de avales y codeudores solidarios, ya individualizados, ordenando se despache mandamiento de ejecuci n y embargo en su contra por la suma deó $4.673.162, correspondiente a la amortizaci n de capital de las ltimasó ú cuotas impagas, a la que debe adicionarse intereses a tasa m ximaá convencional desde el d a siguiente al vencimiento de la cuota impaga, hastaí el d a de soluci n total, m s las costas, incluyendo que el cr ditoí ó á é corresponde al programa FOGAPE Chile Apoya; y en definitiva acoger la presente demanda ejecutiva, ordenando se siga adelante la ejecuci n hastaó hacerse a su representado entero y cumplido pago de todo lo adeudado. Al folio 6 y 7, con fecha 6 de julio de 2024 se notific personalmenteó a los demandados en sus respectivas calidades y se les requiri de pago.ó Al folio 8, los ejecutados opusieron las excepciones de los N 2, N 4,° ° N 7, y N ° ° 14 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil. í ó Al folio 11, el demandante evacu e traslado en tiempo y forma.ó Al folio 13, se declararon a
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Valdivia CAUSA ROL : C-1786-2024 CARATULADO : BANCO DE CR DITO EÉ INVERSIONES/AMASANDERIA ALDO RAMON FUENTES OVALLE EIRL Valdivia, cinco de septiembre del a o dos mil veinticuatro. ñ VISTOS: Al folio 1, Bernardo Andr s Aedo Cerna, abogado, domiciliado ené calle Arauco 163 Of. 24, Piso II, Valdivia, en representaci n del ó Banco de Cr di
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