FRÍAS/SERVICIOS MARÍTIMOS SUR CARGO SPA.
Rol
O-467-2023
Fecha
26 de septiembre de 2024
Materia
Despido indirecto, Nulidad del despido, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
hechos que motivaron el auto despido dicen relación con el no pago de cotizaciones previsionales de AFP HABITAT durante los meses de junio, julio, agosto, septiembre, octubre y noviembre del año 2022 y febrero del año 2023; no pago de cotizaciones previsionales FONASA de los meses de mayo, junio, julio, agosto y septiembre del año 2022 y febrero del año 2023, y no pago de cotizaciones AFC de los meses de mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre y noviembre del año 2022 y febrero del año 2023 y el no contar con descansos de ocho horas continuas estando a bordo. Previas citas legales y jurisprudenciales solicita que se acoja la demanda y se declare: 1.- Que Naviera Selknam SpA, Servicios Marítimos Selknam SpA, Compañía Naviera Selknam SpA y Servicios Marítimos Sur SpA son único empleador para efectos laborales y previsionales. 2.- Que las demandadas han incurrido en incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato de trabajo y que por ende se declare concluida la relación laboral el 9 de mayo de 2023 por despido indirecto. 3.- Que el despido es nulo. 4.- Que prestó servicios bajo régimen de subcontratación. 5.- Que las demandadas deberán responder solidariamente según corresponda. 6.- Que las demandadas deberán pagarle las siguientes prestaciones e indemnizaciones: a.- Indemnización por 2 años de servicios por la suma de $ 5.712.074. b.- Incremento legal del 50% sobre la indemnización por años de servicios ascendente a la suma $ 2.856.037. c.- Indemnización sustitutiva del aviso previo ascendente a $ 2.856.037. d.- Feriado legal correspondiente al periodo de trabajo 2021-2022, equivalentes a 21 días de remuneración por la suma de $ 1.999.226. e.- Feriado proporcional desde el 24 de agosto de 2022 al 9 de mayo del 2023 correspondientes a 15 días de remuneración por la suma de $ 1.428.018. f.- Remuneraciones que se devenguen desde la terminación del contrato de trabajo y hasta el íntegro pago de las cotizaciones morosas a razón de $2.856
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 8, 10, 162, 171, 173, 183-A y siguientes, 446 y siguientes del Código del Trabajo, se declara: I.- Que se acoge la demanda interpuesta por don Yuri Frías Morales, en contra de Naviera Selknam SpA, Servicios Marítimos Selknam SpA, Compañía Naviera Selknam SpA y Servicios Marítimos Sur Cargo SpA, y en consecuencia se declara: 1.- Que las demandadas Servicios Marítimos Selknam SpA, Rut 77.683.189-1, Naviera Selknam SpA, Rut 77.308.167-0, Compañía Naviera Selknam SpA, Rut 77.001.159-0, y Servicios Marítimos Sur Cargo SpA, Rut 77.747.621-1, constituyen un solo empleador para efectos laborales y previsionales. 2.- Que la relación laboral entre las partes terminó el 9 de mayo de 2023, por despido indirecto en razón de que el empleador incurrió en la causal contenida en el artículo 160 N°7 del Código del Trabajo. 3.- Que el auto despido ha sido nulo por el no pago de cotizaciones previsionales al trabajador. 4.- Que las demandadas Naviera Selknam SpA, Servicios Marítimos Selknam SpA, Compañía Naviera Selknam SpA y Servicios Marítimos Sur Cargo SpA, deberán pagar en forma solidaria al demandante las siguientes prestaciones: a) Indemnización por dos años de servicios por la suma de $5.712.074. b) Incremento legal del 50% sobre la indemnización por años de servicios por la suma de $2.856.037. c) Indemnización sustitutiva del aviso previo por la suma de $ 2.856.037. d) Feriado legal correspondiente al peri
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Puerto Montt, veintiséis de septiembre de dos mil veinticuatro. VISTOS, OÍDOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Comparece Yuri Frías Morales, oficial mercante, domiciliado en Yungay N°549, Quillota, quien interpone demanda de despido indirecto y cobro de prestaciones laborales en contra de: i) su ex empleador Naviera Selknam SpA. RUT 77.308.167-0, persona jurídica del giro de su denominación, represe
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