CARRIÓN/
Rol
V-141-2024
Fecha
4 de septiembre de 2024
Materia
BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: En el folio 1 de estos antecedentes digitales del ingreso civil rol V 141 2024, relativos a Reclamo de Negativa del Conservador a inscribir, comparece don César Andrés Triviño Lavanderos, Abogado, en representación convencional de don Mario Carrión Soto, chileno, soltero, pensionado, RUN 5.829.698-8, domiciliado en calle Carabinero Maldonado N°02 de la ciudad de Osorno, quien de conformidad con el artículo 18 del Reglamento, Reclama Que vengo en solicitar a Usía., se sirva ordenar al Señor Conservador de Bienes Raíces de Osorno, la inscripción y/o anotación marginal que corresponda o sea procedente de la ampliación de la posesión efectiva de los bienes y derechos quedados al fallecimiento de don Jose Antonio Epuyao, RUN 2.821.099-K, según los antecedentes de hecho y de derecho que procedo a exponer. POSESIÓN EFECTIVA DEL CAUSANTE DON JOSÉ ANTONIO EPUYAO. Según consta de la documentación que se acompaña en esta presentación, con fecha 10 de febrero del año 2016 falleció el Sr. Jose Antonio Epuyao, RUN 2.821.099-K. Que, con fecha 04 de julio del año 2019 don Mario Carrion Soto -su hijo- solicitó ante el Servicio de Registro Civil e Identificación la Posesión Efectiva del causante don José Antonio Epuyao, indicando a dos personas como herederas, el solicitante Mario Carrion Soto, y su hermana doña Gladys Edith Carrion Soto. La solicitud anterior fue acogida, inscribiéndose la posesión efectiva en el Registro Nacional de Posesiones Efectivas del Servicio de registro Civil e Identificación de Chile, bajo el N° 42455 del año 2019, documento que se acompaña en este acto. La Posesión Efectiva señalada en el párrafo anterior dio origen a la inscripción conservatoria de fojas 2572 vuelta, N°4278 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Osorno del año 2023, la que indica lo pertinente 1 Código: FMXBXPLXCZT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl indica lo siguiente: “...La sucesión compu
Fundamentos
FUNDAMENTOS DEL RECLAMO: El reparo o rechazo consignado resulta legalmente improcedente y constituye un grave perjuicio para mi representado y el resto de herederos del causante, por lo que es objeto del presente reclamo judicial. De tal forma, en razón de lo establecido en el artículo 18 del Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Raíces, vengo en formular reclamo en contra de la negativa del Conservador de Bienes Raíces de Osorno. El art. 13 del Reglamento establece que: “El Conservador no podrá rehusar ni retardar las inscripciones: deberá, no obstante, negarse, si la inscripción es en algún sentido legalmente inadmisible; por ejemplo, si no es auténtica o no está en el papel competente la copia que se le presenta; si no está situada en el departamento o no es inmueble la cosa a que se refiere; si no se ha dado al público el aviso prescrito en el artículo 58; si es visible en el título algún vicio o defecto que lo anule absolutamente, o si no contiene las designaciones legales para la inscripción”. Tal norma, establece la obligación del Conservador de practicar la inscripción o subinscripción marginal en este caso ,ya que se trata de la ampliación de una posesión efectiva que ya se encuentra inscrita, y en que se agregaron dos herederos. El mencionado artículo 13 del Reglamento establece como causal genérica para su rechazo el hecho que ella sea en algún sentido legalmente inadmisible, procediendo luego a señalar ejemplos de ello. De tal forma, si bien es cierto le asiste al Conservador el derecho a negar una inscripción, cuando, a su parecer, ella sea legalmente inadmisible, es imperativo que fundamente su rechazo lo que no ocurrió, y por lo demás según los antecedentes que se exponen y se acompañan, no se configura ninguna de las causales del artículo 13 del 3 Código: FMXBXPLXCZT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Reglamento, por lo que el Sr. Conservador debió proceder a practicar la subinscripción correspondiente. En razón de lo expuesto, la causal de rechazo invocada por el Sr. Conservador de Bienes Raíces no se encuentra ajustada a derecho, por lo que corresponde acoger el presente reclamo”. En el folio 4, consta informe del Conservador. En el folio 5, se traen los antecedentes para fallo. CON LO RELACIONADO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que don César Andrés Triviño Lavanderos, Abogado, en representación convencional de don Mario Carrión Soto, solicitó ordenar al Conservador de Bienes Raíces de Osorno, que proceda a practicar inscripción y/o anotación marginal que corresponda o sea procedente de la ampliación de la posesión efectiva de los bienes y derechos quedados al fallecimiento de don Jose Antonio Epuyao, RUN 2.821.099-K. Fundó lo anterior, en los antecedentes a que ya han sido expuestos. SEGUNDO: Que para lo anterior acompañó en el folio 1, los siguientes documentos: 1.- Solicitud de posesión efectiva intestada ante el Servicio de Registro Civil e Ident
Fallo
se declara: Que acoge la solicitud de folio 1, interpuesta por don César Andrés Triviño Lavanderos, Abogado, en representación convencional de don Mario Carrión Soto, y se ordena al Conservador de Bienes Raíces de Osorno, que inscriba en sus registros la rectificación de inscripción de los bienes y derechos quedados al fallecimiento de don Jose Antonio Epuyao, RUN 2.821.099-K, en los mismos términos a que se refiere el duplicado certificado de posesión efectiva acompañado en el folio 1 y también en el Informe del Conservador. 7 Código: FMXBXPLXCZT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Transcríbase, notifíquese por correo electrónico al Abogado del solicitante, una vez firme, comuníquese en forma electrónica por el señor Secretario subrogante al Conservador para su estricto cumplimiento. Rol V 141 2024.- Dictó Luis Meza Marín, Juez titular del Segundo Juzgado de Letras de Osorno. 8 Código: FMXBXPLXCZT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-09-04T16:15:46-0400
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Osorno, cuatro de septiembre de dos mil veinticuatro. VISTO: En el folio 1 de estos antecedentes digitales del ingreso civil rol V 141 2024, relativos a Reclamo de Negativa del Conservador a inscribir, comparece don César Andrés Triviño Lavanderos, Abogado, en representación convencional de don Mario Carrión Soto, chileno, soltero, pensionado, RUN 5.829.698-8, domiciliado en calle Carabinero Mald
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