10º Juzgado Civil de Santiago

ITAUCORPBANCA/VALENZUELA

Rol

C-2328-2021

Fecha

4 de septiembre de 2024

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: En folio 1, mediante presentación de fecha cuatro de marzo de 2021, comparece el abogado don Jorge Patricio González Anguita, con domicilio en calle Miraflores N°130 piso 27, de la comuna de Santiago, en representación de Itaú Corpbanca, antes Corpbanca, sociedad anónima bancaria cuyo representante legal es don Gabriel Amado de Moura, cédula de identidad N°25.345.916-6, ingeniero comercial, y ésta, a su vez, en representación convencional de la Tesorería General de la República de Chile, RUT N°60.805.000-0, representada legalmente por don Hernán Frigolett Córdova, cédula de identidad N°6.367.513-K, economista, todos domiciliados para estos efectos en calle Rosario Norte N°660, comuna de Las Condes, deduciendo demanda ejecutiva en contra de don Carlos Sebastián Valenzuela Ramos, cuya profesión u oficio ignora, domiciliado en Pasaje El Rodeo N°449, Los Campos de Doña Beatriz, de la comuna de Chillán, a objeto que se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de UF1071,2542, equivalente en pesos al día 10 de febrero de 2021 a la suma de $31.233.852 por concepto de capital, más los intereses pactados, devengados y los que se devenguen hasta el día del exacto e íntegro pago de la obligación, disponiendo seguir adelante con la ejecución hasta que a su representado se le haga entero y cumplido pago de lo adeudado, con costas. Funda su acción en el hecho de ser el demandado deudor vencido de los siguientes pagarés: 1) Pagaré por un monto en capital de UF32,8499, con vencimiento el día 10 de febrero de 2021. 2) Pagaré por un monto en capital de UF415,3617, con vencimiento el día 10 de febrero de 2021. 3) Pagaré por un monto en capital de UF623,0426, con vencimiento el día 10 de febrero de 2021. Indica que los documentos suman la cantidad de UF1071,2542, y en ellos se estipuló que el capital adeudado devengaría a contar del 10 de febrero de 2021 Código: NXCGXPLMZWT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece el abogado don Jorge Patricio González Anguita, en representación de Itaú Corpbanca, antes Corpbanca, deduciendo demanda ejecutiva en contra de don Carlos Sebastián Valenzuela Ramos, a objeto que se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de UF1071,2542, equivalente en pesos al día 10 de septiembre de 2020 a la suma de $31.233.852 por concepto de capital, más los intereses pactados, devengados y los que se devenguen hasta el día del exacto e íntegro pago de la obligación, disponiendo seguir adelante con la ejecución hasta que a su representado se le haga entero y cumplido pago de lo adeudado, con costas. SEGUNDO: Que la parte demandada opuso a la ejecución únicamente la excepción contemplada en el Nº17 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, es decir, la prescripción de la deuda o sólo de la acción ejecutiva, solicitando sea acogida, con costas, fundándose en los antecedentes ya referidos en la parte expositiva de este fallo. TERCERO: Que el ejecutante no evacuó en tiempo y forma el traslado conferido, por lo que se tuvo por evacuado en su rebeldía. CUARTO: Que se recibió la causa a prueba, fijándose como único hecho substancial, pertinente y controvertido, la efectividad de encontrarse prescrita la acción. QUINTO: Que la parte demandante, en lo que tiene relevancia para esta litis, acompañó a estos autos, en folio 3 del cuaderno principal, los siguientes documentos, ninguno de ellos objetado por la contraria: 1.- Pagaré sin obligación de protesto Financiamiento de Estudios de Educación Superior con Garantí del Estado, Fisco de Chile, a la orden de Itaú Corpbanca, suscrito por doña Constanza Bravo Rojas, cuya firma se encuentra autorizada por Notario Público, en representación de Itaú Corpbanca, y ésta en representación de la deudora doña Celeste Anahi Bustos Riquelme, emitido con fecha siete de septiembre de 2020 por el monto de UF18,1147, pagadero con fecha 10 de septiembre del mismo año. Documento guardado en custodia del tribunal bajo el N°362-2021. 2.- Pagaré sin obligación de protesto Financiamiento de Estudios de Educación Superior con Garantí del Estado, Fisco de Chile, a la orden de Itaú Corpbanca, suscrito por doña Constanza Bravo Rojas, cuya firma se encuentra autorizada por Notario Público, en representación de Itaú Corpbanca, y ésta en representación de la deudora doña Celeste Anahi Bustos Riquelme, emitido con Código: NXCGXPLMZWT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2328-2021 Foja: 1 fecha siete de septiembre de 2020 por el monto de UF163,.0326, pagadero con fecha 10 de septiembre del mismo año. Documento guardado en custodia del tribunal bajo el N°362-2021. 3.- Contrato de Apertura de línea de Crédito para Estudiantes de Educación Superior con Garantía Estatal, según Ley 20.027, suscrito con fecha 28 de julio de 2014 entre Corpbanca y la deudora doña Celeste Anahi Bustos Riquelme, cu

Fallo

se resuelve: I.- Que se acoge la excepción del N°17 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, opuesta por el ejecutado en el segundo otrosí de su presentación de folio 14 del cuaderno principal, de fecha cinco de noviembre de 2023; en consecuencia, se rechaza la ejecución, absolviéndose al ejecutado. II.- Que cada parte pagará sus propias costas. Regístrese, notifíquese y, en su oportunidad, archívese. Rol C-2328-2021. Pronunciada por Karina Portugal Cuevas, Jueza Suplente del Décimo Juzgado Civil de Santiago. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, cuatro de septiembre de dos mil veinticuatro Código: NXCGXPLMZWT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-09-04T14:42:15-0400

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C-2328-2021 Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 10 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-2328-2021 CARATULADO : ITAUCORPBANCA/VALENZUELA Santiago, cuatro de septiembre de dos mil veinticuatro VISTOS: En folio 1, mediante presentación de fecha cuatro de marzo de 2021, comparece el abogado don Jorge Patricio González Anguita, con domicilio en calle Miraflores N°130 piso 27, de la co

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