Juzgado de Letras y Gar.de pto.Aysen

HENRÍQUEZ/VIGNEAUX

Rol

C-206-2023

Fecha

4 de septiembre de 2024

Materia

SERVIDUMBRE LEGALES

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 18 de abril del 2023, comparece el abogado Cristian Barria Contreras, c dula de identidad 13.526.685-K, en representaci n, de do a é ó ñ Cecilia Hortensia Henr quez Mansillaí , casada, comerciante, c dula de identidad 14.498.495-1, ambosé domiciliados para estos efectos en calle Cereceda n 590, Puerto Ays n, quien° é interpone demanda de constituci n de servidumbre de tr nsito en contra deó á AGRICOLA LA PALOMA SpA, sociedad chilena, del giro inmobiliario y de inversiones, RUT: 76.832.962-1, representada por don Walter Anselmo Gillibrand Mellado, comerciante, c dula de identidad 5.843.771-9 y/o don Walter Fabiané Gillibrand Vargas, factor de comercio, c dula de identidad 10.039.798-6, todosé domiciliados en Camino a Lago Riesco, kil metro 5, Puerto Ays n, y en contra deó é FRANCISCO ERNESTO VIGNEAUX CAMPOS, chileno, profesor, c dula deé identidad 10.193.730-5, domiciliado en Martin Alonso Pinz n n 7.444, departamentoó ° 903, comuna de Las Condes, Regi n Metropolitana, en virtud de que su representadaó es due a de un inmueble ubicado en el lugar denominado Rio Blanco, kil metro seis,ñ ó camino a Lago Riesco, de la comuna y provincia de Ays n, Regi n de Ays n, delé ó é General Carlos Ib ez del Campo, de una superficie aproximada de 103,30 hect reas,áñ á individualizado en el Plano N mero 11.201-2.287, inscrito a fs. 185 n 184 del Registroú ° de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Ays n del a o 2022 y cuyosí é ñ deslindes son los siguientes: NORTE: Anselmo Gillibrand Mosquera en l nea quebrada, comprendida entre losí v rtices A-B, separado por cerco;é ESTE: Sucesi n Jos Pacheco Barria, dividida en dos tramos o parcialidades,ó é comprendida entre los v rtices B-C, separado por l nea sinuosa (senda), y los v rticesé í é C-D, separado por l nea recta imaginaria y Pedro Schulteis Barrientos en l nea sinuosaí í del pie de barda, comprendida entre los v rtices D-E;é SUR: Terreno Fiscal, en l nea sinuosa del pie de barda, comprendida entre los v rt

Fundamentos

fundamentos de la acci n incoada por la actora, esta sustenta su petici n en la normaó ó del ART. 850 del C.C., la cual no obstante es inaplicable en la especie, pues cabe tener presente que la norma del art culo 850 del C digo Civil excluye expresamente laí ó norma del art culo 847 del mismo cuerpo legal, pues el art culo 850 del c digo civil,í í ó busca se constituya una servidumbre evitando aplicar el art culo 847 y de la lectura delí extenso libelo, pareciera que la actora no tiene claridad en su petici n.ó Agrega que el art culo 850 es improcedente, ya que no se dan los presupuestosí f cticos para su aplicaci n: á ó “Si se vende o permuta alguna parte de un predio, o si es adjudicada a cualquiera de los que lo pose an proindiviso, y en consecuencia esta parteí viene a quedar separada del camino, se entender concedida a favor de ella unaá servidumbre de tr nsito, sin indemnizaci n alguna.á ó Tal como lo se ala la” ñ demandante el predio cuya posesi n inscrita detenta lo comenz a poseeró ó regularmente desde el a o 2021, por lo que mal puede hablar de posesiones desdeñ “ tiempos inmemoriales , como fundamentos de hecho de su acci n. Argumento que por” ó lo dem s ya fue absolutamente descartado tanto por el tribunal de US. al resolver unaá infunda demanda declarativa de Servidumbre bajo el Rol C-262-2020, como por el Tribunal de Alzada al sentenciar en Acci n Cautelar Rol 1118-2019, dondeó reiteradamente se le ha indicado a la actora que la servidumbre es un derecho real, que por su condici n de discontinua, no puede adquirirse por prescripci n y requiereó ó siempre requiere de un t tulo.í Código: GVXLXPQVCQT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl El art culo 831 del C digo Civil se ala que, seg n su origen, las servidumbresí ó ñ ú pueden ser: naturales: aquellas que provienen de la natural situaci n de los lugares;ó legales: aquellas que son impuestas por la ley, o voluntarias, que son constituidas por un hecho del hombre y por su parte el art culo 839 del mismo cuerpo normativo,í prescribe que las legales son relativas al uso p blico, o a la utilidad de los particulares;ú y el art culo 841 del mismo cuerpo normativo sit a entre las servidumbres legales a laí ú de tr nsito.á Como lo se ala la actora, las partes han sostenido m ltiples conversaciones enñ ú orden a regular esta situaci n existiendo principios de acuerdos, incluso ofertas de suó representada en orden a gestionar accesos para la demandante por un lugar diverso de propiedad de terceros, los cuales siempre fracasan, no por disposici n de losó representantes de Agr cola la Paloma SpA, sino muy por el contrario, lisa y llanamenteí fracasan, porque la actora ofrece condiciones para negociar imposibles de concretar, ya que ofrece permutas sobre parte de su predio a condici n de que se le otorgue unaó servidumbre pero olvida que su condici n de prescribiente al amparo del D.L. 2695,ó trae aparejada un prohibici n de gravar po

Fallo

Fallo Corte Apelaciones Coyhaique Rechaza Recurso de Protecci n Rol 1118-2019.ó 21.- Autorizaci n Cecilia Henr quez a Transportes M&D julio 2020.ó í Código: GVXLXPQVCQT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 22.- Autorizaci n de empr stito a M&D Transportes a o 2021.ó é ñ 23.- Contrato arrendamiento planta de agua purificada a Importadora 7 SpA a o 2021.ñ 24.- Contrato de extracci n de ridos a o 2021.ó á ñ 25.- Ordinario Direcci n de Obras Hidr ulicas n 577 a o 2021 a director DOMó á ° ñ Municipalidad Ays n.é 26.- Decreto Alcaldicio 1168 a o 2022 aprueba extracci n de ridos.ñ ó á 27.- Set de fotograf as casa e incendio.í II.- Testimonial: 1.- JOS DANIEL BARRERA RIVERA, c dula de identidad N 9.193.331-4, 60 a os,É é ° ñ casado, comerciante, domiciliado en calle 5 de abril S/N,Puerto Ays n, quien juramentadoé legalmente y sin tacha, en lo pertinente, se ala que no tiene inter s en la presente causa ni leñ é beneficia su resultado. Refiere, que conoce a la Sra. Henr quez desde hace cinco a os, yaí ñ que era cliente de su local comercial; que al demandado Francisco Ernesto Vigneaux Campos, no lo conoce; y respecto a la empresa la Paloma, la conoce por sus due osñ Gilibrand, y adem s por su actividad anterior que era taller de redes, rubro en el cual seá desenvuelve. Respecto al punto de prueba N 1, no se presenta.° Consultado el punto de prueba N 2, se ala que es efectivo. Refiere, que hace 4 a os° ñ ñ aproximadament

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FOJA: 38 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar.de pto.Aysen CAUSA ROL : C-206-2023 CARATULADO : HENR QUEZ/VIGNEAUXÍ En Puerto Ays n, tres de septiembre de dos mil veinticuatro.é VISTOS: Con fecha 18 de abril del 2023, comparece el abogado Cristian Barria Contreras, c dula de identidad 13.526.685-K, en representaci n, de do a é ó ñ Cecilia Hortensia Henr quez Mansi

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