Juzgado de Letras y Gar. de Bulnes

ROSENDE/

Rol

V-107-2023

Fecha

2 de septiembre de 2024

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: Que a folio 1, con fecha 15 de diciembre de 2023, compareció el abogado don HUGO ROSENDE HERNÁNDEZ, rut Nº 10.874.595-9, con domicilio en avenida Alonso de Córdova N° 3788, oficina 73B, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago, e indica que desea constituir una concesión minera de exploración de sustancias concesibles, sobre una superficie de 300 hectáreas. Su punto medio se encuentra ubicado en la comuna de Bulnes, provincia de Diguillín, región de Ñuble, y cuyas coordenadas U.T.M. son las siguientes: 5.925.100,00 metros Norte y 721.200,00 metros Este, referidos al Elipsoide Internacional de 1924, Datum Provisorio Sudamericano La Canoa 1956, zona 18. Para efecto de constituir la correspondiente concesión de exploración presenta este pedimento, solicitando se le otorgue una concesión minera de exploración que se denominará “JAZMIN 3”. El terreno pedido es el comprendido dentro de un cuadrado trazado en el plano horizontal, cuyas diagonales se cortan en el punto medio ya indicado, y cuyo perímetro encierra la totalidad de las hectáreas pedidas. Los lados de la configuración, en su orientación Norte-Sur U.T.M. medirán 3.000 metros, y los otros dos en su orientación Este- Oeste U.T.M. medirán 1.000 metros. Por lo expuesto y lo dispuesto en los artículos 34 y siguientes del Código de Minería, pide tener por presentado este pedimento minero, certificando la fecha y hora de presentación a través de la oficina judicial virtual, además de ordenar su inscripción y publicación en conformidad a la ley, y en definitiva declarar constituida la concesión minera de exploración, denominada “JAZMIN 3”, además, en atención a lo dispuesto en la Ley 20.886 sobre tramitación electrónica, la copia a que se refiere el artículo 50 de Código de Minería, se obtendrán de la página las que las cuales lleva la firma electrónica avanzada y su código de verificación. A folio 2, con fecha 18 de diciembre de 2023, se ordenó inscribir y publicar el pedimento minero solicitado, publicación q

Fallo

Por lo expuesto y lo dispuesto en los artículos 34 y siguientes del Código de Minería, pide tener por presentado este pedimento minero, certificando la fecha y hora de presentación a través de la oficina judicial virtual, además de ordenar su inscripción y publicación en conformidad a la ley, y en definitiva declarar constituida la concesión minera de exploración, denominada “JAZMIN 3”, además, en atención a lo dispuesto en la Ley 20.886 sobre tramitación electrónica, la copia a que se refiere el artículo 50 de Código de Minería, se obtendrán de la página las que las cuales lleva la firma electrónica avanzada y su código de verificación. A folio 2, con fecha 18 de diciembre de 2023, se ordenó inscribir y publicar el pedimento minero solicitado, publicación que se llevó a efecto en el Boletín Oficial de Minería del Diario Oficial N° 43.750 con fecha 15 de enero de 2024, según consta a folio 5 de autos. A folio 4, con fecha 19 de diciembre de 2023, se certificó por el ministro de fe del tribunal que la solicitud de pedimento minero ingresó por medio de la Oficina Judicial Virtual el día 15 de diciembre de 2023 a las 16:25:04 horas. A folio 5, con fecha 15 de marzo del presente año, la solicitante acompañó los siguientes documentos: Código: RXCQXPDLSQS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 1.- Comprobante de haberse pagado la tasa. 2.- Comprobante de haberse pagado la patente proporcional. 3.- Copia autorizada

Texto Completo (Preview)

FOJA: 11 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar. de Bulnes CAUSA ROL : V-107-2023 CARATULADO : ROSENDE/ Bulnes, dos de septiembre de dos mil veinticuatro VISTO: Que a folio 1, con fecha 15 de diciembre de 2023, compareció el abogado don HUGO ROSENDE HERNÁNDEZ, rut Nº 10.874.595-9, con domicilio en avenida Alonso de Córdova N° 3788, oficina 73B, comuna de Vitacura,

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