Juzgado de Letras de Nueva Imperial

FIGUEROA/FIGUEROA

Rol

C-245-2024

Fecha

2 de septiembre de 2024

Materia

ARBITRO Y DERIVADOS, DESIGNACION DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 13 de agosto de 2024 compareció el letrado don Luis Ivan Sanhueza Kruteler, abogado en representación de doña IRENE DEL CARMEN FIGUEROA PÉREZ, RUN N° 7.651.286-8, casada, labores de hogar, con domicilio en Avenida José Manuel Balmaceda N° 1385, comuna de Teodoro Schmidt, quien expuso: Que con fecha 17 de diciembre de 2021, falleció el padre de su representada don Manuel Figueroa Montoya, labores agrícolas, jubilado, RUN N° 2.579.778-7, como consta de certificado de defunción que acompaña. Al momento del fallecimiento del causante don Manuel Figueroa Montoya, este tenía como herederos a doña Nivia Del Carmen Figueroa Lefimil y su representada doña Irene Del Carmen Figueroa Pérez, como se desprende de los respectivos certificados de nacimiento. Afirma que al solicitarse la posesione efectiva de los respectivos bienes quedados al fallecimiento de don Manuel Figueroa Montoya ante el Servicio de Registro Civil, este al cabo de la etapa administrativa otorgó el correspondiente certificado, el cual se procedió a inscribir al margen de los respectivos títulos de dominio correspondientes a cada propiedad, generándose así las respectivas inscripciones especiales de herencia. Dice que los bienes quedados al fallecimiento del causante y respecto de los cuales existe inscripción especial de la herencia son los siguientes: A) Hijuela N° 54, inscrita a fojas 2679 N° 1926 año 2023; B) Hijuela N° 55, inscrita a fojas 2678 N° 1925, del año 2023; C) Acciones y derechos sobre el inmueble de 1883, 50 metros cuadrados, ubicado en el sector Peñehue de la comuna de Teodoro Schmidt, cuya inscripción está a fojas 3564 N° 2605 del año 2023; D) Acciones y derechos que recaen en una superficie de 2500 metros cuadrados, ubicado en el sector Huilío-Peñehue, de la comuna de Teodoro Schmidt, cuya inscripción se encuentra a fojas 2675 N° 1922, año 2023; E) Un predio con una cabida de cincuenta metros de frente por cincuenta metros de fondo, ubicado en Población Teodoro Schmidt,

Fundamentos

CONSIDERANDO: Código: XRRKXPSMFQS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 1°) Que a fin de justificar su solicitud, el interesado acompañó los siguientes documentos: a) Inscripción especial de herencia de fojas 2679 N° 1926 del Registro de propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Nueva Imperial correspondiente al año 2023; b) Inscripción especial de herencia de fojas 2678 N° 1925 del Registro de propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Nueva Imperial correspondiente al año 2023; c) Inscripción especial de herencia de fojas 3564 N° 2605 del Registro de propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Nueva Imperial correspondiente al año 2023, d) Inscripción especial de herencia de fojas 2674 N° 1921 del Registro de propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Nueva Imperial correspondiente al año 2023; e) Inscripción especial de herencia de fojas 2675 N° 1922 del Registro de propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Nueva Imperial correspondiente al año 2023; f) Inscripción especial de herencia de fojas 2676 N° 1923 del Registro de propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Nueva Imperial correspondiente al año 2023; g) Inscripción especial de herencia de fojas 2677 N° 1924 del Registro de propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Nueva Imperial correspondiente al año 2023; h) Certificados de nacimiento de las partes de esta causa; e, i) Certificados de avalúo vigente emitidos por el Servicio de Impuestos Internos respecto de cada una de las propiedades individualizadas en la demanda. 2°) Que los documentos referidos precedentemente, valorados de acuerdo con el artículo 1700 del Código Civil en relación con el artículo 342 del Código de Procedimiento Civil, permiten tener por acreditado que las partes de este juicio se encuentran en estado de indivisión correspondiendo acceder a la solicitud, según se dirá en la parte resolutiva. Y visto lo dispuesto en los artículos 144, 160, 170, 254, 342, 414 y 646 del Código de Procedimiento Civil y artículo 1325 y 1698, 1700 del Código Civil y Acta N°128-2015 de la Excelentísima Corte Suprema de fecha 17 de agosto de 2015, en relación con el acuerdo N°280-2015 de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Temuco de fecha 18 de diciembre de 2015,

Fallo

se resuelve: Que se designa juez árbitro a don Pablo Giacomozzi Andrade, abogado, correo electrónico: pablo.giacomozzi@gmail.com; domicilio: calle Los Pablos N° 2160, departamento 807, Temuco. Teléfono: 974871441.- Firme que quede la presente resolución, notifíquesele para la aceptación y juramento del cargo. Anótese, regístrese, notifíquese y, en su oportunidad, archívese. Notifíquese al abogado de la parte demandante al correo electrónico indicado como forma especial de notificación. Rol N° C-245-2024.- Resolvió don Luis Emilio Soto Méndez, Juez Titular del Tribunal de Letras y Familia de Nueva Imperial. En Nueva Imperial, a dos de septiembre de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución precedente. Código: XRRKXPSMFQS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Código: XRRKXPSMFQS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-09-02T16:13:08-0400

Texto Completo (Preview)

Foja: 1 FOJA: 5 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Nueva Imperial CAUSA ROL : C-245-2024 CARATULADO : FIGUEROA/FIGUEROA Nueva Imperial, a dos de septiembre de dos mil veinticuatro. VISTOS: Con fecha 13 de agosto de 2024 compareció el letrado don Luis Ivan Sanhueza Kruteler, abogado en representación de doña IRENE DEL CARMEN FIGUEROA PÉREZ, RUN N° 7.651.286-8, casada

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