BL CAPITAL SPA./CENTRO DE EDUCACION Y TRABAJO DEL CCP DE CURICO
Rol
C-1071-2024
Fecha
2 de septiembre de 2024
Materia
FACTURA, NOTIFICACIÓN DE
Resultado
No especificado
Hechos
Visto: Al Folio 1, el 10 de mayo de 2024, se presenta do a Mar a Warnier Readi,ñ í abogada, mandataria judicial en representaci n de BL Capital Spa, del giro de factoraje,ó representada legalmente por Administradora BL Capital Gesti n S.A., a quien a su vezó la representa don Andr s Reinstein lvarez, ingeniero comercial, y don Rafael Sotilé Á Bidart, ingeniero civil industrial, ambos domiciliados en calle El Golf 99, oficina N 603,° comuna de Las Condes, deduciendo demanda ejecutiva de cobro de factura en contra del Centro de Educaci n y Trabajo el CCP de Curic , representado legalmente por eló ó Fisco de Chile, representado, a su vez, por el Consejo de Defensa del Estado, a quien lo representa el Procurador Fiscal de Talca don Jos Isidoro Villalobos Garc a-Huidobro,é í todos domiciliados en calle 1 poniente N 1055, Edificio Plaza Talca, ciudad de Talca.º Refiere que el actor es acreedor del demandado en virtud de la factura electr nica N 2576 emitida por Importadora Exportadora y Comercializadora Futuroó ° Limitada, a nombre del Centro de Educaci n y Trabajo el CCP de Curic , de 26 deó ó diciembre de 2023, por la cantidad de $2.120.342. Expresa que, notificado judicialmente el cobro de la factura al representante legal del demandado, ste no aleg dentro de tercero d a la falsificaci n material de la misma,é ó í ó por lo que afirma procede el cobro ejecutivo de la suma adeudada m s los interesesá corrientes a los que se refiere el art culo 2 bis y la comisi n del 1% a la que alude elí ó art culo 2 ter, ambos de la Ley 19.983.í Finaliza mencionando que la deuda es l quida, actualmente exigible y consta deí t tulo ejecutivo de acci n no prescrita.í ó Por lo anteriormente se alado, solicita se despache mandamiento de ejecuci n yñ ó embargo en contra del demandado, por la suma de $2.120.342, m s intereses, comisi ná ó del 1% y costas. Al Folio 6, con fecha 28 de junio de 2024, el demandado se opuso a la ejecuci nó a trav s de las excepciones contempladas en los n meros
Fundamentos
considerando: Primero: Que, como se desprende de la demanda ejecutiva de autos, el actor persigue el pago de una factura de la que, en su concepto, es cesionario la que, presentada para su cobro, no fue pagada por el Centro de Educaci n y Trabajo el CCPó de Curicó, llev ndose a cabo la notificaci n judicial de la misma, con fecha 02 de mayoá ó de 2024, no siendo objetada ni pagada por el ejecutado, por lo que el total adeudado ascender a a la suma de í $2.120.342, m s intereses, comisi n del 1% y costasá ó . Segundo: Que, el demandado, a trav s del Consejo de Defensa del Estado, seé opuso a la ejecuci n a trav s de las excepciones contempladas en los numerales 7, 14, 2ó é y 9 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil,í ó por los fundamentos que en cada caso se al , de manera que a aquellas se circunscribir la discusi n en la presenteñ ó á ó causa. Tercero: Que se fijaron como hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos los siguientes: 1. Si al t tulo en que se funda la ejecuci n le falta alguno de los requisitos oí ó condiciones legales para que tenga fuerza ejecutiva. Hechos que lo constituyen. 2. Si la obligaci n es nula. Hechos que lo constituyen.ó 3. Efectividad que la demandante carece de capacidad para ejercer la acci nó ejecutiva de autos. Hechos que lo demuestran. 4. Si el ejecutado pag la deuda. Hechos que lo constituyen.ó Cuarto: Que la parte ejecutante acompa a la causa en parte de prueba, a folioñó 17, la copia simple de correos electr nicos de fechas 26 y 27 de diciembre de 2023.ó Quinto: Que, por su parte, el ejecutado acompa a la causa, a folio 6,ñó documentos denominados comprobantes de compensaciones de administraci n deó Código: XKXSXPTXVPS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1071-2024 Foja: 1 fondos, comprobante de liquidaci n de fondos, ambos, emitidos por el Ministerio deó Justicia, junto con comprobante de transferencia electr nica emitido por Banco Estado.ó Sexto: Que, se debe tener presente que en el cuaderno de gesti n preparatoria, aó folio 1, con fecha 24 de abril de 2024, el ejecutante acompa la Factura Electr nicañó ó N 2576, que pretende cobrar, emitida con fecha 26 de diciembre de 2023 por° Importadora Exportadora y Comercializadora Futuro Limitada, por la suma de $2.120.342, junto con el Registro de Aceptaci n o reclamos de un DTE, Certificado deó anotaci n en el Registro, ambos del Servicio de Impuestos Internos.ó S ptimoé : Que, en cuanto a la primera de las excepciones, esto es, aquella contemplada en el numeral 7 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, el° í ó primer argumento en que la funda el ejecutado indica que al asunto de autos debe aplicarse lo que rese a el art culo 2 qu ter de la Ley N 19.983 toda vez que se trata lañ í á ° factura que se pretende cobrar de un instrumento que deriva de un contrato de suministro y prestaci n de servicios que se celebr por un organismo afecto a las normasó ó de la Ley N 19
Fallo
se declararon admisibles las excepciones opuestas, recibi ndose la causa a prueba.é Al Folio 26, con fecha 12 de agosto de 2024, se cit a las partes a o r sentencia.ó í Y considerando: Primero: Que, como se desprende de la demanda ejecutiva de autos, el actor persigue el pago de una factura de la que, en su concepto, es cesionario la que, presentada para su cobro, no fue pagada por el Centro de Educaci n y Trabajo el CCPó de Curicó, llev ndose a cabo la notificaci n judicial de la misma, con fecha 02 de mayoá ó de 2024, no siendo objetada ni pagada por el ejecutado, por lo que el total adeudado ascender a a la suma de í $2.120.342, m s intereses, comisi n del 1% y costasá ó . Segundo: Que, el demandado, a trav s del Consejo de Defensa del Estado, seé opuso a la ejecuci n a trav s de las excepciones contempladas en los numerales 7, 14, 2ó é y 9 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil,í ó por los fundamentos que en cada caso se al , de manera que a aquellas se circunscribir la discusi n en la presenteñ ó á ó causa. Tercero: Que se fijaron como hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos los siguientes: 1. Si al t tulo en que se funda la ejecuci n le falta alguno de los requisitos oí ó condiciones legales para que tenga fuerza ejecutiva. Hechos que lo constituyen. 2. Si la obligaci n es nula. Hechos que lo constituyen.ó 3. Efectividad que la demandante carece de capacidad para ejercer la acci nó ejecutiva de autos. Hechos que lo demuestran. 4. Si el ejecutad
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C-1071-2024 Foja: 1 FOJA: 41 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Talcaº CAUSA ROL : C-1071-2024 CARATULADO : BL CAPITAL SPA./CENTRO DE EDUCACION Y TRABAJO DEL CCP DE CURICO Talca, dos de septiembre de dos mil veinticuatro. Visto: Al Folio 1, el 10 de mayo de 2024, se presenta do a Mar a Warnier Readi,ñ í abogada, mandataria judicial en representaci n de BL Capit
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