ANONIMIZADO
Rol
F-85-2025
Fecha
8 de abril de 2025
Materia
VIOLENCIA INTRAFAMILIAR
Resultado
No especificado
Hechos
hechos denunciados no constituyen actos de violencia intrafamiliar sino con posible vulneración de derechos de la niña Fernanda; y visto, además, lo dispuesto en los artículos 5° de la Ley 20.066 y 81 y siguientes de la Ley 19.968, se resuelve: No ha lugar a la denuncia de Violencia Intrafamiliar, debiendo archívese estos antecedentes. Sin perjuicio de lo anterior, pasen los antecedentes a la Unidad de atención de público, para que se sirva disponer el ingreso de medida de protección respecto de la niña referida. Notifíquese a las partes por correo electrónico o por el estado diario. RIT ...
Fallo
se resuelve: No ha lugar a la denuncia de Violencia Intrafamiliar, debiendo archívese estos antecedentes. Sin perjuicio de lo anterior, pasen los antecedentes a la Unidad de atención de público, para que se sirva disponer el ingreso de medida de protección respecto de la niña referida. Notifíquese a las partes por correo electrónico o por el estado diario. RIT ...
Texto Completo (Preview)
Coyhaique, ocho de abril de dos mil veinticinco. Atendido el mérito de la opinión del consejo técnico del Tribunal, señalando que los hechos denunciados no constituyen actos de violencia intrafamiliar sino con posible vulneración de derechos de la niña Fernanda; y visto, además, lo dispuesto en los artículos 5° de la Ley 20.066 y 81 y siguientes de la Ley 19.968, se resuelve: No ha lugar a la denu
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