1º Juzgado Civil de Puerto Montt

AGUILERA/

Rol

V-41-2022

Fecha

31 de agosto de 2024

Materia

OTROS VOLUNTARIOS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: PRIMERO: En folio 1, con fecha 17 de marzo de 2022, comparece CLAUDIO ANDRÉS SOTO MANSILLA, abogado en representación judicial de doña SILVIA MAGDALENA AGUILERA AGUILAR y doña JOVITA DEL CARMEN AGUILERA AGUILAR, quien solicita nombramiento de juez arbitro partidor, en contra de don MOISES ABRAHAM AGUILERA GONZALEZ, por los

Fundamentos

fundamentos de hecho y derecho que se exponen: Refiere que consta de certificado de defunción emitido por Servicio de Registro Civil e Identificación, que la madre de sus representadas, doña ELMA AGUILAR VIDAL, falleció con fecha 03 de diciembre de 1996. Que los herederos de la sucesión intestada quedada a su fallecimiento son Ruth Noemi, Sergio Segundo, Silvia Magdalena y Jovita del Carmen, todos de apellidos Aguilera Aguilar, lo cual consta en inscripción especial de herencia inscrita a fojas 5339, N° 5135 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Montt del año 2006, de acuerdo a la posesión efectiva concedida por resolución exenta N° 3029 de fecha 26 de julio del año 2006, de la Directora Regional del Registro Civil e Identificación de la Región de Los Lagos, inscrita con el número 28.424 del año 2006, en el Registro Nacional de Posesiones Efectivas. Aduce que todos fueron dueños en común de una propiedad ubicada en calle José Miguel Carrera N° 398, Población Manuel Rodríguez de la ciudad de Puerto Montt, que corresponde al Lote Número 25 de la Manzana E, del plano de la población Manuel Rodríguez V sector, y cuyos deslindes son: NORTE: Lote 6; SUR: Calle José Miguel Carrera; ESTE: Lote 24 y OESTE: Lote 26. El rol de contribuciones de la propiedad es el 1361-25. Que con fecha 06 de octubre de 2009, doña Ruth Noemi Aguilera Aguilar, vende, cede y transfiere sus derechos a doña Silvia Magdalena Aguilera Aguilar, lo cual corresponde al 25% de la masa hereditaria donde se encuentra el inmueble Código: BMXQXPPNZUR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 individualizado en el párrafo anterior, quedando la ultima con el 50% de los derechos. Dicha cesión hereditaria se encuentra inscrita a fojas 3314 vuelta, N° 4719 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Montt del año 2009. Que con fecha 26 de noviembre de 2010, don Sergio Segundo Aguilera Aguilar, vende, cede y transfiere sus derechos a doña Teresa del Carmen González Zúñiga, lo cual corresponde al 25% de la masa hereditaria donde se encuentra el inmueble individualizado previamente. Dicha cesión de derechos hereditarios se encuentra inscrita a fojas 4093, N° 5895 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Montt del año 2010. Finalmente, con fecha 22 de febrero de 2022, doña Teresa del Carmen González Zúñiga vende, cede y transfiere sus derechos a don Moisés Abraham Aguilera González, lo cual corresponde al 25% de la masa hereditaria donde se encuentra el inmueble individualizado precedentemente. Dicha cesion se encuentra inscrita a fojas 1072, N° 1605 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Montt del año 2022. En consecuencia, corresponden los derechos sobre el inmueble que compone la masa hereditaria quedada al fallecimiento de doña Delma Aguilar Vidal, en las siguientes proporciones: A doña Silvia Magdalena Aguile

Fallo

SE DECLARA: I. Que, se designa Juez árbitro en estos antecedentes a la abogada doña MARÍA JOSÉ ROTHKEGEL BARRÍA, con domicilio Volcán Tatio N° 1860, comuna de Puerto Montt, correo electrónico cote_rothkegel@hotmail.com, teléfono +569 82340895. II. Notifíquese la presente designación para su aceptación y juramento. Regístrese y dese copia a la parte que lo solicitare. Rol N° V-41-2022 Pronunciada por doña ERIKA STILLNER LEDEZMA, Jueza Titular del Primer Juzgado Civil de Puerto Montt. En Puerto Montt, a 31 de agosto de 2024, se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del artículo 162 del Código de Procedimiento Civil. Código: BMXQXPPNZUR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:cote_rothkegel@hotmail.com Foja: 1 Código: BMXQXPPNZUR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-08-31T17:36:38-0400

Texto Completo (Preview)

Foja: 1 FOJA: 15 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Puerto Monttº CAUSA ROL : V-41-2022 CARATULADO : AGUILERA/ En Puerto Montt, a treinta y uno de agosto de dos mil veinticuatro VISTOS: PRIMERO: En folio 1, con fecha 17 de marzo de 2022, comparece CLAUDIO ANDRÉS SOTO MANSILLA, abogado en representación judicial de doña SILVIA MAGDALENA AGUILERA AGUILAR y doña JOVITA

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