BANCO DE CHILE/CARO
Rol
C-1158-2023
Fecha
2 de septiembre de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Que con fecha 14 de abril de 2023, comparece don Gaspar Cort s Moyaé Lobo, y do a Daniela Rodr guez Jeria, todos abogados, ñ í mandatarios judiciales de Socofin S.A., persona jur dica del giro cobranza a terceros, representada por suí Gerente General don Mario Sandoval Hidalgo, ingeniero comercial, representante convencional del Banco de Chile, sociedad an nima bancaria, del giro de suó denominaci n, ó representada por su Gerente General don Eduardo Ebensperger Orrego, ingeniero comercial, todos domiciliados para estos efectos en calle Los Carrera N°380 Of. 423 A., La Serena, interponiendo demanda ejecutiva en contra de don Daniel Andr s Caro Ruiz, se ignora su profesi n u oficio, domiciliado ené ó pasaje Las Chilcas N°81, La Herradura, Coquimbo, en base a lo que a continuaci n se expondr .ó á Refieren que su representado es due o y ñ leg timo tenedor del pagar suscritoí é por el demandado, por la suma de $12.550.096.- cantidad a la que se le debe aplicar la tasa de inter s mensual que seé se ala en el mismo documento.ñ Se estipul que el capital y los intereses de esta obligaci n se pagar an enó ó í 84 cuotas de acuerdo al siguiente programa de amortizaciones: 83 cuotas mensuales, iguales y sucesivas de $231.206.- cada una, venciendo la primera de ellas el 01 de agosto de 2022, y a partir de sta, las cuotas siguientesé vencer an sucesivamenteí con la misma periodicidad antes indicada; y una ltima cuotaú por el monto y con el vencimiento que se indica en el pagar .é Asimismo, se pact que el simple retaó rdo y/o mora en el pago ntegro yí oportuno de todo o parte de una de las cuotas, facultar a al Banco de Chile paraí Código: WQQRXPBWFXS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1158-2023 Foja: 1 exigir el pago total de la deuda o del saldo a que se encontrara reducida, consider ndose en tal evento laá obligaci n como de plazo vencido, pudiendoó protestar y/o presentar a cobro este pagar . Sin perju
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en primer lugar, en relaci n a la excepci n establecida enó ó el numeral 2 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, cabe se alar queí ó ñ consta en la escritura p blica otorgada con fecha 02 de agosto de 2016, ante laú Cuadrag sima Quinta Notar a de Santiago servida por don Ren Benavente Cash,é í é que don Eduardo Alberto Ebensperguer Orrego, en su calidad de Gerente General y en representaci n del Banco de Chile, otorg a Socofin S.A., un mandato deó ó administraci n de bienes sobre la cartera de cr ditos cuya ó é cobranza se le ha encomendado o en el futuro se le encomiende; pudiendo Socofin S.A., actuando por medio de sus mandatarios designados en representaci n del Banco de Chile,ó demandar en juicios ordinarios y ejecutivos, entre otros, efectuando la cobranza judicial de cr ditos. é De igual forma, en el documento en cuesti n se dej constancia que laó ó personer a deí don Eduardo Alberto Ebensperguer Orrego, para actuar en representaci n del banco ejecutante, consta de la escritura p blica de fecha 04 deó ú mayo de 2016, otorgada en la Notar a de don Ren Benavente Cash, la que no seí é insert por ser conocida tanto de las partes como del ministro de fe que autorizó ó el mandato. Enseguida, consta en la escritura p blica otorgada con fecha 20 de enero deú 2023, ante la Cuadrag sima Quinta Notar a de Santiago servida por don Gerardoé í Carvallo Castillo, que Socofin S.A., en nombre y representaci n del Banco deó Chile, confiri mandato ó judicial a los abogados comparecientes; pudiendo stosé actuar con todas las facultades del art culo 7° inciso 1° del C digo deí ó Procedimiento Civil, adem s de las especiales se aladas en el mismo documento.á ñ En consecuencia, contando don Eduardo Alberto Ebensperguer Orrego con poder suficiente para obrar en representaci n del Banco de Chile; y constando poró lo dem s que en su calidad de Gerente General otorg mandato de administraci ná ó ó de bienes sobre la cartera de cr ditos cuya é cobranza se le ha encomendado o en el Código: WQQRXPBWFXS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1158-2023 Foja: 1 futuro se le encomiende, a Socofin S.A., pudiendo esta empresa designar abogados patrocinantes en nombre y representaci n del Banco de Chile, es evidente que losó mandatos acompa ados en autos son absolutamente v lidos; raz n por la que no señ á ó har lugar a la excepci n opuesta.á ó SEGUNDO: Que a continuaci n, ó y tal como lo ha se alado en reiteradasñ ocasiones la jurisprudencia, la ineptitud del libelo procede cuando el incumplimiento de los requisitos exigidos por el art culo 254 del C digo de Procedimiento Civil esí ó de tal entidad que vuelve ininteligible la demanda; es decir, debe sustentarse en hechos de gravedad e importancia que la hagan vaga y confusa respecto de las personas, la causa de pedir o la cosa pedida, de forma tal que impidan al demandado efectuar una adecuada defensa. As planteado el as
Fallo
Por tanto en m rito de lo expuesto, y previas citas legales, solicita tener poré interpuesta demanda ejecutiva en contra de don Daniel Andr s Caro Ruiz -en sué calidad de deudor principal- y despachar mandamiento de ejecuci n y embargo enó su contra por la suma de $12.376.638.- por concepto de saldo de capital adeudado; suma a la que se deben agregar los intereses pactados y los intereses penales, hasta hacer entero y cumplido pago de lo adeudado con costas. Que con fecha 02 de junio de 2023, comparece don Daniel Andr s Caroé Ruiz -demandado en este juicio- oponiendo a la ejecuci n las excepcionesó contempladas en el art culo 464 N° 2, 4, 7, 9 y 11 del C digo de Procedimientoí ó Civil, en base a lo siguiente. En primer lugar, se al ser evidente que el ñ ó apoderado del ejecutante no acompa losñó documentos fundantes de la representaci n legal de su supuestoó mandante, como el acta de sesi n de directorio, el de juntas ordinarias oó extraordinarias de los directores o gerentes, donde se nombran a las personas como apoderados de la sociedad para representarla en diversos aspectos, escritura de poderes, nombramiento del gerente general, por nombrar algunos; o bien, la fuente de la cual emana dicha representaci n, la cual debe estar actualizada y vigente.ó En este sentido, argument que el Banco de Chile es representadoó legalmente por su Gerente General don Eduardo Ebensperger Orrego, y para Código: WQQRXPBWFXS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser vali
Texto Completo (Preview)
C-1158-2023 Foja: 1 FOJA: 21 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de la Serenaº CAUSA ROL : C-1158-2023 CARATULADO : BANCO DE CHILE/CARO La Serena, dos de septiembre de dos mil veinticuatro Vistos: Que con fecha 14 de abril de 2023, comparece don Gaspar Cort s Moyaé Lobo, y do a Daniela Rodr guez Jeria, todos abogados, ñ í mandatarios judiciales de Socofin S.A., pers
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica