12º Juzgado Civil de Santiago

TESORERÍA GENERAL DE LA REPUBLICA DE CHILE/CARRASCO

Rol

C-6586-2023

Fecha

30 de agosto de 2024

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: En el folio 1 compareció Felipe Hernán Frías Jones, abogado, mandatario judicial, en representación convencional de SCOTIABANK, sociedad anónima bancaria, cuyo representante legal es Diego Patricio Masola, contador público, y, a su vez en representación de TESORERÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, cuyo representante legal es el tesorero, Hernán Nobizelli Reyes, contador auditor, con domicilio, para estos efectos, en Agustinas Nº1291, Oficina G, piso 6º, Santiago; y dedujo demanda ejecutiva de cobro de pagaré conforme a la Ley 20.027 y su Reglamento, en contra de NICOLE SCARLETT CARRASCO MUÑOZ, ignora profesión u oficio, domiciliada en Nueva San Martín 2210, Maipú, en virtud de ser deudora vencida de los siguientes pagarés: 1) Pagaré de monto capital equivalente a 473,2948 unidades de fomento, suscrito con fecha 24 de marzo de 2023, y con vencimiento para el día 3 de abril de 2023. Código: JHMTXPESLQR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-6586-2023 2) Pagaré de monto capital equivalente a 21,6760 unidades de fomento, suscrito con fecha 24 de marzo de 2023, y con vencimiento para el día 3 de abril de 2023. 3) Pagaré de monto capital equivalente a 265,9465 unidades de fomento, suscrito con fecha 24 de marzo de 2023, y con vencimiento para el día 3 de abril de 2023. 4) Pagaré de monto capital equivalente a 5,3908 unidades de fomento, suscrito con fecha 24 de marzo de 2023, y con vencimiento para el día 3 de abril de 2023. Explicó que, dichos pagarés fueron suscritos por el representante del banco, en virtud de la cláusula séptima, numerales uno, dos y tres del Convenio de Reprogramación de Pago Crédito con Garantía Estatal para Estudios Superiores, que acompaña, a la orden de BANCO SCOTIABANK. La sumatoria de los montos de capital, ya referidos, asciende a 766,3081 UF. Concluyó solicitando, de acuerdo con lo expuesto, normas legales que cita y demás normas legales aplicables, tener por interpuesta

Fundamentos

fundamentos de derecho en que se apoya, cumpliendo con los requisitos establecidos por el artículo 254 del Código de Procedimiento Civil. El hecho que el Fisco de Chile sea aval, no tiene relación alguna con esta excepción; razones por las que procederá también el rechazo de esta última excepción, como se dirá a continuación. Código: JHMTXPESLQR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-6586-2023

Fallo

se declararon admisibles las excepciones opuestas, y se recibieron a prueba; sin aportarse nuevos antecedentes. En el folio 21, se citó a las partes a oír sentencia. C O N S I D E R A N D O PRIMERO: Que, BANCO ITAU CORPBANCA, en representación convencional de TESORERIA GENERAL DE LA REPÚBLICA DE CHILE, interpuso demanda ejecutiva de cobro de pagaré conforme a la Ley 20.027 y su Reglamento, en contra de NICOLE SCARLETT CARRASCO MUÑOZ, todos previamente individualizados, solicitando se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra, en los términos ya descritos en lo expositivo de este fallo, que se dan por reproducidos. SEGUNDO: Que, la parte ejecutada opuso las excepciones del artículo 464 números 11, 7 y 14 y 4 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, y, la parte ejecutante solicitó su rechazo, todo conforme a las razones de expuestas en la parte expositiva de este fallo. TERCERO: Que, en cuanto a la primera excepción opuesta, contenida en el número 11 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, esto es, la concesión de esperas o la prórroga del plazo, requiere que se acredite por algún medio de prueba y la parte ejecutada no aportó probanza alguna para acreditar las esperas o prórrogas que reclama, por lo que deberá rechazarse, como se dirá en lo resolutivo del fallo. Código: JHMTXPESLQR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-6586-2023 CUARTO: Que, en relación a la segunda exc

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C-6586-2023 FOJA: 17 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 12 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-6586-2023 CARATULADO : TESORER A GENERAL DE LA REPUBLICA DEÍ CHILE/CARRASCO Santiago, treinta de agosto de dos mil veinticuatro VISTOS: En el folio 1 compareció Felipe Hernán Frías Jones, abogado, mandatario judicial, en representación convencional de SCOTIABANK, sociedad anónima bancar

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