1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

ROBLEDO/MUNICIPALIDAD DE MAIPÚ

Rol

O-1455-2024

Fecha

23 de septiembre de 2024

Materia

Despido injustificado

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos controvertidos: 1.- Existencia de relación laboral entre las partes. En su caso, fecha de inicio, funciones realizadas por el actor. Remuneración pactada y efectivamente percibida. 2.- En su caso, circunstancias del término de la relación habida entre las partes. Efectividad de cumplirse las formalidades del despido previstas en el artículo 162 del Código del Trabajo. 3.- Efectividad de adeudarse al actor feriados. 4.- Efectividad de adeudarse al actor cotizaciones, base imponible para las mismas y procedencia de la sanción de la nulidad del despido en su especie. CUARTO: Que la demandante rindió la siguiente prueba: I.- Documental 1.- Contratos a honorarios suscritos ente la actora y la demandada de fechas, 02 enero 2020, 15 enero 2021, 03 enero 2022 y 03 enero 2023; 2.- Documento denominado “Acta de notificación”, de fecha 30 de noviembre de 2023, en el que la jefa de personal (s) Carmen Gloria Lagos Seguel, comunica al actor el término del contrato que suscribió con la demandada a partir del día 31 de diciembre de 2023; 3.- Hoja de vida del funcionario; 4.- Credencial del funcionario; 5.- Set de 28 permisos administrativos correspondiente a los años 2019, 2020, 2021, 2022, y 2023; 6.- Set de 6 correos electrónicos entre el actor con su jefatura y compañeros de trabajo de fecha 29 abril, 11 diciembre de 2019, 21 septiembre 2021, 18 julio y 23 noviembre de 2023; 7.- Dos solicitudes de permisos compensados correspondientes del año 2019 y 2022; 8.- Set de 55 boletas de honorarios electrónicas, emitidas por el demandante a la I. Municipalidad de Maipú, correspondientes a todas las emitidas entre los meses de marzo de 2019 y noviembre de 2023, ambas inclusive; 9.- Set de 55 informes mensuales de prestación de servicios elaborados por el actor, relativos a labores realizadas y que se acompañaba en conjunto con la boleta para su pago, de los meses de marzo de 2019 y noviembre de 2023; 10.- Decreto Alcaldicio N°1794 DAP, de fecha 30 de junio de 2017, que aprueb

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece don Ramiro Maximiliano Robledo Riveros, ex funcionario municipal, cédula de identidad 19.548.235-7, domiciliado en pasaje Puerto Prat 669, Quilicura y deduce demanda de declaración de relación laboral, despido injustificado, nulidad del despido y cobro de prestaciones en contra de la Ilustre Municipalidad de Maipú, RUT 69.070.900-7, representada legalmente por su alcalde, don Tomás Vodanovic Escudero, cédula de identidad 17.697.418-4, sociólogo, ambos con domicilio en Avenida Cinco de Abril 260, Maipú. Argumenta que prestó servicios para la demandada desde 25 de marzo de 2019, tras concluir su práctica profesional, desarrollando tareas de educador ambiental y administrativo en la Unidad de Educación Ambiental de la Subdirección de Medio Ambienta (SDMA), dependiente de la Dirección de Aseo, Ornato y Gestión Ambiental (DAOGA), bajo supervisión directa de sus jefaturas, la encargada de la Unidad de Educación Ambiental, doña Ema Hernández y las subdirectoras de medio ambiente, doña Marlene Estrada y luego doña Tatiana Quinteros, como también de los directores de aseo, ornato y gestión ambiental, don Alex Gómez y luego doña Paloma Valenzuela. Detallando en qué consistían sus funciones, explica que como educador ambiental, aquéllas se orientaban a elaborar herramientas con el fin de educar sobre temáticas ambientales, entre las que destacan: Implementar y realizar los talleres en materia medioambiental a vecinos de la comuna, organizaciones funcionales y territoriales, y establecimientos educacionales, como los huertos orgánicos, taller de muros verdes, taller de compost y humus, taller de cambio climático, taller de almácigos, y taller de reutilización de desechos (botellas de plástico), y talleres de reciclaje en general; prestar apoyo al SNCAE (Sistema Nacional de Certificación Ambiental de establecimientos educacionales); intervención en establecimientos sobre temáticas medioambientales, tales como: Huertos Urbanos Ecobibliotecas, Ecosedes, Ecobarrios, Cultiva Salud, etc.; participación en reuniones diarias y semanales donde se nos daban las directrices a los funcionarios de Unidad de Educación Ambiental; apoyo en la promoción de actividades con organizaciones gubernamentales y no gubernamentales en apoyo y promoción de temas medioambientales tales como seminarios, charlas, conversatorios, Patatour, etc.; apoyo y asistencia técnica en las actividades municipales de la SDMA, tales como charlas, conversatorios, cuentas públicas, seminarios, talleres, conferencias, etc.; dar capacitaciones y charlas en temáticas medioambientales para funcionarios, vecinos y estudiantes de establecimientos educacionales; prestar asesoría técnica y participar en las distintas actividades organizadas por la Subdirección de Medio Ambiente, como por ejemplo, “el Patatur” (actividad que se desarrolla en la Quebrada de la Plata y donde participan distintas organizaciones sociales, educacionales y gubernamentales), y las actividades de e

Fallo

fallo: “Educador ambiental, para el proceso de certificación ambiental de establecimientos educacionales y el sistema de certificación municipal SCAM, con la educación Ambiental permanentemente dentro del municipio con los prestadores de servicio y la comunidad” o las de “Evaluar, asesorar y supervisar las solicitudes de poda y extracción de especies de la vía pública efectuadas por los vecinos; proponer programas de plantación y replantación de vegetales en la vía pública y gestionar continuamente el mejoramiento del arbolado urbano comunal”. La prueba rendida por la demandante, en lo referido a las funciones, consiste en la documental, en la que se encuentran los convenios ya referidos, las boletas de honorarios, que ilustran más bien sobre el periodo demandado y el pago de los honorarios, y informes mensuales de gestión. Respecto a estos últimos, aluden a los programas de escuela sustentable, programa cultiva salud o más adelante al programa de arbolado urbano. Entre las menciones específicas, se leen efemérides ambientales, demandas espontáneas, asesorías técnicas y charlas ambientales en jardines y colegios o en juntas de vecinos, mantención de jardines, huertos u otros, charlas online y teletrabajo, apoyo contingencia pandémica, elaboración de materiales para educación, elaboración de propuestas, elaboración de talleres y elaboración de informes. Por otro lado, los testigos de la demandante se refirieron a las funciones prestadas por el actor, sin entrar en mayores de

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Santiago, veintitrés de septiembre de dos mil veinticuatro. VISTO, OÍDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece don Ramiro Maximiliano Robledo Riveros, ex funcionario municipal, cédula de identidad 19.548.235-7, domiciliado en pasaje Puerto Prat 669, Quilicura y deduce demanda de declaración de relación laboral, despido injustificado, nulidad del despido y cobro de prestaciones en contra de la Ilu

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