CODELCO CHILE/
Rol
V-175-2023
Fecha
30 de agosto de 2024
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
Visto: A folio 1 con fecha 27 de diciembre de 2023, comparece Claudio Godoy Campillay, chileno, casado, empleado, c dula nacional de identidadé N 8º .486.905-8, mail: Cgodo001@codelco.cl, en representaci n deó Corporaci n Nacional del Cobre de Chile, CODELCO-CHILEó , Empresa del Estado, minera, industrial y comercial creada por Decreto Ley 1.350, publicado en el Diario Oficial de fecha 28 de Febrero de 1976, ambos domiciliadas en Hu rfanos N 1270, comuna Santiagoé º , presentando pedimento minero que denominó "ACONCAGUA H 3". Se ala que por ñ orden y encargo de la Corporaci n Nacional deló Cobre de Chile, Codelco-Chile, viene en solicitar para ella la constituci nó de una concesi n minera de exploraci n de sustancias concesibles enó ó terrenos fiscales abiertos e incultos. El punto medio tiene las siguientes coordenadas U.T.M. al NORTE 6.365.000,00metros; al ESTE 375.000,00 metros y se encuentra ubicado en la Comuna de San Esteban, Provincia de Los Andes Regi n de Valpara so.ó í El rea solicitada que se propone explorar tendr la forma de uná á Rect ngulo, cuyos lados orientados en la direcci n Norte-Sur U.T.M.á ó medir n 6.000 metros, y los lados orientados en la direcci n Este-Oesteá ó U.T.M. medir n 2.000 metros, encerrando una superficie de 1.200á hect reas. Por lo anterior solicita se conceda la concesi n de exploraci ná ó ó que se denominar "ACONCAGUA H 3", con un total de 1.200 hect reas. á á Por ltimo, indica que de conformidad ú a lo establecido en el inciso Segundo del art culo 46 del C digo de Miner a, el terreno pedido es elí ó í comprendido dentro de un Rect ngulo trazado imaginariamente en el planoá horizontal, cuyas diagonales se cortan en el punto medio, y cuyo per metroí encierra la totalidad de las hect reas solicitadas. á Dicho pedimento fue inscrito con fecha 2 de enero de 2024, a fojas 75 N 38 en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de° Los Andes, del a o citado y cuya inscripci n fue publicada ntegramente enñ ó í el Bolet n
Fundamentos
considerando: Primero: Que se cumpli ó con todos los trámites y situaciones establecidas en la ley, en tiempo y forma. Segundo: Que no existen faltas o ilegalidades sobre las que este Tribunal deba pronunciarse. Código: DCRXXPXMXMR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:Cgodo001@codelco.cl Tercero: Que no se ha incurrido en vicios procesales que resten valor al procedimiento ni caducidades que lo anulen. Cuarto: Que en estas circunstancias y atendido a lo dispuesto en el artículo 57 del Código de Minería, corresponde declararla constituida la concesi n. ó Con lo relacionado anteriormente y lo dispuesto, además, en los artículos 34, 35, 36, 37, 38, 40, 43, 46, 47, 48, 50, 51, 52, 55, 56, 57, 58, 86, 87, 89 y 90 del Código de Minería,
Fallo
se declara: I.- Que se declara constituida la concesión de exploración, denominada "ACONCAGUA H 3” de una superficie de 1.200 hectáreas, cuyas coordenadas U.T.M. de los vértices de su perímetro y del punto medio son las siguientes: V RTICE É NORTE ESTE Punto Medio 6.365.000,00 375.000,00 1 6.368.000,00 374.000,00 2 6.368.000,00 376.000,00 3 6.362.000,00 376.000,00 4 6.362.000,00 374.000,00 II.- Que se otorga la concesión constituida a favor de la Corporaci n Nacional del Cobre de Chile, CODELCO-CHILEó , ya individualizado precedentemente. III.- Inscríbase esta sentencia en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Los Andes. IV.- Se aprueba el plano acompañado a folio 6 y archívese una copia de él en el oficio del Conservador de Minas citado. V.- Publíquese en extracto esta sentencia antes de proceder a la inscripción ordenada en el No III, y; VI.- Ejecutoriada esta sentencia remítase copia de ella, asimismo original del plano de folio 6, al Servicio Nacional de Geología y Minería de Quilpué. Anótese y dese copias autorizadas, notifíquese y archívese, en su oportunidad. Rol N ° V-175-2023 Pronunciada por Fernando Alvarado Pe añ , Juez Titular. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Los Andes, treinta de agosto de dos mil veinticuatro. Código: DCRXXPXMXMR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-08-30T12:43:33-0400
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Los Andesº CAUSA ROL : V-175-2023 CARATULADO : CODELCO CHILE/ Los Andes, treinta de agosto de dos mil veinticuatro. Visto: A folio 1 con fecha 27 de diciembre de 2023, comparece Claudio Godoy Campillay, chileno, casado, empleado, c dula nacional de identidadé N 8º .486.905-8, mail: Cgodo001@codelco.cl, en representaci n deó Corporaci
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