EL MORRO SPA/
Rol
V-258-2024
Fecha
30 de agosto de 2024
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que en estos autos rol V-258-2024, se presenta Ariel Andrés Scharfstein Levy, chileno, divorciado, abogado, cédula nacional de identidad N° 10.797.168-8, en representación de El Morro SpA., sociedad por acciones chilena, Rut N°78.840.880-3, ambos con domicilio en Avenida Apoquindo 4501, oficina 701, Las Condes, Santiago y su personería para representar a El Morro SpA., consta de la escritura pública fecha 14 de enero de 2021, otorgada en la Notaria de Santiago de doña María Patricia Donoso Gomien, cuya copia se acompaña en autos, solicitando se dicte sentencia constitutiva de exploración del pedimento denominado “FRESCA 9” presentado con fecha 02 DE MAYO DE 2024, solicitándose una superficie de 200 hectáreas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 55 del Código de Minería.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que rola pedimento ingresado al sistema de tramitación electrónica, por don Ariel Andrés Scharfstein Levy, en representación de El Morro SpA., ya individualizados, con fecha 02 DE MAYO DE 2024, el que fue anotado en el registro de minas folio 234, del Primer Juzgado de Letras de Vallenar y mediante resolución de fecha, tres de mayo de 2024, se ordena inscribir, publicar, dar copia. Rol asignado V-258-2024. SEGUNDO: Que se agregaron a los autos copia autorizada de la inscripción del pedimento efectuado a fojas 537 Nº 175 del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Alto del Carmen, correspondiente al año 2024; y páginas pertinentes del Boletín Oficial de Minería Nº 43.855, de fecha 20 de mayo de 2024, en el que consta la publicación del pedimento referido. TERCERO: Que la concesión solicitada se ubica en la Región: Atacama, Provincia: Huasco, Comuna: Alto del Carmen, lugar: JUNTA DEL PESCADO y Código: CXJXXPXWKJR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl las coordenadas U.T.M. de cada uno de los vértices del perímetro son los siguientes: PUNTO NORTE (metros) ESTE (metros) Punto Medio (P.M.) 6.816.500,00 403.000,00 V1 6.817.000,00 402.000,00 V2 6.817.000,00 404.000,00 V3 6.816.000,00 404.000,00 V4 6.816.000,00 402.000,00 CUARTO: Que a folio 08 y conforme a lo dispuesto en el artículo 57 del Código de Minería, con fecha 22 de agosto de 2024, el Servicio Nacional de Geología y Minería, emitió el correspondiente informe ORD. N° 3344, consignando que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y plano de la referida concesión “FRESCA 9”, Rol Nacional 03304-8254-0, se encuentran conforme con las disposiciones legales vigentes y agrega que la forma, dimensiones y orientación de la cara superficial de la concesión solicitada se ajustan a la Ley, y ésta queda comprendida dentro del terreno pedido. QUINTO: Así de conformidad con lo dispuesto en el artículo 55 del Código de Minería y en virtud del pedimento presentado el 02 de mayo de 2024, se solicita se constituya la concesión de exploración. SEXTO: Que en el referido pedimento se señala que la concesión solicitada, abarcará una superficie total de 200 hectáreas, bajo el nombre de “FRESCA 9” y al solicitar sentencia constitutiva de exploración el solicitante refiere que éste abarcará en definitiva una superficie de 200 hectáreas. SEPTIMO: Que no se ha incurrido en vicios procesales que resten valor al procedimiento, ni caducidades que lo anulen por lo que se deberá acoger la solicitud de autos, como se dirá en la parte resolutiva de este fallo.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 34, 35, 37, 43, 46, 52, 55, 56, 57, 87, 89, 90, 112, 112 Bis, de la Ley 18.248, del Código de Minería y artículo 42 de su reglamento y Ley 21.420 y 21.649 que introducen modificaciones al Código de Minería, SE DECLARA; SE APRUEBA el plano y se DECLARA CONSTITUIDA la concesión de exploración denominada “FRESCA 9” la que cubre una superficie total de 200 (doscientas) hectáreas en favor de El Morro SpA., ya individualizado. Código: CXJXXPXWKJR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Publíquese extracto dentro de plazo legal. Entréguese por el interesado plano original al Servicio Nacional de Geología y Minería. Agréguese el tercero a los autos. Requiérase la inscripción de la presente sentencia en la forma y plazo que indica el artículo 89 del Código de Minería, y archívese un ejemplar del plano en el Conservador de Minas de Alto del Carmen. Anótese y notifíquese por el estado diario la presente sentencia. Regístrese y obténgase las copias del sistema de tramitación digital, en su oportunidad. Dictada por doña María Catalina López Werner, Jueza Titular del Primer Juzgado de Letras de Vallenar. En Vallenar, a treinta de agosto de dos mil veinticuatro, se anotó y notificó por el estado diario la sentencia que antecede. [rg.) Código: CXJXXPXWKJR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.
Texto Completo (Preview)
FOJA: 12 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras de Vallenar CAUSA ROL : V-258-2024 CARATULADO : EL MORRO SPA/ Vallenar, treinta de agosto de dos mil veinticuatro. VISTOS: Que en estos autos rol V-258-2024, se presenta Ariel Andrés Scharfstein Levy, chileno, divorciado, abogado, cédula nacional de identidad N° 10.797.168-8, en representación de El Morro SpA., sociedad po
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