16º Juzgado Civil de Santiago

TORRES/I MUNICIPALIDAD DE LAS CONDES

Rol

C-11695-2024

Fecha

28 de agosto de 2024

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Que, con fecha 28 de junio de dos mil veinticuatro, comparece don scar Fernando Torres Daza, domiciliado en calle Alcalde FranciscoÓ Dominguez N 2032, comuna de La Reina, quien deduce acci n de° ó declaraci n de prescripci n en contra la Ilustre Municipalidad dó ó e Las Condes, representada legalmente por do a Daniela Pe aloza Ramos, todosñ ñ domiciliados en avenida Apoquindo N 3400, comuna de Las Condes.° Que, con fecha con fecha 30 de julio de dos mil veinticuatro, comparece don Rogelio Erazo Rom n, en representaci n de la demandada,á ó quien contesta la acci n, allan ndose a la misma.ó á Que, con fecha 2 de agosto de dos mil veinticuatro, atendido la falta de hechos substanciales, pertinentes y controvertidos, al tenor de lo fijado en el art culo 313 del C digo de Procedií ó miento Civil, se omite la citaci n aó audiencia de conciliaci n y su recepci n a prueba. En el acto, se cita a lasó ó partes a o r sentencia.í

Fundamentos

Considerando: Primero: Que, comparece don scar Fernando Torres Daza quienÓ deduce acci n de declaraci n de prescripci n en contra la Ilustreó ó ó Municipalidad de Las Condes, todos ya individualizados. Se ala ser due o de la moto placa patente GSF.034-9, sobre la cualñ ñ se grava una obligaci n por permiso de circulaci n entre los a os dos miló ó ñ veinte a dos mil veinticuatro, por la suma de $4.144.307 pesos. Código: RHRSXPTNEXQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-11695-2024 Foja: 1 Ahora bien, las cuotas correspondientes a los a os dos mil veinte yñ siguiente se encuentran prescritas, de conformidad a la normativa civil que regula la materia, toda vez que no se ha perseguido su cobro por m s deá tres a os.ñ Previas citas legales, solicita tener por deducida acci n de declaraci nó ó de prescripci n en contra la Ilustre Municipalidad de Las Condes, yaó individualizada, y en definitiva, se declare la prescripci n sobre las accionesó de cobro por permiso de circulaci n gravadas sobre el veh culo placaó í patente GSF.034-9, con expresa condena en costas. Segundo: Que, la Ilustre Municipalidad de Las Condes contesta la acci n, allan ndose.ó á Tercero: Que, la actora acompa a en tanto prueba instrumental losñ siguientes documentos. I. Certificado de inscripci n en el Registro de Veh culosó í Motorizados, respecto de la moto placa patente GSF.034-9. II. Certificado de deuda emitido por la Direcci n de Tr nsito de laó á Ilustre Municipalidad de Las Condes. III. Certificado de inscripci n y anotó aciones vigentes respecto del veh culo placa patente GSF.034-9.í Cuarto: Que, la demandada no acompa a instrumento probatorioñ alguno. Quinto: Que, la prescripci n extintiva es un modo de extinguir lasó obligaciones y derechos ajenos, por no haberse ejercido dichas acciones y derechos durante un cierto lapso de tiempo, y concurriendo los dem sá requisitos legales. Sexto: Que, la prescripci n se inserta en un sistema jur dicoó í proteccional que tiene como objetivo principal el otorgar certeza y seguridad a las relaciones jur dicas que ligan a los sujetos de derecho y laí debida tutela o protecci n de los mismos, instando en definitiva a que losó part cipes de dichas relaciones no se hallen vinculadas en forma indefinida,í Código: RHRSXPTNEXQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-11695-2024 Foja: 1 provocando con ello incertidumbre y falta de consolidaci n de las diversasó situaciones jur dicas. í Si bien el ordenamiento, por una parte, otorga la protecci n aló acreedor, facultando al sujeto activo para exigir de aquel que le garantice el ejercicio pac fico y en definitiva la eficacia de su derechí o; protege a su vez al sujeto pasivo de la relaci n estableciendo con normas de orden p blico eló ú real alcance y permanencia del deber que de esta relaci n emana.ó La prescripci n extintiva o liberatoria, permite la estabilida

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los art culos 1698,í 2514, 2518 y 2521 del C digo Civil y 160, 170 y 698 y siguientes deló C digo de Procedimiento Civil, se declara:ó I.- Se ACOGE la acci n deducida a lo principal con fecha 28 deó junio de dos mil veinticuatro, declar ndose prescritas las acciones de cobroá por concepto de permiso de circulaci n gravadas sobre el veh culo placaó í patente GSF.034-9, por los periodos comprendidos entre el a o dos milñ veinte a dos mil veintiuno. II.- Cada parte soportar sus costas.á Reg strese, notif quese y arch vense los autos en su oportunidad.í í í ROL N C-11695-2024.° Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintiocho de agosto de dos mil veinticuatro Código: RHRSXPTNEXQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-11695-2024 Foja: 1 Código: RHRSXPTNEXQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-08-28T21:04:14-0400

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C-11695-2024 Foja: 1 FOJA: 8 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 16 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-11695-2024 CARATULADO : TORRES/I MUNICIPALIDAD DE LAS CONDES Santiago, veintiocho de agosto de dos mil veinticuatro. Vistos: Que, con fecha 28 de junio de dos mil veinticuatro, comparece don scar Fernando Torres Daza, domiciliado en calle Alcalde FranciscoÓ Dominguez N 2032, co

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