MATOS/INVERSIONES G Y G LIMITADA
Rol
M-2587-2024
Fecha
16 de septiembre de 2024
Materia
Despido injustificado, Nulidad del despido, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS NO CONTROVERTIDOS · LLAMADO A CONCILIACION X · 1. TOTAL · 2. PARCIAL · RECIBE LA CAUSA A PRUEBA X · OFRECE E INCORPORA PRUEBA X · 1. DEMANDANTE X · A. DOCUMENTAL X · B. CONFESIONAL X · C.TESTIMONIAL · D. OTROS MEDIOS DE PRUEBA (exhibición y oficios) X · 1. DEMANDADA · A. DOCUMENTAL · B. CONFESIONAL · C.TESTIMONIAL · D. OTROS MEDIOS DE PRUEBA (exhibición y oficios) · OBSERVACIONES A LA PRUEBA X · SENTENCIA X · MEDIDA CAUTELAR X El Tribunal deja constancia que estando válidamente emplazada y habiéndose efectuados los llamados del rigor en la antesala, la parte demandada no ha comparecido. Al escrito solicitud que indica: Como se pide, se faculta a la parte demandante para comparecer en forma telemática en conformidad al artículo 427 Bis dl Código del Trabajo a la presente audiencia. Al escrito acompaña medios de prueba: Se tiene por acompañados, sin perjuicio que deben ofrecidos e incorporados en la instancia procesal correspondiente. CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA: Consta íntegramente en audio. Se tiene por evacuada en rebeldía, de la parte demandada. CONCILIACIÓN: Llamadas las partes a conciliación, no se produce. Atendida la rebeldía de la parte demandante. HECHOS CONTROVERTIDOS: 1. Efectividad de haberse desempeñado la demandante en los términos establecidos en el artículo 7 del Código del Trabajo respecto de la demandada. En la afirmativa, fecha de inicio, funciones desempeñadas, jornada pactada, naturaleza del vínculo, remuneración e ítems que la componen, fecha y forma de término de la relación laboral, hechos y circunstancias; 2. En la afirmativa del punto anterior, efectividad de adeudar la demandada al demandante las siguientes prestaciones: Cotizaciones previsionales, Feriado legal y Feriado proporcional, monto y periodo que se adeuda respecto de cada una de ellas. MEDIOS DE PRUEBA: PARTE DEMANDANTE OFRECE E INCORPORA: Documental: 1. Acta de comparendo de Conciliación, respecto al reclamo N°1324/2024/1
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO, Que ante el 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago se inició en causa RIT M-2587-2024 en procedimiento monitorio por parte de doña RAISSY DANIELA MATOS PIÑANGO, venezolana, pasaporte Nº25676088, domiciliada en EL TAVO #8438, LA GRANJA en contra de INVERSIONES GYG LTDA., R.U.T. Nº76.011.042-6, con domicilio en Pérez Valenzuela N°1098, Of. 105, Providencia, representada legalmente por don SERGIO GONZALEZ YAÑEZ, cedula de identidad 12.661.987-1. Por las consideraciones realizadas a lo largo de la presente sentencia y en conformidad a lo establecido en los artículos 1, 2, 3, 4, 5, al 11, 161, 162, 168, 170 y 171, 172, 173, 420, 423, 425, 432 y demás normas legales pertinentes, especialmente lo dispuesto en los artículos 496 al 502 del Código del Trabajo,
Fallo
se resuelve que: I. Se acoge la demanda interpuesta por doña RAISSY DANIELA MATOS PIÑANGO, pasaporte Nº25676088, con domicilio en EL TAVO #8438, LA GRANJA, en contra de INVERSIONES GYG LTDA., R.U.T. Nº76.011.042-6, representada legalmente por don SERGIO GONZALEZ YAÑEZ, declarándose en consecuencia: a. Existió una relación laboral entre RAISSY DANIELA MATOS PIÑANGO e INVERSIONES GYG LTDA entre el 18 de enero de 2022 y la fecha de término fue el 05 de abril de 2024, siendo su remuneración para efectos del artículo 172 del Código del Trabajo $771.698. b. El despido materia de este proceso no ha sido conforme a derecho, pues careció de causa legal y, por tanto, es injustificado siendo condenado a pagar las siguientes prestaciones: i. Indemnización por concepto de mes de aviso previo por la suma de $771.698; ii. Indemnización por años de servicio (2) $1.543.396; iii. Recargo legal del 50% por la suma de $771.698; iv. Feriado legal y proporcional por la suma de $1.166.023; v. Remuneración de marzo y abril de 2024 por la suma de $900.313; vi. Cotizaciones previsionales adeudadas correspondiente a la totalidad de la relación laboral; vii. Al pago de las remuneraciones que se devenguen desde la fecha del despido 05 de abril de 2024 y hasta la convalidación del mismo por el pago de las cotizaciones adeudadas, sin límite alguno de acuerdo con lo previsto en la Ley N°20.194. II. Que las cantidades ordenadas pagar deberán serlo con los reajustes e intereses conforme a lo dispuesto en lo
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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA PROCEDIMIENTO Monitorio (Hibrida) FECHA Santiago, 16 de septiembre de 2024 RUC 24-4-0580942-3 RIT M-2587-2024 CARATULADO MATOS/INVERSIONES G Y G LIMITADA MAGISTRADO ALEX RENÉ SAMUEL AYALA PAJARITO ADMINISTRATIVO DE ACTAS Marisol Aravena Rodríguez HORA DE INICIO 11:06 HORA DE TERMINO 11:56 SALA 5.2 Nº REGISTRO D
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