Juzgado de Letras de Mariquina

RIVAS/

Rol

V-4-2024

Fecha

22 de agosto de 2024

Materia

PARTICIÓN, APROBACIÓN DE ESCRITURA DE

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDOS: PRIMERO: FELIX ERNESTO URCULLU STEFFEN, abogado domiciliado en calle Libertad 298 segundo piso de la ciudad de Lanco, en representación ELBA ROSA ESTRADA URREA, chilena, viuda, dueña de casa, cedula nacional de identidad número seis millones cuatrocientos once mil cuatrocientos ochenta y nueve guion uno, domiciliada en calle dieciocho de septiembre número quinientos ochenta y cuatro, comuna de Lanco, Provincia de Valdivia, Región de Los Ríos, doña MARGOTH MARIELA RIVAS ESTRADA, chilena, soltera, dueña de casa, cedula nacional de identidad número trece millones ochocientos quince mil seiscientos treinta y uno guion uno, domiciliada en calle Violeta Parra, numero seiscientos treinta y uno, comuna de Lanco, Provincia de Valdivia, Región de los Ríos; doña GROMIDIA AGUSTINA RIVAS ESTRADA, cédula nacional de identidad número once millones doscientos cuarenta y seis mil setecientos treinta y cuatro guion tres, domiciliada en el sector Meliquina, sin número, comuna de San José de la Mariquina, Provincia de Valdivia, Región de los Ríos, casada bajo el régimen de sociedad conyugal con don BERNARDO BELISARIO PEÑA LEAL, chileno, casado, agricultor, cedula nacional de identidad número nueve millones setecientos cuarenta y dos mil ciento cuarenta y cinco guion cinco, domiciliado en el sector Meliquina, sin número, comuna de San José de la Mariquina, Provincia de Valdivia, Región de los Ríos, en su calidad de administrador de los bienes propios de su mujer; doña LIZETTE MACARENA RIVAS MEZA, cédula nacional de identidad número dieciocho millones doscientos ochenta y ocho mil seiscientos treinta y ocho guion seis, chilena, soltera, dueña de casa, domiciliada en pasaje cuarenta y cuatro, casa dos mil cuatrocientos veinticuatro, comuna de Peñalolén, Santiago; don PABLO ANTONIO RIVAS CARRASCO, cédula nacional de identidad número veinticinco millones setecientos ochenta y cinco mil siete guion dos, chileno, soltero, estudiante, domiciliado en calle dieciocho de septiembre número quinientos treinta y seis, comuna de Lanco, Provincia de Valdivia, Región de Los Ríos menor de edad debidamente representado por su madre doña VIRGINIA LUZ CARRASCO ABELLO, cédula nacional de identidad número quince millones novecientos treinta y seis mil doscientos veintiuno guion tres, Chilena, soltera, dueña de casa domiciliada en calle dieciocho de septiembre número quinientos treinta y seis, comuna de Lanco, Provincia de Valdivia, Región de Los Ríos, en representación de su padre fallecido don PABLO ESTEBAN RIVAS ESTRADA, cedula nacional de identidad número once millones cuatrocientos veinte mil novecientos sesenta y seis guion k cuya posesión efectiva se otorgó según resolución exenta número mil ciento setenta y nueve de fecha veintiocho de febrero de dos mil veintitrés del Director Regional de la Región de Los Ríos, del Servicio de Registro Civil e Identificación, archivado con el número quinientos Código: PMXXXPMTTQN Este documento tiene firma electrónica y su original

Fallo

por tanto, a ningún adjudicatario o adjudicataria les afectan las prohibiciones contenidas en el artículo siete del Decreto Ley mil novecientos treinta y nueve del año mil novecientos setenta y siete. DECIMO PRIMERO: Los derechos notariales y otros gastos que se originen por el presente contrato, así como los de inscripción en el Conservador de Bienes y Raíces de Mariquina, serán a cargo de los comuneros, por partes iguales. DECIMO SEGUNDO: Presente en este acto doña GROMIDIA AGUSTINA RIVAS ESTRADA, chilena, casada, dueña de casa, cédula nacional de identidad número once millones doscientos cuarenta y seis mil setecientos treinta y cuatro guion tres, casada con don BERNARDO BELISARIO PEÑA LEAL y de su mismo domicilio; mayores de edad quienes acreditan su identidad con las cedulas nacionales precipitadas y exponen: Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo mil setecientos cuarenta y nueve, mil setecientos cincuenta y cuatro y mil trescientos veintidós del Código Civil, autoriza a su respectivo cónyuge para realizar la presente partición de bienes, en la que además consiente en todas sus partes, declarando que se encuentra conforme con lo pautado y con los bienes adjudicados, no teniendo reclamo alguno que formular. DECIMO TERCERO: Se faculta al portador de copia autorizada de la Código: PMXXXPMTTQN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl presente escritura para que requiera y firme las anotaciones, inscripc

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FOJA: 11 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Mariquina CAUSA ROL : V-4-2024 CARATULADO : RIVAS/ Mariquina, veintid s de Agosto de dos mil veinticuatroó VISTOS Y CONSIDERANDOS: PRIMERO: FELIX ERNESTO URCULLU STEFFEN, abogado domiciliado en calle Libertad 298 segundo piso de la ciudad de Lanco, en representación ELBA ROSA ESTRADA URREA, chilena, viuda, dueña de casa,

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