DELGADO/MUNICIPALIDAD DE HUECHURABA
Rol
C-6445-2024
Fecha
22 de agosto de 2024
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 09 de abril de 2024, folio 1, rectificada el 22 de julio de 2024, folio 13, comparece don Freddy Ricardo Delgado Cad ní , abogado, con domicilio en calle Merced 838-A, oficina 147, comuna de Santiago, quien interpone demanda en juicio ordinario por prescripci n en contra de la ó Ilustre Municipalidad de Huechuraba, representada por su alcalde, don Carlos C sar Luis Cuadrado Prats,é ambos domiciliados en calle Premio Nobel N 5555, comuna de Huechuraba. ° Con fecha 31 de julio de 2024, folio 18, consta la notificaci n a la demandadaó por medio de su representante legal. Con fecha 05 de agosto de 2024, folio 19, compareci en autos la demandada,ó allan ndose a las pretensiones de la contraria en cuanto a la prescripci n de lasá ó acciones relativas al cobro de patentes, desde el segundo semestre del a o 2016 alñ primer semestre del a o 2021ñ , ambos inclusive. En el mismo acto, deduce demanda reconvencional de cobro de patentes por los per odos í primer semestre de 2021 (sic) al segundo semestre de 2024. Con fecha 13 de agosto de 2024, folio 25, la demandada reconvencional se allan a la demanda deducida por la Ilustre Municipalidad de Huechuraba, indicandoó que hubo un error en la demanda reconvencional, accediendo al pago de las patentes a partir del segundo semestre del a o 2021 al segundo semestre del a o 2024ñ ñ . Con esta fecha, atendidos los allanamientos rec procos y no obstante losí errores de referencia de las partes, se las cit a o r sentencia. ó í CONSIDERANDO. I.- RESPECTO DE LA DEMANDA PRINCIPAL. PRIMERO: Que con fecha 09 de abril de 2024, folio 1, rectificada el 22 de julio de 2024, folio 13, comparece don Freddy Ricardo Delgado Cad ní , quien interpone demanda en juicio ordinario por prescripci n en contra de la ó Ilustre Municipalidad de Huechuraba, representada por su alcalde, don Carlos C sar Luisé Cuadrado Prats, todos ya individualizados, por las razones de hecho y de derecho que expone. Se ala que de acuerdoñ a registros muni
Fundamentos
considerando el allanamiento de la demandada principal y demandada reconvencional (en cuanto se adeudar an los per odos desde el segundoí í semestre del a o 2021), se puede constatar que solo respecto de los per odosñ í comprendidos entre el segundo semestre del a o 2016 y el primer semestre delñ a o 2021ñ , se verifican las circunstancias referidas en el art culo 2521 del C digo Civil; í ó D CIMO: É Que asentado lo anterior, corresponde declarar que se encuentran prescritas las deudas por concepto de patentes comerciales correspondientes a los per odos comprendidos í entre el segundo semestre de 2016 y el primer semestre de 2021, ambos inclusive; II.- RESPECTO DE LA DEMANDA RECONVENCIONAL. UND CIMO: É Que en el primer otros de la presentaci n de 05 de agosto deí ó 2024, folio 19, comparece don Pablo Andr s Casanueva, abogado, en representaci n deé ó la Ilustre Municipalidad de Huechuraba, quien interpone demanda reconvencional de Código: WWQXXPJMMPN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-6445-2024 Foja: 1 cobro de patentes comerciales en contra de don Freddy Ricardo Delgado Cadin, ya individualizado. Funda su demanda en el hecho que la demandada reconvencional adeuda a su representada los montos de patente comercial correspondiente a los per odosí comprendidos entre el primer semestre de 2021 (sic) y el segundo semestre de 2024, ambos inclusive, por un total de $314.354. Se hace presente que la demandada principal se hab a allanado a la solicitud deí declaraci n de prescripci n hasta el primer semestre de 2021, inclusive, entendi ndoseó ó é que incurri en un error de referencia; ó DUODÉCIMO: Que la demandada reconvencional, contest la demanda,ó allan ndose parcialmente a la misma, y reconociendo adeudar los per odosá í correspondientes al segundo semestre del a o 2021 al segundo semestre del a o 2024,ñ ñ ambos inclusive, por un total de $204.877, por concepto de capital; DÉCIMO TERCERO: Que, la demandante reconvencional, para los efectos de acreditar su acci n, acompa :ó ñó 1.- Copia de escritura p blica de 05 de agosto de 2021, de la 41 Notar a deú ° í Santiago, Repertorio N 17.779-2021, Mandato Judicial Amplio, Municipalidad de° Huechuraba a Pablo Andr s Casanueva y otra; é 2.- Estado de deuda, relativo a Freddy Ricardo Delgado Cadin, al mes de agosto de 2024, que da cuenta de una deuda por concepto de pago de patente comercial, desde el segundo semestre del a o 2016 al segundo semestre del a o 2024,ñ ñ por un total de $1.101.802, considerado reajustes, intereses y multa; D CIMO CUARTO: É Que en m rito de lo considerado precedentemente,é habi ndose acogido la prescripci n respecto de los per odos comprendidos hasta elé ó í primer semestre del a o 2021, y el allanamiento parcial de la demandadañ reconvencional a la pretensi n de la demandante reconvencional, en cuanto al cobro deó las patentes adeudadas correspondientes al segundo semestre del a o 2021 alñ segundo semestre del
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los art culos í 1567, 2514, 2515 y 2518 del C digo Civil, 160, 170, 254 y 314 del C digo de Procedimiento Civil, seó ó declara que; I.- Se acoge la demanda de lo principal de 09 de abril de 2024, folio 1, rectificada el 22 de julio de 2024, folio 13, en la forma establecida en el considerando d cimo de este fallo.é II.- Se acoge la demanda reconvencional deducida al primer otros de laí presentaci n de 05 de agosto de 2024, folio 19, en la forma establecida en eló considerando d cimo cuarto. é III- Cada parte pagar sus costas. á Reg strese, notif quese y arch vense los autos en su oportunidad. í í í Notif quese por í correo electr nicoó a las partes, otorgando la nomenclatura respectiva para su correcta visualizaci n en el sistema computacional. ó ROL N C-6445-2024 ° Pronunciada por do a ñ Soledad Araneda Undurraga, Juez Titular. Autoriza do a ñ Ximena del Pilar Andrade Hormaz balá , Secretaria Subrogante. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. En Santiago, veintid s de Agosto de dos mil veinticuatro.-ó Código: WWQXXPJMMPN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-08-22T14:20:32-0400
Texto Completo (Preview)
C-6445-2024 Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-6445-2024 CARATULADO : DELGADO/MUNICIPALIDAD DE HUECHURABA Santiago, veintid s de agosto de dos mil veinticuatro.ó VISTOS: Con fecha 09 de abril de 2024, folio 1, rectificada el 22 de julio de 2024, folio 13, comparece don Freddy Ricardo Delgado Cad ní , abogado, con domicilio en calle Merced 8
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