LIZAMA/FISCO DE CHILE/ C.D.E
Rol
C-11275-2022
Fecha
22 de agosto de 2024
Materia
HACIENDA,PROCED.CUANTÍA SUPERIOR ART.. 749 C.P.C
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 12 de octubre de 2022, a folio 1, comparece Mario Armando Cortez Mu oz, y Alex Esteban Sep lveda Rodas, ambosñ ú abogados, en representaci n de don Fidel Ad n Lizama Calder n, todosó á ó domiciliados para estos efectos en Arturo Prat 407, departamento 501, comuna de Santiago, quienes interponen demanda de Indemnizaci n deó Perjuicios, en Juicio de Hacienda, en contra del Fisco de Chile, representado legalmente por Don Juan Antonio Peribonio Poduje, presidente del Consejo de Defensa del Estado, con domicilio en Agustinas N 1225, 4 Piso, Comuna de Santiago, en virtud de los hechos yº °
Fundamentos
fundamentos de derecho que se expresan a continuaci n.ó Incorpora el relato realizado directamente por don Fidel Ad ná Lizama Calder n, en los siguientes t rminos: El d a 11 de septiembre deó é “ í 1973 para el d a del golpe militar, estaba trabajando como de costumbre ení la f brica de mangueras industriales Schiaffino cuando se escucha por radioá que hay un golpe militar y que estaban bombardeando la moneda, en ese momento nos avisan que las personas que est n trabajando se pod an ir aé í sus casas o se queden en las f bricas y empresas , yo como dirigente sindicalá de esta misma opte por quedarme en la f brica as como todos misá í compa eros para cuidar nuestro lugar de trabajo porque nosotros ten amosñ í la f brica intervenida con un interventor, en eso ya hab a empezado unaá í balacera que se sent an en todas partes.í M s o menos al medio d a los carabineros y militares ven an de sur aá í í norte por Vicu a Mackenna desocupando todas las empresas y fabricas delñ Código: LHTFXPBGCXN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-11275-2022 Foja: 1 cord n Vicu a Mackenna , cuando nos toc el turno a nosotros salimos deó ñ ó la f brica con las manos en alto y con un pa o blanco con el fin de que noá ñ nos hicieran da o pero en ese instante viene lo que nadie se esperaba,ñ nosotros ten amos 200 botellas de vino desocupadas con el fin de comprarí vino para todos los socios del sindicato ya que est bamos a una semana delá 18 de septiembre fechas de "fiestas patrias" y las bamos a comprar porí intermedio del sindicato para que el vino saliera m s barato. A golpes, deá patadas, combos, y culatazos, nos llevaron a todos los trabajadores para la f brica de enfrente que era la empresa Luquetti, llegando all comenz laá á ó tortura y abuso de poder nos sacaron a todos los dirigentes del sindicato y nos llevaron donde hab an torturado a todos los dirigentes sindicales delí cord n Vicu a Mackenna, ah nos empezaron a golpear con golpes de pu oó ñ í ñ y pie, culatazos por las costillas y comienzan a preguntar por las botellas que ten amos desocupadas, nosotros les dec amos que era con el fin deí í comprar vino para los socios del sindicato por las "fiestas patrias" pero no nos cre an y as nos segu an golpeando combos en la cara, patadas en elí í í est mago, combos en el est mago, tirones de pelo, culatazos en la frente, lesó ó dec amos que no ten amos nada y que las entregamos sin resistencia algunaí í pero aun as nos segu an torturando a golpes y amenazas, luego despu s deí í é tanto golpearnos nos llevaron donde estaban todos nuestros compa eros deñ trabajo nos formaron y nos hicieron tirarnos en el piso y caminaban sobre nuestras espaldas, pis ndonos la cabeza, pis ndonos las manos, apretandoá á nuestras cabezas contra el suelo, luego a golpes me subieron a un bus me pegaron patadas en la espalda, culatazos en la espalda hasta hacerme caer al suelo, de rodillas y con las manos tras la nuca y as segu
Fallo
por tanto, se buscaó resarcir, compensar o restituir al tercero o v ctima por el da o cometido porí ñ el Estado en su actividad. 2. Est constitucionalmente prevista y consagrada de modo gen ricoá é para todos los rganos del Estado (art culos 6 y 7 ) y de modo espec ficoó í ° ° í para todos sus rganos administrativos.ó El actor sostiene que, en relaci n con el hecho il cito de autos comoó í crimen de lesa humanidad, se define este concepto en el primer proyecto de Código: LHTFXPBGCXN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-11275-2022 Foja: 1 C digo de Cr menes contra la Paz y la Seguridad de la Humanidadó í , se alando los actos inhumanos, tales como el asesinato, el exterminio, lañ “ esclavitud, la deportaci n o las persecuciones contra cualquier poblaci nó ó civil por motivos sociales, pol ticos, raciales, religiosos o culturales,í perpetrados por las autoridades de un Estado o por particulares que act enú por instigaci n de dichas autoridades o con su tolerancia . ó ” Fundamenta que, con el avance del derecho internacional, se reconoce la vinculaci n del jus cogens con los delitos de naturaleza de lesaó humanidad. Se ala que fue la Convenci n de Viena sobre Derecho de losñ ó Tratados, de mayo de 1969, la que incorpor definitivamente en el derechoó internacional el concepto de un derecho imperativo o derecho obligatorio, denominado jus cogens. Cita los art culos 53 y 64 de dicho Convenio, y refiere que el v nc
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C-11275-2022 Foja: 1 FOJA: 36 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 5 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-11275-2022 CARATULADO : LIZAMA/FISCO DE CHILE/ C.D.E Santiago, veintid s de Agosto de dos mil veinticuatroó VISTOS: Con fecha 12 de octubre de 2022, a folio 1, comparece Mario Armando Cortez Mu oz, y Alex Esteban Sep lveda Rodas, ambosñ ú abogados, en representaci n de don Fidel
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